Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2007 (05/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2007

Que, la empresa IMPERIAL MORDAZA E.I.R.L., -en adelante La Empresa, al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, solicito concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: MORDAZA ­ Challhuahuacho (Apurimac) y viceversa, con las unidades vehiculares de placas de rodaje Nºs. UK1448 (1991) y UI-8188 (1990). Que, el articulo 58º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, prescribe que la Direccion General de Circulacion Terrestre, otorgara concesion interprovincial para transporte interprovincial regular de personas de ambito nacional. Que, la Subdireccion de Autorizaciones de la Direccion de Registros y Autorizaciones, en el Informe Nº 851-2007-MTC/15.02.2 concluyo que la ruta: MORDAZA - Challhuahuacho y viceversa, no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta en la Decimo Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC ni en lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2004-MTC; asimismo senala que La Empresa cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y ha acreditado el cumplimiento de los requisitos tecnicos de idoneidad y las condiciones de seguridad y calidad establecidos en el Reglamento mencionado para el otorgamiento de la nueva concesion de ruta: MORDAZA - Challhuahuacho y viceversa, con las unidades vehiculares de placas de rodaje Nºs. UK-1448 (1991) y UI-8188 (1990). Que, mediante Decreto Supremo N° 213-2006-EF de fecha 28 de diciembre del 2006, se establecio que para el ano 2007, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) sera de tres mil cuatrocientos cincuenta nuevos soles (S/. 3.450). Que, teniendo en consideracion la Teoria de los Hechos Cumplidos incorporado a nuestro ordenamiento juridico mediante la Ley de Reforma Constitucional Nº 28389, que modifico el articulo 103º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, que senala: "... la ley, desde su entrada en vigencia, se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones juridicas existentes ...", en tal sentido, al momento de resolver los procedimientos se debera aplicar la ley que se encuentre vigente; en consecuencia, resulta necesario requerir a La Empresa efectue el reintegro del monto que corresponda, teniendo en consideracion la UIT vigente, previa a la emision de los correspondientes certificados de habilitacion. Que, son aplicables al presente caso, los principios de presuncion de veracidad, de informalismo, razonabilidad y de privilegio de controles posteriores establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes. Estando a lo opinado por la Direccion de Registros y Autorizaciones en Memorandum Nº 928-2007-MTC/15.02 y por la Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre en Informe N° 296-2007-MTC/15. AL. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y Ley Nº 27791 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a favor de la empresa IMPERIAL MORDAZA E.I.R.L., la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular

de personas en la ruta: MORDAZA - Challhuahuacho y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos:
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO : MORDAZA ­ CHALLHUAHUACHO (Apurimac) y viceversa : MORDAZA : CHALLHUAHUACHO : Yura ­ Imata ­ Oscollo ­ MORDAZA ­ Velille ­ MORDAZA MORDAZA ­ Quinota - Huaquira.

ESCALA COMERCIAL : MORDAZA ­ MORDAZA MORDAZA FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS : Dos (2) semanales en cada extremo de ruta : Dos (2) omnibus : Un (1) omnibus de placa de rodaje Nº UK-1448 (1991)) : Un (1) omnibus de placa de rodaje Nº UI-8188 (1990) : Salidas de MORDAZA, los martes y viernes a las 17:00 horas Salidas de Challhuahuacho, los miercoles y MORDAZA a las 13:00 horas

Articulo Segundo.- La empresa IMPERIAL MORDAZA E.I.R.L., previamente a la emision de los Certificados de Habilitacion Vehicular de las unidades de placas de rodaje Nºs. UK-1448 y UI-8188, debera presentar el documento que acredite que ha cumplido con lo senalado en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- La Direccion de Registros y Autorizaciones debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion debera ser publicada por la empresa IMPERIAL MORDAZA E.I.R.L., en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Quinto.- La empresa IMPERIAL MORDAZA E.I.R.L. iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Sexto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Registros y Autorizaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 55692-1

Otorgan concesion a empresa para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en al ruta Nazca-Moquegua
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 6454-2007-MTC/15 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2007 VISTOS: los expedientes de registros N°s. 2007-002150 y 2007-002150-A, organizados

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