Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2007 (17/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 22° del Decreto Supremo N° 009-2002MINCETUR, establece los requisitos que deben presentar los interesados en obtener una calificacion como entidad autorizada para expedir Certificados de Cumplimiento de modelos de maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura; Que, de la evaluacion de la documentacion y/o informacion adjunta a la presente solicitud se advierte que la empresa ha cumplido con los requisitos establecidos para obtener la calificacion MORDAZA referida; Que, asimismo, cabe senalar que la solicitante cuenta con un servicio de calidad certificada ISO 9001:2000 "Pruebas independientes, auditoria y consultoria para hardware terrestre e interactivo, software y sistemas", expedida por la International Certification Network, vigente al 20.11.2009; y presenta MORDAZA del Certificado de Registro expedido por la British MORDAZA en la siguiente clase: Gaming Services Provider (supplier - testing laboratory) asi como la MORDAZA del Certificado de Registro ante la Autoridad de Licor y Juegos de Azar de Canada y la renovacion correspondiente en la categoria de prueba, evaluacion y consultoria, vigente hasta el 31.08.2009; De conformidad con la Ley N° 27153, y normas modificatorias, y el Decreto Supremo N° 009-2002MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico N° 121-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DAR-YGP y Legal N° 619-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo 1°- Calificar como entidad autorizada para expedir Certificados de Cumplimiento de modelos de maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura a la empresa Technical Systems Testing North MORDAZA Inc. Articulo 2°- Disponer la inscripcion de la empresa Technical Systems Testing North MORDAZA Inc., en el Registro de entidades autorizadas a expedir Certificados de Cumplimiento, con el Registro: L006, el mismo que de acuerdo con lo dispuesto en el MORDAZA parrafo de la

Primera Disposicion Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, tendra un plazo de vigencia de dos (2) anos, renovables. Articulo 3°- La empresa autorizada debera expedir los Certificados de Cumplimiento unicamente respecto de aquellos modelos de maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura que cumplan con las exigencias tecnicas previstas en la Ley N° 27153, y normas modificatorias y reglamentarias; y observar bajo responsabilidad las obligaciones a que se refiere el articulo 24° del Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, entre las que se encuentra remitir un sumario de las pruebas realizadas asi como de los procedimientos y criterios adoptados para considerar a un modelo de maquinas tragamonedas y/o MORDAZA de memoria de solo lectura cumple o no con las exigencias tecnicas requeridas para su autorizacion y registro en el MORDAZA, bajo apercibimiento de disponer la cancelacion del registro otorgado. Articulo 4°- En aplicacion de los Principios de Presuncion de Veracidad y de Privilegio de Controles Posteriores regulado en los numerales 1.7 y 1.16 del articulo IV de la Ley N° 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", se presume la veracidad de la documentacion y/o informacion presentada, no obstante, la Administracion en ejercicio de su facultad de fiscalizacion prevista en el articulo 24º de la Ley N° 27153, modificado por la Ley N° 27796, se reserva el derecho de verificar su autenticidad y aplicar de ser el caso la sancion administrativa correspondiente. Articulo 5°- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de la fecha de su publicacion. Registrese, notifiquese y publiquese MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas 108346-1

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