Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2008 (12/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de enero de 2008

Que, con fecha 26 de MORDAZA de 2007, el consorcio conformado por MANATT JONES MARCONINI GLOBAL STRATEGIES; MOLADI Americas; CRT Capital Group, PADCO/AECOM, South MORDAZA Homes; Los Portales Negocios Inmobiliarios SAC y Desarrollo de Redes SAC; al MORDAZA de la Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, su reglamento y normas modificatorias, presento una iniciativa privada desarrollada sobre un terreno de propiedad estatal denominada "Ciudad Modular Terra Mar"; Que, en atencion a la delegacion de facultades aprobada por el Consejo Directivo de PROINVERSION en su Acuerdo Nº 146-06-2006, el Comite de PROINVERSION de Saneamiento y Proyectos del Estado mediante Acuerdo Nº 485-05-2007-IP tomado en la Sesion 485 del 27 de noviembre del 2007, declaro de interes la iniciativa privada senalada en el considerando anterior; Que, conforme a lo dispuesto en la mencionada ley y su reglamento, la iniciativa privada fue publicada en el Diario Expreso y el Diario Oficial El Peruano, a efecto que dentro del plazo previsto en la referida ley, se presenten terceros interesados en ejecutar el mismo proyecto o uno alternativo; Que, dentro del plazo indicado en el considerando anterior, se ha presentado una manifestacion de interes en la ejecucion del proyecto que, de acuerdo con la evaluacion efectuada, cumple con los requisitos establecidos en la declaracion de interes; Que, en tal sentido de conformidad a lo establecido en el Literal a) del Articulo 7º de la Ley Nº 28059 y el Literal a) del Numeral 18.3 del Articulo 18º del reglamento de la ley aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, corresponde convocar a un concurso publico regulado por las normas que rigen los procesos de promocion de la inversion privada que conduce PROINVERSION; Que, conforme a lo indicado en el Literal a) del Numeral 15.8 del Articulo 15º y el Numeral 18.3 del Articulo 18º del mencionado reglamento, para efectos de la convocatoria publica PROINVERSION debera incorporar el proyecto en el MORDAZA de promocion de la inversion privada y elaborar un plan de promocion que deberan aprobarse y ratificarse con las formalidades previstas en las normas vigentes en materia de promocion de la inversion privada; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION mediante acuerdo de fecha 8 de enero de 2008 acordo incorporar al MORDAZA de promocion de la inversion privada regulado por el Decreto Legislativo Nº 674 al proyecto denominado "Ciudad Modular Terra Mar", estableciendose como modalidad la establecida en el inciso a) del Articulo 2º del mencionado decreto legislativo; Que, asimismo, el Consejo Directivo de PROINVERSION mediante acuerdo de fecha 8 de enero de 2008, ha aprobado el plan de promocion de la inversion privada del proyecto denominado "Ciudad Modular Terra Mar", encargando al Comite de PROINVERSION en Saneamiento y Proyectos del Estado la conduccion del mismo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 674, en concordancia con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 070-92-PCM y lo regulado por la Ley Nº 28059 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 8 de enero de 2008, mediante el cual se incorporo al MORDAZA de promocion de la inversion privada regulado por el Decreto Legislativo Nº 674 al proyecto denominado "Ciudad Modular Terra Mar" que fuera declarado de interes por el Comite de PROINVERSION de Saneamiento y Proyectos del Estado mediante Acuerdo Nº 485-05-2007-IP tomado en la Sesion 485 del 27 de noviembre del 2007, en el MORDAZA del MORDAZA de iniciativas privadas regulado por la Ley Nº 28059 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0152004-PCM, estableciendose como modalidad la establecida en el inciso a) del Articulo 2º del mencionado decreto legislativo y encargando al Comite de PROINVERSION en Saneamiento y Proyectos del Estado la conduccion del referido proceso. Articulo 2º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 8 de enero del 2008, mediante el cual se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada del proyecto denominado: "Ciudad Modular Terra Mar".

Articulo 3º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

151423-8

EDUCACION
Aprueban "Politicas Sectoriales para la contratacion de personal docente en las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico ­ Productiva"
DECRETO SUPREMO N° 004-2008-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 4º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que el Poder Ejecutivo disena y supervisa las politicas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno, las mismas que se aprueban con Decreto Supremo con el MORDAZA del Consejo de Ministros; Que, el articulo 79° de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece que el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, ademas el inciso h) del articulo 80° de la MORDAZA precitada, senala entre otras, como funcion del Ministerio de Educacion, definir las politicas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la MORDAZA publica magisterial; Que, asimismo a fin de dar cumplimiento con lo establecido por el articulo 13° de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, que compromete al Estado a garantizar, entre otros factores, la calidad en las Instituciones Educativas Publicas, la idoneidad de los docentes y autoridades educativas y su buen desempeno para atender el derecho de cada alumno a un maestro competente; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las "Politicas Sectoriales para la contratacion de personal docente en las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico ­ Productiva"; De conformidad con la Ley Nº 29158, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros. DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de Politicas Sectoriales de Educacion Aprobar las "Politicas Sectoriales para la contratacion de personal docente en las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico ­ Productiva", que a continuacion se describen: 1. Es requisito fundamental para ser contratado como docente a partir del ano lectivo 2008 en las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico ­ Productiva, ser profesor egresado, dentro del MORDAZA superior del cuadro de meritos promocional de las Instituciones de Educacion Superior No Universitaria y facultades de Educacion de las Universidades del Pais. De no ser posible dicha acreditacion, se presentara una declaracion jurada, la misma que estara sujeta a fiscalizacion posterior y de ser el caso se aplicara lo previsto por la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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