Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2008 (12/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

363855

Que, con Informe Nº. 119-2007-AL-MDSR, de fecha 18 de diciembre del 2007, del Area de Logistica, informa que no se puede realizar addenda al Contrato anterior con la Empresa NIISA CORPORATION SA y el estudio de MORDAZA local por los precios referenciales, asimismo, que no se ha aprobado el PAAC y el PIA de la Entidad; concluyendo que se apruebe la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche para el abastecimiento de 31 dias (ENERO 2008); teniendo en consideracion todos los procedimientos establecidos segun Ley Nº. 27712 que modifica la Ley Nº. 27470 del Programa Vaso de Leche en su Articulo 2º modificacion del numeral 4.1 del articulo 4º de la Ley Nº. 27470 y asimismo el articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento articulo 141º; Que, mediante Informe Nº. 265-2007-OAL-MDSR, de fecha 19 de diciembre del 2007, emitida por la Oficina de Asesoria Legal, informa que de acuerdo a las normas legales aplicables para evitar el desabastecimiento a los ninos beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, se realice la adquisicion correspondiente segun el Informe del Comite Especial, deviniendo en procedente realizar la adquisicion bajo la modalidad de desabastecimiento inminente; Que, como es de dominio publico se ha incrementado el precio de la leche en tarro, en forma significativa, lo que ha implicado que el proveedor del Vaso de Leche no acceda a la peticion efectuada por la Municipalidad para realizar un contrato adicional hasta el 30% del valor referencial para el suministro del ejercicio 2007; en tanto, la Municipalidad ha agotado todos los mecanismos legales para realizar la compra de insumos del vaso de leche, con un MORDAZA ordinario y no dejar desabastecida la atencion a la poblacion beneficiaria; en consecuencia, los hechos MORDAZA senalados configuran una situacion extraordinaria e imprevisible, que da lugar a que la Municipalidad Distrital de San MORDAZA se encuentre desabastecida inminentemente de la Adquisicion de Insumos del Programa de Vaso de Leche, comprometiendo en forma directa e inminente la continuidad del Programa de Vaso de Leche; Que, por tanto habiendose configurado el supuesto establecido en el articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley N°. 26850, corresponde declarar la Situacion de Desabastecimiento Inminente de la Adquisiciones de Insumos del Programa de Vaso de Leche para la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA por el plazo previsto por el Comite Especial de Adquisiciones, Area de Logistica y Asesoria Legal, y consecuentemente la aprobacion de la Exoneracion de la Adquisicion de dichos insumos, con arreglo al procedimiento establecido en el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando a lo expuesto, de conformidad con el inciso c) del Articulo 19° y los Articulos 20° y 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y demas normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9° de la Ley N°. 27972, Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por unanimidad, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE LA ADQUISICION DE INSUMOS DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, hasta un plazo MORDAZA de Treinta y Un (31) dias calendario, correspondiente al mes de ENERO del 2008. Articulo Segundo.- APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION para la Adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche, hasta por el valor referencial de S/.25,319.00 (VEINTICINCO MIL TRECIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a las MORDAZA de financiamiento 17 Recursos Ordinarios. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Area de Logistica, como dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, llevar a cabo la contratacion materia de la presente exoneracion, conforme al procedimiento establecido en el articulo 146° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloria

General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el Articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- PUBLICAR, el presente Acuerdo conforme a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº. 27972. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. WILLY HAMMER MORDAZA MORDAZA

150889-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA
Exoneran de procesos de seleccion las adquisiciones de predios MORDAZA y MORDAZA para ejecutar proyectos municipales
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 147-2007-MDS
Socabaya, 14 de noviembre del 2007 VISTOS: Lo tratado en Sesion Extraordinaria Nº 021-2007-MDS de fecha 08 de noviembre del 2007 y los Informes Legal Nº 201-2007-OAJ-MDS, 209-2007-OAJ-MDS emitido por la Oficina de Asesoria Juridica e Informe Nº 508-2007-OPP/ MDS emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, respecto a la adquisicion de terrenos para la Construccion del MORDAZA Zonal Las Penas del Distrito de Socabaya, por parte de la Municipalidad Distrital de Socabaya; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 034-2007-UPOYP, emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Unidad de Programacion de Inversion Publica y Proyectos, que dan cuenta de la propuesta del proyecto de Construccion del MORDAZA Zonal Las Penas, sugiriendo que resulta propicio y adecuado la adquisicion de los terrenos del predio denominado el Pillo II, ubicados en la MORDAZA de las Penas distrito de Socabaya, los que se encuentran debidamente registrados en la Ficha Nº 04006362 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, con un area de 4.05 hectareas de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, bien que por sus caracteristicas y ubicacion no admite sustituto, adquisicion de terreno que resulta de imprescindible y necesaria adquisicion para hacer efectiva la construccion del MORDAZA Zonal, con el objeto de brindar bienestar, esparcimiento, recreacion y proteccion del medio ambiente, en beneficio de toda la poblacion del distrito de Socabaya y de MORDAZA en general. Que, conforme al informe Nº 508-2007-UPP-MDS, emitido por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad da cuenta que existe la disponibilidad presupuestaria y economica para hacer efectiva la adquisicion del bien inmueble requerido por la Municipalidad, con cargo a la fuente de financiamiento 05 recursos Determinados rubro 18 Canon y Sobrecanon Minero. Que, bajo dicho contexto factico juridico MORDAZA las caracteristicas del terreno, la ubicacion del mismo y otros detalles de orden tecnico, enmarcadas en el respectivo informe emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el bien no admite sustituto, constituyendo bien unico, en cuyo orden de ideas resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por parte del Concejo Municipal, en aplicacion a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y su respectivo reglamento. Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 20 inciso c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico.

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