Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2008 (07/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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(24) meses, pudiendo por razones de caracter economico o motivos de fuerza mayor ampliar el plazo por veinticuatro (24) meses improrrogables, dicha ampliacion debera ser declarada, expresamente, por el Ministerio de la Produccion. Articulo 3º.- Ejecutada la construccion de la embarcacion pesquera, la empresa CORPORACION PFBCENTINELA S.A.C. debera solicitar el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo de un (1) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho. Asimismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion excediendo la capacidad de bodega autorizada, la misma que sera declarada mediante Resolucion Directoral. Articulo 4º.- La vigencia de la presente autorizacion de Incremento de Flota, esta sujeta a que la empresa CORPORACION PFB-CENTINELA S.A.C. mantenga la titularidad de la licencia de operacion otorgada por la Resolucion Directoral Nº 332-2007-PRODUCE/DGEPP. Constituye causal de caducidad del incremento de flota y del respectivo permiso de pesca, la perdida de la titularidad de la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 332-2007-PRODUCE/DGEPP. Articulo 5º.- Incluir la presente resolucion de autorizacion de incremento de flota en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

208899-10

Dejan sin efecto las RR.DD. Nºs 1912007 y 432-2006-PRODUCE/DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 186-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2008 Visto la Resolucion Nº DOS de fecha 31 de enero del 2008, expedida por la MORDAZA Sala Civil del Santa; CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 263-97PE/DNE de fecha 24 de diciembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la EMPRESA SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS NAVALES S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada MORDAZA 2 con matricula CO-15711-CM, con 150.94 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa para consumo humano directo, equipada con redes de cerco de 1 ½ pulgada (38 mm) de longitud minimo de abertura de malla, utilizando hielo como sistema de preservacion abordo en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 058-2001-PE/DNE, se modifica en virtud a la solicitud de modificacion de la resolucion autoritativa por cambio de denominacion de puerto y MORDAZA servicio en la matricula y nombre de la embarcacion pesquera aprobada el 14 de diciembre del 2000, el permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA 2 con matricula CO-15711-CM, otorgado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE; entendiendose la denominacion de la embarcacion como PALBER 2 con matricula CE-15711-PM; asimismo, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE y modificada en los terminos expuestos en el articulo anterior para operar la embarcacion pesquera PALBER 2 (ex MORDAZA 2), en los mismos terminos y condiciones a favor de los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyugue MORDAZA MORDAZA URCIA; Que a traves de la Resolucion Vice Ministerial Nº 0112002-PRODUCE/DVM-PE del 26 de septiembre del 2002,

se declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 045-95-PE/DNE. Asimismo, se amplio el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE modificado por Resolucion Directoral Nº 058-2001-PE/DNE al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a su conyugue MORDAZA MORDAZA URCIA para operar la embarcacion pesquera denominada PALBER 2 con matricula CE-15711-PM de 150.94 m3 de volumen de capacidad de bodega oficial, con MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, adicionalmente a los recursos autorizados por la Resolucion citada, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco millas de la costa; Que asimismo, por Resolucion Ministerial Nº 1382003-PRODUCE, se declaro la nulidad de la Resolucion Viceministerial Nº 011-2002-PRODUCE/DVM-PE, que declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 045-95-PE/DNE; y se amplio el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE modificado por Resolucion Directoral Nº 058-2001-PE/DNE al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a su conyuge MORDAZA MORDAZA URCIA para operar la embarcacion pesquera denominada PALBER 2 con matricula CE-15711-PM de 150.94 m3 de volumen de capacidad de bodega oficial, con MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, adicionalmente a los recursos autorizados por la Resolucion citada, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco millas de la costa; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 265-2005PRODUCE/DNEPP del 6 de octubre del 2005, se aprobo el cambio del titular del permiso de pesca autorizado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE modificado por Resolucion Directoral Nº 058-2001-PE/DNE para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada PALBER 2 con matricula CE-15711-PM de 150.94 m3 de capacidad de bodega, a favor de CORPORACION PALMAR S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolucion Directoral Nº 191-2007PRODUCE/DGEPP del 4 de MORDAZA del 2007, en estricto cumplimiento del mandato judicial dispuesto por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, se MORDAZA lo ordenado a traves de la Resolucion Nº DOS de fecha 16 de marzo del 2007, que resolvio conceder la Medida Cautelar Generica solicitada por la demandante CORPORACION PALMAR S.A.C.; en consecuencia, dicha instancia jurisdiccional ordeno la suspension de la Resolucion Ministerial Nº 138-2003-PRODUCE de fecha 16 de MORDAZA del 2003, y el de sus efectos legales; cautelar y provisionalmente DECLARO la vigencia de la Resolucion Vice Ministerial Nº 011-2002-PRODUCE/DVM-PE, mediante el cual se amplia el permiso de pesca a plazo determinado otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/ DNE modificada por Resolucion Directoral Nº 058-2001PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera PALBER 2 de matricula CE-15711-PM, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, facultandose cautelarmente a la recurrente CORPORACION PALMAR S.A.C. a operar la embarcacion pesquera PALBER 2 de matricula CE-15711PM, de 150.94 m3 de capacidad de bodega oficial, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, en los terminos de la Resolucion Vice Ministerial Nº 011-2002PRODUCE/DVM-PE, hasta que se resuelva el petitorio de la demanda principal sobre MORDAZA de Amparo; Que a traves de los Memorandos Nº 025-2008PRODUCE/PP y 031-2008-PRODUCE/PP de fechas 15 y 20 de febrero del 2008, la Procuraduria Publica de este Ministerio, remite la Resolucion Nº DOS de fecha 31 de enero del 2008 expedida por la MORDAZA Sala Civil del MORDAZA, mediante el cual se resuelve revocar el auto contenido en la Resolucion Nº DOS que resuelve conceder la medida cautelar generica solicitada por CORPORACION PALMAR S.A.C. y con lo demas que contiene, reformandola, la declararon improcedente; devolviendolo al Juzgado de Origen para sus efectos;

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