Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2008 (07/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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- Beneficiario: voluntariado. Destinatarios de la

NORMAS LEGALES
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accion del CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de junio de 2008

Articulo Cuarto.- Organizacion del Programa El Programa de Voluntariado de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, cuenta con la siguiente organizacion: a) Consejo del Programa del Voluntariado. b) Encargado del Programa. c) Miembros voluntarios. Articulo Quinto.- Conformacion y Funciones del Consejo del Programa El Consejo del Programa de Voluntariado, esta conformado por cinco miembros: - El MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, quien presidira el Consejo. - El Subgerente de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, como Secretario Tecnico. - El Encargado del Programa. - Dos (02) miembros elegidos entre los voluntarios que integran el Programa. Son funciones del Consejo del Programa de Voluntariado, las siguientes: a) Establecer las politicas, objetivos y metas a fin de optimizar la participacion de los voluntarios y los resultados de sus actividades. Establecer las estrategias para la captacion, identificacion y participacion de los voluntarios en el desarrollo del voluntariado.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia disponga las medidas reglamentarias y complementarias necesarias para su aplicacion. Segunda.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo Humano y Proyeccion Social y a la Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- Deroguese cualquier disposicion contraria, semejante o equivalente a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Mando que se Registre, Publique, Comunique y Cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA

Que, conforme dispone el Inc. c) del Art. 19º del D. S. Nº 083-2004-PCM. precisa que se encuentran exonerados de procesos de seleccion, las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente, declaradas conforme a ley; y conforme al Art. 21º del D. S. Nº 083-2004-PCM., concordante con el Art. 141º del D. S. Nº 084-2004-PCM. los que regulan la figura juridica de la situacion de desabastecimiento inminente, precisandose en dicha normativa, que la necesidad de los bienes, servicios u obras, debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso de tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer las necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; precisandose igualmente que las exoneraciones deberan ser aprobadas mediante Acuerdo del Concejo Municipal contando para tal efecto con los Informes tecnico y legal previos. Que, mediante Informe Tecnico Nº 002-2008-MDA/RO/ ICEMA emitido por el Ingeniero Residente de Obra, asi como del Informe Nº 010-2008-UAB-MDA de fecha 28 de MORDAZA del 2008 de la Unidad de Abastecimientos, justifica la necesidad de que se declare en situacion de desabastecimiento inminente, toda vez de que los bienes requeridos, no son comerciales y por lo cual no existe en ferreterias ni tiendas comerciales, que las puedan vender en la MORDAZA de Juliaca ni en MORDAZA, lo que pone en grave perjuicio la continuidad de la obra, por lo que se hace necesario su adquisicion de bienes como: perfil T de 1 ½" X 1/8"; malla ganadera de 9 hilos de 100 mts. X 1.20 mts. galvanizados; para la Obra "Construccion de Cercos Alambricos para Camelidos Sudamericanos en las Comunidades de Ajoyani en el Distrito de Ajoyani", requeridas para su inmediata instalacion, y no se vea perjudicado ostensiblemente la misma. Que, mediante Informe Nº 007-2008-OPP. emitido por el Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, da a conocer que existe disponibilidad de presupuesto para adquisicion de dichos bienes, con la fuente de financiamiento de recursos determinados del rubro 18 CANON Y SOBRE CANON, por el valor referencial de S/. 313,096.32 nuevos soles. Asimismo, mediante Informe Tecnico Legal Nº 013-2008-OAL. se ha cumplido con emitir opinion favorable de acuerdo a lo establecido en el Art. 141º del Reglamento, para su procedencia. Por lo que estando a lo previsto en los Arts. 19º, 20º y 21º del D. S. Nº 083-2004-PCM.; y el Art. 141º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.; y con las facultades conferidas por el Art. 9º y 41º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades". SE ACORDO.

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PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AJOYANI
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de bienes destinados a la construccion de cercos alambricos para camelidos sudamericanos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 030-2008-MDA.
Ajoyani, 30 de MORDAZA del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AJOYANI VISTOS: El Acta de Sesion de Concejo Extraordinaria del 30 de MORDAZA del 2008, el Informe Tecnico Nº 002-2008-MDA/ RO/ICEMA emitido por el Ingeniero Residente de Obra; el Informe Tecnico Legal Nº 013-2008-OAL; sobre la urgencia de adquirir diversos bienes para la Obra "Construccion de Cercos Alambricos para Camelidos Sudamericanos en las Comunidades de Ajoyani en el Distrito de Ajoyani", mediante exoneracion de MORDAZA de seleccion; y

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE Y EXONERAR DE MORDAZA DE SELECCION, la adquisicion de bienes: perfil T de 1 ½" X 1/8"; malla ganadera de 9 hilos de 100 mts. X 1.20 mts. galvanizados, para la Obra "Construccion de Cercos Alambricos para Camelidos Sudamericanos en las Comunidades de Ajoyani en el Distrito de Ajoyani", con la fuente de financiamiento recursos determinados, del rubro 18 CANON Y SOBRE CANON, con un valor referencial de S/. 313,096.32 nuevos soles. ARTICULO SEGUNDO.- PRECISAR que el periodo de exoneracion de los procesos de seleccion para la adquisicion de los bienes referidos, no excederan de 10 dias calendarios, rindiendose las cuentas correspondientes. ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina de Abastecimientos de la Municipalidad de Ajoyani, se encargue de realizar el MORDAZA de adquisicion directa de los bienes requeridos, actuando como veedores los representantes de la sociedad civil, debidamente fiscalizados por la Comision de Regidores que corresponda. ARTICULO CUARTO.- DISPONER la remision en MORDAZA certificada del presente Acuerdo de Concejo, el Informe Tecnico, Legal y demas actuados a la Contraloria General de la Republica, al CONSUCODE, asi como se cumpla con la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano", dentro de los 10 dias siguientes a su aprobacion. REGISTRESE PUBLIQUESE Y ARCHIVESE MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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