Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2008 (07/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, los Informes Nºs. 058-2008-GPP/MDSMP (Gerencia de Planeamiento y Presupuesto), 270-2008-GAJ/ MDSMP y 483-2008-GAJ/MDSMP (Gerencia de Asesoria Juridica) recomiendan se precise que el Numeral Nº 43 del MORDAZA de la Entidad, adecuado a la Ley 29060, corresponde al Procedimiento MORDAZA DE POSESION, manteniendose los requisitos y costo del derecho de S/. 20.00 Nuevos Soles; De conformidad con los articulos 20°, inciso 6) y 42° de la Ley 27972 ­ Organica de Municipalidades; DECRETA:

Articulo Primero.- PRECISAR que el nombre del Procedimiento N° 43 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ( MORDAZA ) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, adecuado a la Ley N° 29060 por Decreto de Alcaldia N°s. 016-2007/MDSMP ( 15.OCTUBRE.2007) y 021-2007-MDSMP (31.DICIEMBRE.2007) es MORDAZA DE POSESION; manteniendose los requisitos y costo del derecho establecidos. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Dispositivo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y unidades organicas de la Entidad que correspondan; y su publicacion a la Oficina de Secretaria General. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

209612-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Formalizan la creacion del Programa de Voluntariado de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 307-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, la Carta Nº 832-2008-SG-MSS, de la Secretaria General, el Memorandum Nº 707-2008-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Memorandum Nº 111-2008-OPP-MSS de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los Informes Nros. 061 y 101-2008-SGBSDC-GDHPS-MSS de la Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, el Memorandum Nº 152-2008-GDHPS-MSS e Informe Nº 040-2008-GDHPSMSS de la Gerencia de Desarrollo Humano y Proyeccion Social, el Memorandum Nº 180-2008-OAJ-MSS e Informe Nº 3912008-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoria Juridica, el Dictamen Conjunto Nº 003-2008-CASPV-CAJ-MSS, de las Comisiones de Asuntos Sociales y Participacion Vecinal y Asuntos Juridicos sobre el proyecto de Ordenanza que crea el Programa de Voluntariado de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 84º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala como funciones exclusivas de las municipalidades distritales, la planificacion de estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, fundamentalmente dirigidos hacia la ejecucion de programas locales de asistencia, proteccion y apoyo de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en riesgo, promoviendo y concertando la cooperacion publica y privada para estos fines;

Que, mediante Ley Nº 28238 del 31.05.2004, se aprobo la Ley General del Voluntariado, a traves de la cual se declara de interes nacional la labor que realizan los voluntarios en el territorio nacional, en lo referido al servicio social que brindan a la comunidad de manera altruista y solidaria; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2004-MIMDES del 17.11.2004, se aprobo el Reglamento de la Ley General del Voluntariado, a fin de regular el servicio del voluntariado a traves de la participacion de los ciudadanos dentro del MORDAZA que la Ley senala, siendo aplicable a toda actividad de voluntariado que se desarrolle en el territorio nacional; Que, a fin de establecer la importancia que tiene el voluntariado para el desarrollo de nuestra sociedad, el Articulo 3° del citado Reglamento lo define como el conjunto de actividades de interes general que realizan personas naturales u organizaciones de voluntarios a favor de los beneficiarios; Que, vista la realidad de nuestro distrito resulta de imperiosa necesidad contar con el apoyo de la ciudadania en general, ya sea de manera individual o colectiva, a fin de contribuir con el desarrollo local, fundamentalmente con el objeto de apoyar y beneficiar a ninos, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores, y otros segmentos de la poblacion que se encuentren en estado de necesidad eventual, cuenten con escasos recursos economicos o con necesidades de atencion; asimismo, participando en la realizacion de tareas comunales como son la seguridad vial, la seguridad ciudadana y el cuidado del medio ambiente; Estando al Dictamen Conjunto Nº 003-2008-CASPVCAJ-MSS, de las Comisiones de Asuntos Sociales y Participacion Vecinal y Asuntos Juridicos, al Memorando No. 152-2008-GDHPS-MSS, de la Gerencia de Desarrollo Humano y Proyeccion Social y el Informe No. 391-2008OAJ-MSS, de la Oficina de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente:

ORDENANZA QUE FORMALIZA LA CREACION DEL PROGRAMA DE VOLUNTARIADO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Articulo Primero.- Objeto Formalicese la creacion del Programa de Voluntariado de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en virtud a la necesidad de la Corporacion de promover y contar con la participacion voluntaria de la poblacion surcana, individual o colectivamente, a fin de brindar apoyo a las diferentes actividades de caracter social y comunal que desarrollan habitualmente, el cual se llevara a cabo en la modalidad de "voluntariado altruista", tomando como referencia lo dispuesto en el Articulo 8º de la Ley Nº 28238, Ley General del Voluntariado, modificada por la Ley Nº 29094, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2004-MIMDES. Articulo Segundo.- Responsable del Programa El desarrollo del Programa de Voluntariado de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA estara a cargo, funcional y financieramente de la Gerencia de Desarrollo Humano y Proyeccion Social, a traves de la Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, que tendra la funcion de llevar el registro, control y preparacion de los voluntarios que deseen participar de las labores que oportunamente la Municipalidad propondra a traves de cualquiera de los programas sociales y comunales que en el se vayan a desarrollar. Para el Registro de Voluntarios, MORDAZA estas personas naturales, juridicas u organizaciones de voluntarios, bastara con su inscripcion para ser reconocidos como tales. Articulo Tercero.- Definiciones A efectos de puntualizar lo dispuesto en la presente Ordenanza, se establecen las siguientes definiciones: - Voluntariado: Labor o actividad realizada sin fines de lucro, en forma gratuita y sin vinculos ni responsabilidad contractual. Comprende actividades de interes general para la poblacion, como: actividades asistenciales, de servicios sociales, civicas, de capacitacion, culturales, cientificas, deportivas, sanitarias, de cooperacion al desarrollo, de defensa al medio ambiente, de defensa de la economia o de la investigacion, de desarrollo de la MORDAZA asociativa, de promocion del voluntariado, y otras de naturaleza analoga tendientes al bienestar comun. Podra ser prestado de manera independiente, por personas naturales o juridicas, o agrupadas en organizaciones sin fines de lucro, debidamente registrada en el Programa de Voluntariado del distrito. - Voluntario: Persona natural o juridica, u organizacion de voluntarios, sin fines de lucro, que realiza labores propias del voluntariado.

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