Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2008 (07/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

Que, a traves del Decreto Ley Nº 25707, se declaro en emergencia la utilizacion de explosivos de uso civil y conexos, estableciendose en el articulo 5º que el Ministerio de Energia y Minas asume las responsabilidades de expedir el Certificado de Operacion Minera para la autorizacion global del uso de explosivos, y de emitir opinion para la adquisicion de explosivos y/o conexos para las personas naturales o juridicas dedicadas a la actividad minera; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 725-2007MEM/DGM, se aprobo el formulario de solicitud y el formato de otorgamiento del Certificado de Operacion Minera, senalandose como medio de MORDAZA del acotado procedimiento administrativo los formularios electronicos que se encuentran en el MORDAZA o pagina web del Ministerio de Energia y Minas; Que, por Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobo el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007, habiendose transferido en materia de Mineria, entre otras funciones, la evaluacion y el otorgamiento del Certificado de Operacion Minera a la pequena mineria y mineria artesanal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, donde se precisa que la Direccion General de Mineria, dentro de las funciones asignadas a sus organos de linea, tiene la atribucion de administrar y consolidar las estadisticas mineras a nivel nacional; Que, en base a ello, se ha determinado que para la evaluacion y el otorgamiento del Certificado de Operacion Minera para las actividades mineras de la pequena mineria y mineria artesanal, existe la necesidad de uniformizar criterios a los que deberan sujetarse los Gobiernos Regionales; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Ley Nº 25707; DECRETA:

Articulo 6º.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas ANEXO I REQUISITOS El titular minero de la pequena mineria y mineria artesanal, previo a la MORDAZA de la solicitud del Certificado de Operacion Minera (COM), debera contar con los siguientes requisitos: PEQUENA MINERIA PARA OPERACIONES CONTINUAS.Se requiere lo siguiente: a) Contar con el numero del Registro Unico del Contribuyente - RUC. b) Presentar el cronograma de trabajo ejecutado del ano anterior y el programa de trabajo para el ejercicio solicitado. c) Haber presentado: 1. Declaracion Anual Consolidada (DAC). 2. Declaracion Mensual de Estadistica Minera. 3. Plan de Minado para los casos de explotacion. d) Tener aprobado:

Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Aprobar los criterios y procedimientos para la evaluacion y el otorgamiento del Certificado de Operacion Minera para las actividades mineras de la pequena mineria y mineria artesanal, de conformidad con los Anexos I, II y III que forman parte del presente decreto supremo. Articulo 2º.- MORDAZA de Gobiernos Regionales Para el otorgamiento del Certificado de Operacion Minera de las actividades mineras de la pequena mineria y mineria artesanal, los Gobiernos Regionales deberan establecer en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) los requisitos precisados en el Anexo I, con los que los usuarios deberan contar MORDAZA de presentar la solicitud de Certificado de Operacion Minera. Articulo 3º.- Solicitud La MORDAZA de la solicitud del Certificado de Operacion Minera se realizara de acuerdo a lo indicado en el Anexo II de la presente resolucion. Articulo 4º.- MORDAZA de la solicitud El procedimiento para la MORDAZA de la solicitud del Certificado de Operacion Minera se realizara en los formularios electronicos que se encuentran publicados en el MORDAZA o pagina web siguiente: http://extranet.minem.gob. pe del Ministerio de Energia y Minas, bajo apercibimiento de tener por no iniciado el tramite. Para tal efecto, cada Gobierno Regional debera adicionar un vinculo en su MORDAZA o pagina web que se denomine "Solicitud Electronica de Certificado de Operacion Minera" con la finalidad de facilitar el acceso del usuario a los citados formularios. Articulo 5º.- Evaluacion y aprobacion La evaluacion y aprobacion del Certificado de Operacion Minera, sera realizada por cada Gobierno Regional, a traves de sus Direcciones Regionales de Energia y Minas o quien haga sus veces, tomando en cuenta la informacion contenida en el Anexo III, publicado en el MORDAZA o pagina web siguiente: http://intranet.minem.gob.pe del Ministerio de Energia y Minas. El tramite de evaluacion debe seguir estrictamente lo precisado mediante la presente MORDAZA, con el fin de administrar y consolidar las estadisticas mineras nacionales.

1. La certificacion ambiental segun la etapa de la actividad minera que se va a realizar, aprobada por la autoridad competente. 2. Para los casos del uso de ANFO en minas subterraneas debera contar con la aprobacion pertinente expedida por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas. e) Contar con el titulo de la concesion minera inscrito a su favor en la SUNARP o resolucion de formacion de U.E.A. f) Para los casos de cesion u otros contratos mineros, deberan estar inscritos en la SUNARP. g) Contar con la Autorizacion de funcionamiento de planta de beneficio, si fuera el caso. h) Presentar los planos de labores de proyeccion horizontal y vertical donde se visualice los trabajos ejecutados y programados en coordenadas UTM a escala adecuada, firmado por un ingeniero de minas o geologo colegiado. i) Presentar la relacion de la (s) empresa (s) contratista (s) minera (s) que haran uso de explosivos y conexos, con su respectivo numero de trabajadores, de ser el caso. j) Presentar la relacion de las facturas numeradas por producto, correspondientes a la compra de explosivos y conexos, indicando: numero de RUC del proveedor, fecha de compra, numero de factura, cantidad respectiva, monto. k) Contar con la MORDAZA de pequeno productor minero vigente. l) Relacion de equipos y maquinarias con las que cuenta el titular minero (indicando si son propias o alquiladas). PARA INICIO Y/O REINICIO DE OPERACIONES.Se requiere lo siguiente: Todo lo indicado en los literales desde el item a) hasta el item l) con excepcion de: El cronograma de trabajo del ano anterior. Planos de labores ejecutadas. Declaracion Mensual de Estadistica Minera. Relacion de las facturas numeradas por producto, correspondientes a la compra de explosivos y conexos PARA AMPLIACION DEL COM.Se requiere lo siguiente:

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