Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2008 (07/06/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 7 de junio de 2008

Otorgan concesiones a empresas para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 442-2008 MTC/03
MORDAZA, 4 de junio de 2008 VISTA, la solicitud presentada con P/D con registro N° 2007-013308-L, por la empresa TELECOMCORP DEL PERU S.A.C. para que se emita una nueva resolucion ministerial otorgando concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 022-2008MTC/03, publicada el 14 de enero de 2008 en el Diario Oficial El Peruano, se otorgo a la empresa TELECOMCORP DEL PERU S.A.C. concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru; precisandose como primeros servicios a prestar los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en las modalidades conmutado y no conmutado; sin que se MORDAZA suscrito el contrato de concesion dentro del plazo legal establecido; Que, mediante documento de la VISTA, la empresa TELECOMCORP DEL PERU S.A.C., solicita la emision de una nueva resolucion ministerial de otorgamiento de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru, conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, de acuerdo con lo senalado en el articulo 124º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, la suscripcion del contrato de concesion se realizara dentro de un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados desde la publicacion de la resolucion correspondiente, asimismo senala que para tal efecto debera cumplir con el pago por derecho de concesion, asi como con la MORDAZA de carta fianza y pago del canon, si estos dos ultimos correspondieran. En caso de incumplimiento, la resolucion de otorgamiento de concesion y la resolucion de asignacion de espectro quedaran sin efecto de pleno derecho; Que, para el caso de la concesion otorgada a la empresa TELECOMCORP DEL PERU S.A.C., para la suscripcion del contrato de concesion correspondia realizar el pago del derecho de concesion y la MORDAZA de la carta fianza; Que, conforme a lo senalado en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, se establece el derecho a solicitar nuevamente la emision de resolucion ministerial sin iniciar MORDAZA tramite. En tal sentido, la precitada MORDAZA senala que el incumplimiento de los plazos previstos en el articulo 124º no enerva el derecho a solicitar nuevamente y, por unica vez, sin necesidad de iniciar un MORDAZA tramite, la emision de la resolucion correspondiente. Para tal efecto, la solicitud podra ser presentada dentro del plazo de seis (6) meses de notificada la citada resolucion, debidamente sustentada; Que, la Resolucion Ministerial Nº 022-2008-MTC/03 fue notificada el 15 de enero de 2008, por lo tanto la solicitud para la emision de una nueva resolucion ministerial otorgando a la empresa TELECOMCORP DEL PERU S.A.C. concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones ha sido presentada a este Ministerio, dentro del plazo de seis (6) meses de notificada dicha resolucion ministerial; Que, conforme a lo senalado por la empresa TELECOMCORP DEL PERU S.A.C. mediante escrito P/D Nº 2007-013308-L del 17 de MORDAZA de 2008, el motivo por el cual no le ha sido posible suscribir el contrato de concesion dentro del plazo legal establecido fue la imposibilidad de contar con la carta fianza que asegure el inicio de operaciones, habiendo cumplido con el pago del derecho de concesion correspondiente; Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones;

Que, el 18 de MORDAZA de 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28737, Ley que establece la concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, la cual modifica diversos articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28737, senala que las solicitudes de otorgamiento de concesiones que se encuentren en tramite y pendientes de resolver, con excepcion de las concesiones para operador independiente, se tramitaran como una concesion unica, adecuandose a las disposiciones de dicha Ley y su Reglamento General. Asimismo, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposicion Final de dicha Ley, esta entraria en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del MORDAZA Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el 4 de MORDAZA de 2007, se publico en el Diario Oficial El Peruano, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; por lo que, al entrar en vigencia la Ley Nº 28737, se adecuo la solicitud del expediente Nº 2007013308, a una de otorgamiento de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la Republica del Peru; Que, en caso la empresa solicitante requiera prestar servicios adicionales a los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en las modalidades conmutado y no conmutado, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe Nº 608-2007-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, en el tramite del procedimiento iniciado con Expediente Nº 2007-013308, senalo que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru, precisando que los primeros servicios a prestar son los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en las modalidades conmutado y no conmutado, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa TELECOMCORP DEL PERU S.A.C.; Que, asimismo mediante Informe Nº 531 -2007-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, concluye que corresponde emitir una nueva resolucion ministerial otorgando concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru; precisando que los primeros servicios a prestar son los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en las modalidades conmutado y no conmutado, en aplicacion de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, de acuerdo a la evaluacion favorable efectuada por la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones sobre el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la concesion unica solicitada por la empresa TELECOMCORP DEL PERU S.A.C., y habiendo cumplido esta con las condiciones establecidas en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, corresponde emitir una nueva resolucion ministerial otorgando la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELECOMCORP DEL PERU S.A.C., concesion unica para la prestacion de

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