Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2009 (19/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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SE RESUELVE

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de agosto de 2009

Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Magistrado del Tribunal Constitucional, Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 19 al 21 de agosto de 2009, para participar en la reunion mencionada en la parte considerativa de esta resolucion; Articulo Segundo.- La participacion del Magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el evento MORDAZA referido no irrogara gasto alguno al Tribunal Constitucional, pues este sera asumido por los organizadores. Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominacion. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA GOTELLI Presidente 384636-1

Articulo Segundo.- Establecer que los contrayentes abonaran la suma de S/. 60.00 ( Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de Inscripcion. Articulo Tercero.- CONSIDERESE como Requisitos para aquellas personas que desean acogerse a este beneficio, lo siguiente: - Partida de Nacimiento original de ambos contrayentes. - MORDAZA fedateada del documento de identidad de ambos contrayentes. - MORDAZA fedateada del documento de identidad de dos testigos no familiares. - Dos fotos actualizadas tamano carne o pasaporte de cada contrayente - MORDAZA fedateada de recibo de Luz o agua que pruebe el domicilio, uno de los contrayentes debe residir en Brena. - Examen Medico Pre ­ Nupcial, que lo realizara la Unidad de Sanidad, costo: S/. 10.00 Nuevos Soles por MORDAZA y/o realizado en una Posta Medica del Ministerio de Salud que incluya Consejeria del SIDA. - Un Folder Manila A-4. - Pago del Pliego Matrimonial: S/. 60.00 Nuevos Soles. Articulo Cuarto.- Dispensar la publicacion de avisos en base a la facultad que confiere el articulo 252º del Codigo Civil vigente, a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de los demas documentos exigidos por Ley y que se encuentren aptos para contraer matrimonio. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Unidad de Registro Civil el cumplimiento del presente Decreto. Articulo Sexto.- ENCARGUESE a la Secretaria General, Gerencia de Administracion y Finanzas, Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones, Gerencia de Servicios Sociales y demas Organos competentes prestar el apoyo correspondiente para el cumplimiento y exito de la presente Disposicion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 385018-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Autorizan celebracion de "3er. Micro Matrimonio Civil Masivo 2009"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2009-DA/MDB Brena, 22 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: Informe Nº 062 -2009-ORC-SG/MDB, Pase del Despacho de Alcaldia. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 27680, las municipalidades provinciales y Distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo dispone el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, es deber del Estado y de todo Gobierno Local, proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condicion de institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es politica de la actual gestion, buscar el bienestar de la comunidad de Brena, promoviendo para ello entre otros aspectos, el fortalecimiento de la familia y la sociedad a traves de la union legal de las parejas deseosas de contraer matrimonio y/o el permitir a aquellas otras parejas que asi lo deseen, la regularizacion de su estado civil, para lo cual esta corporacion ha previsto llevar adelante la celebracion del "3er. MICRO MATRIMONIO CIVIL MASIVO 2009"; a realizarse el dia 19 de setiembre del presente ano; considerandose las inscripciones desde el 4 de agosto hasta el 18 de setiembre del 2009, para lo cual se debera contar con la participacion de las diferentes Gerencias, Subgerencias y Unidades de la Municipalidad; Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "3er. MICRO MATRIMONIO CIVIL MASIVO 2009 ", con motivo de celebrarse las MORDAZA primaverales", para el dia 19 de Setiembre del 2009, a las 06.00 p.m; en el Auditorio Municipal, para lo cual las inscripciones se realizaran desde el 04 de Agosto hasta el 18 de Setiembre del 2009, en la Oficina de Registro Civil, ubicada en el Palacio Municipal de esta Comuna.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Modifican Directiva aprobada mediante Decreto de Alcaldia Nº 003
(Se publica el Decreto de Alcaldia de la referencia a solicitud de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho mediante Oficio Nº 0309-2009-MSJL-SG recibido el 17 de agosto de 2009) DECRETO DE ALCALDIA Nº 005 San MORDAZA de Lurigancho, 11 de febrero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 0019-2009-GP/MDSJL de fecha 06/02/2009 de la Gerencia de Planificacion; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 003 de fecha 19/01/2009 se aprobo la Directiva Nº 001-2009-SGDICNIGP/MDSJL "Directiva para la Administracion del Fondo Fijo para MORDAZA Chica y Periferica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho" la misma que en su numeral 6.7 del articulo VI establece y precisa las especificas de gastos que se ejecutaran con cargo a la MORDAZA chica central y MORDAZA periferica; Que, el Fondo Fijo de MORDAZA Chica tiene por finalidad atender con oportunidad los gastos menudos y urgentes

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