Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2009 (19/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

399309

S.A. y Nextel del Peru S.A., para que se amplie el plazo otorgado para remitir comentarios al Proyecto publicado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 030-2009CD/OSIPTEL; (ii) El Informe Nº 152-GUS/2009 de la Gerencia de Usuarios, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se sustenta la ampliacion del plazo otorgado para presentar comentarios al proyecto normativo referido en el numeral precedente; y con la conformidad de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 030-2009-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de MORDAZA de 2009, se publico para comentarios el Proyecto de Resolucion que propone la modificacion de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 116-2003CD/OSIPTEL que aprobo las Condiciones de Uso de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones (en adelante, Proyecto Normativo); Que, en el Articulo MORDAZA de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 030-2009-CD/OSIPTEL se establecio un plazo de quince (15) dias calendario para que los interesados remitan al OSIPTEL sus comentarios sobre el Proyecto Normativo; Que, mediante las comunicaciones DMR/CE/Nº 447/09 recibida el 14 de MORDAZA de 2009, C.650-DJR/2009 recibida el 14 de MORDAZA de 2009, DR-107-C-0886/DF-09 recibida el 14 de MORDAZA de 2009, c.370-2009-GAR recibida el 14 de MORDAZA de 2009, TM925-A-420-09 recibida el 14 de MORDAZA de 2009, y S/N de fecha 15 de MORDAZA de 2009, las empresas concesionarias MORDAZA Movil Peru S.A.C., Telmex del Peru S.A., Telefonica del Peru S.A.A., Americatel Peru S.A., Telefonica Moviles S.A., y en forma conjunta las empresas MORDAZA Movil Peru S.A.C., Telefonica Moviles S.A. y Nextel del Peru S.A., respectivamente, han solicitado la ampliacion del plazo senalado en el considerando precedente, a efectos de realizar un analisis mas exhaustivo del Proyecto Normativo; Que, el Articulo 7º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, consagra el MORDAZA de Transparencia como lineamiento de la accion del OSIPTEL en el desarrollo y ejercicio de sus funciones, dicho MORDAZA establece que los proyectos de decisiones normativas y/o regulatorias seran previamente publicadas para recibir opiniones del publico en general; Que asimismo, el Articulo 27º del Reglamento General del OSIPTEL dispone que constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de caracter general que dicte el OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; Que en ese sentido, atendiendo a: (i) la importancia del Proyecto Normativo para el MORDAZA de los servicios publicos de telecomunicaciones, y (ii) la necesidad que los interesados cuenten con un plazo adicional y adecuado para su revision, este Organismo considera pertinente ampliar en quince (15) dias calendario adicionales el plazo para la recepcion de comentarios al Proyecto Normativo, establecido en el articulo MORDAZA de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 030-2009-CD/OSIPTEL, dicho plazo adicional debera computarse a partir del vencimiento del plazo inicialmente otorgado; En aplicacion de las funciones previstas en el inciso p) del Articulo 25º y en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesion Nº 355; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar en quince (15) dias calendario adicionales el plazo establecido en el Articulo MORDAZA de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 030-2009-CD/OSIPTEL, para la recepcion de comentarios al Proyecto de Resolucion que modificara la Resolucion de Consejo Directivo Nº 1162003-CD/OSIPTEL que aprobo las Condiciones de Uso de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones. Articulo Segundo.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional del OSIPTEL. Registrese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la permanencia de magistrados en sala civil y juzgados civiles y de paz letrado durante periodo vacacional de vocales de la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA PRESIDENCIA Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 422-2009-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 38492-09, la doctora MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular integrante de la Primera Sala Civil con Sub Especialidad Comercial de MORDAZA, solicita vacaciones del 20 al 24 de MORDAZA del presente ano; Que, mediante el ingreso Nº 43382-09, el doctor MORDAZA MORDAZA Soller MORDAZA, Juez Superior Titular integrante de la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de MORDAZA, solicita vacaciones del 20 al 24 de MORDAZA del presente ano; Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, la Presidencia de esta Corte Superior, considera menester proceder al nombramiento de los Magistrados que completaran el Colegiado de la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de MORDAZA, estando al pedido de vacaciones de los referidos magistrados; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Suplentes que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional; Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONCEDER a la doctora MORDAZA MORDAZA la MORDAZA MORDAZA, y al doctor MORDAZA MORDAZA Soller MORDAZA, Jueces Superiores Titulares integrantes de la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial, el goce fisico vacacional del 20 al 24 de MORDAZA del presente ano. Articulo Segundo.- DISPONER la permanencia de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jueces Superiores Provisionales integrantes de la Primera Sala Civil con sub Especialidad Comercial de MORDAZA, mientras dure el periodo vacacional a los Magistrados Titulares de la Sala en mencion, a partir del 20 al 24 de MORDAZA del presente ano, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: Primera Comercial: Sala de Civil con Subespecialidad Presidenta (P) (P)

Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

374020-1

Articulo Tercero.- DISPONER la permanencia de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA, como Juez Provisional del Decimo MORDAZA Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de MORDAZA, mientras dure la

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