Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2009 (19/07/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

399297

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29389
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
FE DE ERRATAS DECRETO DE URGENCIA N° 080-2009
Fe de Erratas del Decreto de Urgencia N° 080-2009, publicado en la edicion del 18 de MORDAZA de 2009, por error incurrido durante el MORDAZA de publicacion de dicha MORDAZA en el Diario Oficial. En el Octavo Considerando DICE: "Que, de este modo, es necesario modificar la autorizacion otorgada al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES por el Decreto de Urgencia N° 064-2009, en relacion a los tipos de proyectos de infraestructura social y productiva basica que puede ejecutar el FONCODES con cargo a los recursos habilitados al MIMDES por el articulo 2° de dicha MORDAZA, a fin de adecuarla con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-2009-MIMDES, con el objeto de que tales proyectos se realicen en zonas rurales, preferentemente, en los distritos de Quintil 1 y 2, asi como en zonas urbanas comprendidas en los distritos de Quintil MORDAZA referidos, (...)" DEBE DECIR: "Que, de este modo, es necesario modificar la autorizacion otorgada al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES por el Decreto de Urgencia N° 064-2009, en relacion a los tipos de proyectos de infraestructura social y productiva basica que puede ejecutar el FONCODES con cargo a los recursos habilitados al MIMDES por el articulo 2° de dicha MORDAZA, a fin de adecuarla con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-2009-MIMDES, con el objeto de que tales proyectos se realicen en zonas rurales, preferentemente, en los distritos de Quintil 1 y 2, asi como en zonas urbanas comprendidas en los Quintiles MORDAZA referidos, (...)" En el numeral 8.2 del Articulo 8° DICE: "..., quedando exceptuadas para tal fin de las restricciones para realizar dichas modificaciones, establecidas el articulo 10º numeral 10.1 y la Vigesima Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 y su modificatoria, los Decretos Supremos N°s 013-2009-EF y 017-2009-EF, y el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 035-2009." DEBE DECIR:

LEY QUE AMPLIA LA INFORMACION PERSONAL QUE DEBE CONTENER LA LICENCIA DE CONDUCIR
Articulo 1º.- Objeto de la Ley La licencia de conducir contendra el grupo y factor sanguineo del titular y la autorizacion expresa o la denegacion de la donacion de organos en caso de muerte. Articulo 2º.- Normatividad El Ministerio de Transportes y Comunicaciones adecuara su normatividad a lo dispuesto en esta Ley, dentro de un plazo de sesenta (60) dias contado a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Vigencia La presente Ley entra en vigencia a los noventa (90) dias contados a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y se aplicara tambien a todas las licencias en tramite. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA de dos mil nueve. MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros

"...., quedando exceptuadas para tal fin de las restricciones para realizar dichas modificaciones, establecidas en el articulo 10º numeral 10.1 y la Vigesima Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 y su modificatoria, los Decretos Supremos N°s 013-2009EF y 017-2009-EF, y el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 035-2009." DICE: "Articulo 9°.- Ampliacion de la autorizacion otorgada al MIMDES para ejecutar los recursos del Decreto de Urgencia N° 064-2009 Dispongase que los recursos autorizados por el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 064-2009 al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, para la ejecucion de proyectos de infraestructura social y productiva basica, a

374400-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.