Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2009 (19/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de MORDAZA de 2009

Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Anderson MORDAZA, Director General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad MORDAZA, de la Subsecretaria de Asuntos Economicos, y Coordinador Nacional Alterno ante el Foro de Consulta y Concertacion Politica del MERCOSUR y Estados Asociados, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del MORDAZA, del 20 al 24 de MORDAZA de 2009, a fin que participe en la Reunion del Foro de Consulta y Concertacion Politica del MERCOSUR y Estados Asociados (FCCP), del 20 al 22 de MORDAZA de 2009; en la XXXVII Reunion Ordinaria del Consejo del MORDAZA Comun, el 23 de MORDAZA de 2009; y, en la Cumbre de los Presidentes de los Estados Parte del MERCOSUR y Estados Asociados, el 24 de MORDAZA de 2009. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integracion Politica y Negociaciones EconomicoComerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes US$ 860.00 Viaticos por dia US$ 200.00 Numero de dias 5+1 Total viaticos US$ 1,200.00 Tarifa aeropuerto US$ 31.00

372582-1

Autorizan viaje de funcionario diplomatico a MORDAZA para participar en eventos del MERCOSUR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1089/RE
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Politica Exterior del Peru promover los intereses del MORDAZA, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su MORDAZA de insercion a nivel global; Que, en este MORDAZA, el Peru fue incorporado oficialmente como Estado Asociado a dicho bloque, mediante la Decision 39/03, del 15 de diciembre de 2003, que establece los mecanismos y modalidades de la participacion de nuestro MORDAZA como Estado Asociado en las reuniones de la estructura institucional del mismo; Que, la Decision 18/04 de 7 de MORDAZA de 2004, fija las condiciones para la asociacion de los paises Miembros de la ALADI al MERCOSUR y reglamenta su participacion en las reuniones de los organos de la estructura institucional del MERCOSUR; Que, la participacion del Peru como Estado Asociado al MERCOSUR responde a una opcion estrategica que trasciende lo estrictamente comercial, pues reconoce el gran potencial complementario que existe con los paises miembros de dicho bloque en los ambitos fronterizo, economico, de seguridad, politico y de vision estrategica del espacio sudamericano; Que, el Foro de Consulta y Concertacion Politica (FCCP), es el mecanismo institucional del MERCOSUR que permite canalizar el dialogo y sistematizar la cooperacion politica entre los paises miembros y asociados, abarcando los distintos MORDAZA que no forman parte de la agenda economica y comercial; Que, entre los dias 20 y 22 de MORDAZA de 2009, tendra lugar en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del MORDAZA, la Reunion del Foro de Consulta y Concertacion Politica del MERCOSUR y Estados Asociados (FCCP); Que, asimismo, el Gobierno de la Republica del MORDAZA, en ejercicio de la Presidencia Pro-Tempore del MERCOSUR, ha convocado la XXXVII Reunion Ordinaria del Consejo del MORDAZA Comun y la Cumbre de los Presidentes de los Estados Parte del MERCOSUR y Estados Asociados, los dias 23 y 24 de MORDAZA de 2009, respectivamente; Que, en consecuencia, es necesario designar a la delegacion peruana que asistira a dichas reuniones; Teniendo en cuenta los Memoranda (SAE) N° SAE0437/2009, de la Subsecretaria de Asuntos Economicos, de 06 de MORDAZA de 2009; y (DGA) N° DGA1532/2009, de la Direccion General de Administracion, de 09 de MORDAZA de 2009, que otorga disponibilidad presupuestaria al presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios publicos se realicen en clase economica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley

Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Anderson MORDAZA

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de los referidos eventos, el mencionado funcionario diplomatico debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

372582-2

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de Viceministro Trabajo a MORDAZA para participar la MORDAZA Reunion Preparatoria la XVI Conferencia Interamericana Ministros de Trabajo de la OEA
RESOLUCION SUPREMA Nº 027-2009-TR
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2009 VISTO: La carta de invitacion de fecha 10 de junio de 2009, del Director del Departamento de Desarrollo Social y Empleo de la Organizacion de los Estados Americanos - OEA; y, CONSIDERANDO: Que, la Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT) es la conferencia sectorial mas antigua de la Organizacion de los Estados Americanos (OEA). En efecto, desde 1963 los Ministros y Ministras de Trabajo del hemisferio se reunen periodicamente en el MORDAZA de esta Conferencia, que se considera el foro primordial de discusion y decision politica sobre las prioridades y acciones a seguir en materia laboral a nivel hemisferico;

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