Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2009 (19/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de MORDAZA de 2009

En todos los casos, los comentarios deberan enviarse de acuerdo al formato establecido en el anexo adjunto a la presente resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Politicas Regulatorias del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Registrese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo

El concesionario del servicio de telefonia fija en la modalidad de telefonos publicos debera comunicar al concesionario movil, la ubicacion de los puntos de interconexion existentes en la red del servicio movil en donde entregara las llamadas y la forma en que entregara dichas llamadas. Articulo 3º.- Llamadas originadas en la red del servicio de telefonia fija en areas rurales o lugares de preferente interes social con destino a la red del servicio movil Las llamadas originadas en la red del servicio de telefonia fija en areas rurales o lugares de preferente interes social, tanto en la modalidad de abonado como en la modalidad de telefonos publicos, con destino a una red de servicio movil seran entregadas en el punto de interconexion existente de la red del servicio movil. El concesionario del servicio de telefonia fija en areas rurales o lugares de preferente interes social podra utilizar los servicios prestados por terceros para entregar las llamadas en el punto de interconexion existente de la red del servicio movil. El concesionario del servicio de telefonia fija en areas rurales o lugares de preferente interes social debera comunicar al concesionario del servicio movil la ubicacion de los puntos de interconexion existentes en la red del servicio movil en donde entregara las llamadas y la forma en que entregara dichas las llamadas. Articulo 4º.- Llamadas originadas en una red del servicio movil con destino a otra red de servicio movil Las llamadas originadas en una red de servicio movil con destino a otra red de servicio movil seran entregadas en el punto de interconexion existente de la red movil de destino mas proximo a la red donde se origino la llamada. El concesionario de servicio movil en cuya red se origino las llamadas debera de comunicar al concesionario de la red de servicio movil de destino, con MORDAZA al OSIPTEL, la ubicacion de los puntos de interconexion existentes en la red movil de destino en donde entregara las llamadas. Articulo 5º.- Llamadas internacionales entrantes con destino a la red del servicio movil Las llamadas internacionales entrantes, con destino a una red de servicio movil seran entregadas en el punto de interconexion existente de la red del servicio movil del departamento de Lima. El concesionario del servicio portador de larga distancia podra entregar las llamadas en otro punto de interconexion existente de la red del servicio movil. De ser este el caso, el concesionario del servicio portador de larga distancia debera de comunicar al concesionario de servicio movil, con MORDAZA al OSIPTEL, la ubicacion de los puntos de interconexion existentes en la red del servicio movil en donde entregara las llamadas. Articulo 6º.- Llamadas originadas en la red del servicio movil con destino a la red del servicio de telefonia fija Las llamadas originadas en la red del servicio movil con destino a una red del servicio de telefonia fija seran entregadas en el punto de interconexion existente de la red del servicio de telefonia fija del departamento (area local) en donde termina la llamada. De no contar el concesionario de la red de servicio movil con un punto de interconexion en el departamento en donde termina la llamada, el concesionario de la red del servicio movil, a traves de los servicios prestados por terceros, debera establecer la forma en que entregara las llamadas. El concesionario de la red del servicio movil debera comunicar al concesionario de la red del servicio de telefonia fija la forma como entregara las llamadas. Articulo 7º.- Llamadas originadas en la red del servicio movil con destino a la red del servicio de telefonia fija en areas rurales Las llamadas originadas en la red de los concesionarios de servicios moviles con destino a una red del servicio de telefonia fija, en areas rurales o lugares de preferente interes social seran entregadas en el punto de interconexion existente en la red del servicio movil. El concesionario del servicio de telefonia fija en areas rurales o lugares de preferente interes social podra utilizar

ANEXO Formato para la MORDAZA de comentarios al Proyecto de Resolucion mediante el cual se estableceran las Disposiciones Complementarias para asegurar la correcta implementacion y establecimiento del Area Virtual Movil.
Articulo del Proyecto 1º 2º 3º ........ Comentarios Generales Otros Comentarios Comentario

PROYECTO DE RESOLUCION DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PARA ASEGURAR LA CORRECTA IMPLEMENTACION Y ESTABLECIMIENTO DEL AREA VIRTUAL MOVIL CAPITULO I Punto de Interconexion de Entrega de las Llamadas Articulo 1º.- Llamadas originadas en la red del servicio de telefonia fija en areas urbanas, en la modalidad de abonado, con destino a la red del servicio movil Las llamadas originadas en la red del servicio de telefonia fija en areas urbanas, en la modalidad de abonado, con destino a una red de servicio movil seran entregadas en el punto de interconexion existente de la red del servicio movil del departamento (area local) en donde se origina la llamada. De no contar el concesionario de la red de servicio movil con un punto de interconexion en el departamento en donde se origina la llamada, el concesionario de servicio movil, a traves de los servicios prestados por terceros, debera establecer la forma en que recibira las llamadas. El concesionario del servicio movil debera comunicar al concesionario del servicio de telefonia fija, la forma en que recibira las llamadas. Articulo 2º.- Llamadas originadas en la red del servicio de telefonia fija en areas urbanas, en la modalidad de telefonos publicos, con destino a la red del servicio movil Las llamadas originadas en la red del servicio de telefonia fija en areas urbanas, en la modalidad de telefonos publicos, con destino a una red de servicio movil seran entregadas en el punto de interconexion existente de la red del servicio movil del departamento (area local) en donde se origina la llamada. De no contar el concesionario del servicio movil con un punto de interconexion en el departamento en donde se origina la llamada, el concesionario del servicio de telefonia fija en la modalidad de telefonos publicos, entregara la llamada, a traves de los servicios prestados por terceros, en otro punto de interconexion existente de la red del servicio movil.

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