Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2009 (17/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

396082
URBANIZACIONES Y PPJJ: Comprendidos por aquellas alejadas del entorno inmediato, La MORDAZA II,III y IV, San MORDAZA, Miraflores, Conjunto Habitacional A.B.Leguia, MORDAZA de los MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Monterrico I y II Etapa, MORDAZA Unanue, Divino Maestro, MORDAZA El MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA, Los Jardines de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Villas MORDAZA, Las Delicias, Los Cedros, Condominio Los MORDAZA, Cafe Peru, La MORDAZA, A. MORDAZA, El MORDAZA, Conjunto Habitacional MORDAZA MORDAZA, Los Jazmines, Conjunto Habitacional Los Pinos de la Plata, La MORDAZA, Los MORDAZA, Las Palmas, Los Libertadores, Bancarios, MORDAZA F. Salaverry, Los Precursores, Conjunto Habitacional J. Balta, MORDAZA MORDAZA, J. Quinones, 3 de Octubre, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Los Mochicas, Conjunto Habitacional MORDAZA del Periodista, MORDAZA del Chofer, Las Garzas, Del Ingeniero, La MORDAZA, El Ingeniero II, San MORDAZA, El Paraiso, Las Brisas, La Purisima, Las MORDAZA, MORDAZA A. MORDAZA, La MORDAZA, Avientel, Las MORDAZA, La Colina. PUEBLOS JOVENES: Campodonico, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Barrio MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA, Buenos Aires, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, 9 de Octubre, MORDAZA B. MORDAZA, San MORDAZA Obrero, MORDAZA MORDAZA, 19 de Septiembre. Asi como los mercados comprendidos en estas zonas.
· Sector D.-

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2009

II

06,09,14 16,17,18 20,21,23 24,25,26 30,31,32 33,34,35

a. Efectuar la cobranza en forma ordinaria de la Resolucion de Sancion emitida por cada gerencia municipal segun corresponda. b. Remitir a la Division de Ejecutoria Coactiva, cuando la sancion aplicada sea una multa, y; se hayan agotado los plazos de Ley. c. Dar cuenta de su gestion de cobranza. En el caso que el infractor no cumpliera con el pago del importe de la multa dentro del plazo establecido, el SATCH procedera aplicar el procedimiento de cobranza correspondiente, remitiendola a la Division de Ejecutoria Coactiva, conforme a lo establecido en la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva y su Reglamento. Articulo 35º.- MONTO DE LA MULTA. El Concejo Municipal a traves de Ordenanza Municipal, aprueba y modifica la escala de multas respectivas. El monto de las multas administrativas, se establece sobre la base de porcentajes de la UIT u otra modalidad establecida en la indicada MORDAZA, vigente a la fecha de la comision o deteccion de la infraccion. La autoridad municipal no puede aplicar multas sucesivas por la misma infraccion ni por falta de pago de una multa. Asimismo, no puede hacerlo por sumas mayores o menores a las previstas. Articulo 36º.- REAJUSTE DE LAS MULTAS El monto de las multas no devenga interes. Sin embargo, seran actualizadas aplicandose el factor determinado por la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor, que establece el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), comprendido entre el mes precedente a la fecha de pago y el mes precedente a la fecha de imposicion de la multa. Articulo 37º.- CAUSALES DE EXTINCION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Las sanciones se extinguen por: a) Pago de multas b) Compensacion de multas. c) Resolucion que declare multa de recuperacion onerosa. d) Condonacion establecida a favor de una generalidad de infractores. e) Prescripcion declarada f) Cumplimiento de Sanciones no pecuniarias. La extincion de la sancion se formalizara mediante resolucion de la gerencia que emitio la resolucion de sancion y/o de multa administrativa. La extincion de la multa no exime de la obligacion de subsanar la infraccion. Articulo 38º.- PRESCRIPCION La accion para exigir el cumplimiento de las sanciones no pecuniarias prescribe a los cuatro (04) anos computados a partir de la fecha en que se cometio la infraccion, o desde que ceso, si fuere una accion continuada. La accion para exigir el pago de las multas prescribe a los cuatro anos, computados a partir del primero de enero del ano siguiente al que se notifico la resolucion de multa. El plazo de prescripcion solo se interrumpe con la iniciacion del procedimiento sancionador, reanudandose el plazo si el expediente se mantuviera paralizado durante mas de un mes por causa no imputable al administrado. La prescripcion se interrumpe: a. Por la notificacion de la Resolucion de Sancion. b. Por el reconocimiento expreso de la comision de la infraccion por parte de la Resolucion de Sancion. c. Por el cumplimiento de la Resolucion de Sancion. d. Por la notificacion del requerimiento de pago de la Resolucion de Sancion que se encuentre en cobranza coactiva y por cualquier otro acto notificado al infractor dentro del procedimiento de cobranza coactiva. e. Por la compensacion o la MORDAZA de la solicitud de devolucion por pagos de Resoluciones de Sancion que se hubiesen realizado en exceso o indebidamente. El MORDAZA plazo de la prescripcion se computara desde el dia siguiente de ocurrido el hecho que interrumpe la prescripcion.

Conformado por las personas juridicas o naturales no comprendidas en el sector A y que se encuentren comprendidos en las zonas y sectores catastrales que a continuacion se mencionan:

URB., PP.JJ, UPIS, AA.HH.: Comprendidos por MORDAZA Cantoral, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Albujar, El Molinito, Corazon de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, El Obrero, MORDAZA A. MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA, Capitan EP MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA, J.C. Mariategui, Los MORDAZA, Virgen MORDAZA, San MORDAZA, Las Animas, La Punta, San MORDAZA, Senor de los MORDAZA, MORDAZA Boggiano, MORDAZA MORDAZA, 28 de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Basadre, MORDAZA B. Ferry, 4 de Noviembre y Ampliacion, MORDAZA Topribio de Mogrovejo, MORDAZA MORDAZA, L.A.Sanchez, MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Nueva MORDAZA, Vista MORDAZA, Nueva MORDAZA, Las MORDAZA, Espiga de Oro, Cerropon, San MORDAZA, La MORDAZA Alta, MORDAZA El Salvador. Asi como los mercados comprendidos en estas zonas.

III

01,02,04, 05,07,17, 18,21,22, 25,26,27, 28,29,34,

Independientemente a la sancion pecuniaria aplicada tambien se podra sancionar con una medida complementaria la cual podra ser la misma para todos los sectores arriba indicados. REMISION DE LA DEUDA AL SATCH: Cumplido los plazos establecidos, la deuda sera remitida al SATCH en un plazo no mayor a 05 (dias) habiles adjuntando: - Notificacion Preventiva. - Papeleta de Infraccion. - Recurso de Reconsideracion - MORDAZA de Firmeza (de no haber el infractor presentado descargo alguno correspondiente a la NP, PI, RS), emitida por la respectiva Gerencia), bajo responsabilidad y sancion. CAPITULO V EJECUCION DE LAS SANCIONES Articulo 34º.- DE LA UNIDAD DE RECAUDACION (SATCH) Corresponde al Servicio de Administracion Tributaria de Chiclayo lo siguiente:

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