Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2010 (09/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2010

personal que dependa de ellos de acuerdo al organigrama de la institucion, pudiendo desconcentrarse esta atribucion en el Intendente Nacional de Recursos Humanos. Tratandose de trabajadores que no dependan de ninguna de las Superintendencias Nacionales Adjuntas y que no son miembros del Comite de Alta Direccion, el Despido o Destitucion sera decidido por el Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos, pudiendo desconcentrarse esta atribucion en el Intendente Nacional de Recursos Humanos. En el caso del personal miembro del Comite de Alta Direccion, el Despido o Destitucion sera decidido por el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria. La Intendencia Nacional de Recursos Humanos, a traves de la Gerencia de Administracion de Personal, comunicara por escrito al trabajador la sancion de Despido o Destitucion que se ha decidido imponerle. MORDAZA del referido documento, con el cargo de recepcion por parte del trabajador o la MORDAZA de haber sido notificado por via notarial, en caso de negarse a recibir la comunicacion, sera remitido a su carpeta personal. Asimismo, la sancion se registrara en el sistema Integrado de Recursos Humanos. Es nulo el despido basado en que el trabajador es una persona que vive con el VIH, asi como todo acto dentro de la relacion laboral fundado en esta condicion." "Articulo 57°.- REALIZACION DE EXAMENES MEDICOS PERIODICOS La SUNAT podra organizar campanas medicas periodicas con la finalidad de preservar la salud de los trabajadores y prevenirlos de cualquier MORDAZA de enfermedad, asi como brindar las instrucciones especificas sobre primeros auxilios. Dentro de los examenes medicos indicados, queda excluida la prueba del VIH asi como la exhibicion de los resultados de la misma, en caso el trabajador MORDAZA decidido realizarla. Asimismo, para garantizar la confidencialidad de la prueba de VIH y sus resultados, se tendra en cuenta lo senalado en el Articulo 10° del documento denominado "Medidas nacionales frente al VIH y SIDA en el lugar de trabajo", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 376-2008TR. Los trabajadores que han desarrollado el SIDA y como consecuencia de dicha enfermedad, de conformidad con la normatividad vigente, califican para obtener una pension de invalidez, llevan a cabo el tramite pertinente ya sea ante la ONP o ante la AFP respectiva." Articulo 2°.- De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º del Decreto Supremo N.º 039-91-TR, comuniquese a la Autoridad Administrativa de Trabajo la modificacion del Reglamento Interno de Trabajo para efectos de su aprobacion, y notifiquese a los trabajadores de acuerdo a ley. Articulo 3°.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria

publico del inmueble de 5 450,54 m², ubicado con Frente a la Avenida 28 de MORDAZA Nº 878 y un MORDAZA Frente por la Avenida Manco Capac, inscrito en la Partida Registral Nº 11210745 del Registro de Predios de MORDAZA, ubicado en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en merito a la Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es titular registral de un predio de 5 450,54 m², ubicado con Frente a la Avenida 28 de MORDAZA Nº 878 y un MORDAZA Frente por la Avenida Manco Capac, inscrito en la Partida Registral Nº 11210745 del Registro de Predios de MORDAZA, y con Registro SINABIP Nº 2032, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 277-98-PRES de fecha 23 de noviembre de 1998, se resolvio afectar en uso el predio submateria a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin que sea destinado para el funcionamiento de su Sede Institucional: Que el citado predio al ser destinado a Sede Institucional, constituye un bien de dominio publico, de conformidad con el literal a), numeral 2.2 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, mediante Oficio Nº 4054-2009-PCM/SG, de fecha 12 de agosto del 2009, la Presidencia del Consejo de Ministros renuncia a la afectacion en uso del predio anteriormente descrito, en aplicacion de lo dispuesto por el articulo 105º del Reglamento de la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA. Que, mediante Resolucion Nº 169-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 13 de agosto del 2009, se declara la extincion de la afectacion en uso por renuncia formulada por la Presidencia del Consejo de Ministros, respecto del predio submateria, reasumiendo el Estado su administracion. Que, el articulo 43º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, al dominio privado del Estado procede cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico, y sera aprobada por la SBN, de acuerdo con sus respectivas competencias; Que, habiendo la Presidencia del Consejo de Ministros renunciado a la afectacion en uso del predio submateria, el cual venia siendo utilizado como Sede Institucional y habiendose declarado la extincion de la afectacion en uso por renuncia formulada por la Presidencia del Consejo de Ministros, reasumiendo el Estado con la desocupacion y la entrega respectiva del inmueble realizada con fecha 22 de marzo del 2010, mediante acta de entrega, su administracion, por lo que podemos concluir que el predio actualmente no cumple un uso publico o servicio publico; Que, estando a los fundamentos senalados en el Informe Tecnico Legal Nº 0306 -2010/SBN-GO-JAD, de fecha 05 de MORDAZA del 2010 corresponde declarar la desafectacion de dominio publico del citado predio; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal l) del articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado mediante Resolucion Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Resolucion Nº 3152001/SBN y Resolucion Nº 052-2008/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarese la desafectacion de dominio publico del predio de 5 450,54 m², ubicado con Frente a

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Declaran la desafectacion de dominio publico de predio ubicado en el distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 059-2010/SBN-GO-JAD
San MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2010 Visto, el Expediente Nº 175-2009/SBNJAD correspondiente al Tramite de desafectacion de dominio

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