Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2010 (09/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el articulo 37º de la Ley Nº 27444, establece que para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades a traves de resolucion del titular estableceran los requisitos y los costos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; Que, a traves del Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, aprobandolo por Decreto de Alcaldia Nº 100 de fecha 15 de diciembre de 2005 y sus modificatorias, se compendio los servicios no exclusivos ofrecidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 092 del 17 de octubre de 2008 se fijaron los requisitos y los precios a cobrar al publico en general para ingresar al Circuito Magico del Agua del MORDAZA de la Reserva, asimismo por el uso del estacionamiento vehicular y del servicio higienico, incluyendolo en el TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, adicionalmente en el Decreto de Alcaldia MORDAZA referido se fijo los dias de atencion, el horario de ingreso del publico y de cierre del Parque; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 091 del 17 de diciembre de 2009 se autorizo a EMILIMA S.A. a establecer y aprobar los horarios de ingreso al publico visitante del Circuito Magico del Agua del MORDAZA de la Reserva, comunicando ello formalmente a la Gerencia Municipal Metropolitana; Que, segun lo previsto en el articulo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, son competencias y funciones especificas compartidas con el gobierno nacional, el fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, asi como promover actividades culturales diversas y con el fin de consolidar una cultura de ciudadania democratica, fortaleciendo la identidad cultural de la poblacion campesina MORDAZA y afroperuana; Que, asimismo el articulo 84º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que las municipalidades en materia de programas sociales, de defensa y promocion de derechos, ejercen la funcion de establecer MORDAZA de concertacion entre las instituciones que trabajan en defensa de los derechos de los ninos y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion; Que, el articulo 30º de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que las entidades del Estado deben descontar el cincuenta por ciento (50%) sobre el valor de la entrada a los espectaculos culturales, deportivos o recreativos que MORDAZA organice, hasta un MORDAZA del veinticinco (25%) del numero total de entradas; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 28529, Ley del Guia de Turismo, establece que el guia de turismo tiene acceso gratuito a museos, monumentos arqueologicos, areas naturales protegidas de uso turistico, centros de atraccion turistica, eventos especiales, eventos folkloricos y actividades declaradas de interes turistico; Que, es necesario establecer e incorporar en el TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA las exoneraciones citadas, asi como autorizar a EMILIMA S.A. como administrador del Circuito Magico del Agua del MORDAZA de la Reserva, a que realice la evaluacion y autorice de ser el caso las diversas solicitudes de exoneracion de pago a las instituciones que tienen a su cargo a ninos, jovenes, personas de la tercera edad, que se encuentran en estado de abandono o extrema pobreza, instituciones educativas y entidades que organicen eventos con participantes nacionales e internacionales para fines exclusivamente de difusion cultural, debiendo informar posteriormente a la Gerencia Municipal Metropolitana. De conformidad con los Articulos 20º, 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y Articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo Primero.- Fijese los siguientes precios a cobrar en el Circuito Magico del Agua ­ MORDAZA de la Reserva:
- Circuito Magico del Agua ­ Entrada General - Uso de estacionamiento vehicular: Tarifa plana vehiculo Tarifa plana omnibus - Uso de los servicios higienicos S/. 4.00 10.00 30.00 0.50

Articulo Segundo.- El precio por la entrada general al Circuito Magico del Agua del MORDAZA de la Reserva estara sujeto a las siguientes exoneraciones:
- Ninos menores de cinco (5) anos Gratuito - Guia de Turismo Gratuito - Instituciones a cargos de menores, jovenes y personas de la tercera edad que se encuentran en estado de abandono o en situacion de extrema pobreza Gratuito - Discapacitados 50% del precio de entrada; hasta un MORDAZA del (25%) del numero total de entradas

Articulo Tercero.- Modifiquese e Incluyase en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, lo citado en los articulos precedentes, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo adjunto, que forma parte del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- Autorizar a EMILIMA S.A. como administrador del Circuito Magico del Agua del MORDAZA de la Reserva, a que realice la evaluacion y autorice de ser el caso las diversas solicitudes de exoneracion parcial o total de pago presentadas por instituciones que tienen a su cargo a ninos, jovenes, personas de la tercera edad, que se encuentran en estado de abandono o extrema pobreza, entidades educativas y entidades que organicen eventos con participantes nacionales e internacionales para fines exclusivamente de difusion cultural, debiendo informar posteriormente a la Gerencia Municipal Metropolitana. Articulo Quinto.- Deroguese el Decreto de Alcaldia Nº 092 de fecha 17 de Octubre de 2008, ratificando que EMILIMA S.A. mediante Decreto de Alcaldia Nº 091 de fecha 17 de diciembre de 2009 se le autorizo a fijar, aprobar y hacer de publico conocimiento los dias y horarios de atencion al publico del Circuito Magico del Agua del MORDAZA de la Reserva. Articulo Sexto.- El presente Decreto de Alcaldia y su Anexo seran publicados en el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

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Fijan precio a cobrar por el servicio de "Capacitacion y Certificacion para las Trabajadoras del Hogar" e incluyen dicho servicio en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005
MORDAZA, 30 de marzo de 2010 EL MORDAZA LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, excluye del Texto Unico de Procedimientos Administrativos y de los parametros que limitan o regulan el establecimiento de sus elementos conforme a ley, a aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad por las entidades publicas; Que, los servicios referidos en el considerando anterior, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA los compendio en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, aprobandolo por Decreto de Alcaldia Nº 100 el 15.12.05 y sus modificatorias; Que, la Gerencia de Desarrollo Social con Memorando Nº 27-2010-MML-GDS, propone incluir el servicio de "Capacitacion y Certificacion para las Trabajadoras del Hogar" en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­

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