Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2010 (09/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2010

EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento de Condecoraciones de la Municipalidad de Independencia; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades reconocen que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades establece que mediante ordenanza se aprueban las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, resulta necesario reconocer y distinguir los logros obtenidos y/o acciones realizadas por personas naturales y/o juridicas, nacionales y/o extranjeras, asi como a las entidades publicas o privadas que hubiesen contribuido a los fines objetivos, desarrollo y/o progreso de la sociedad, principalmente del Distrito de Independencia; Estando a lo dispuesto en el numeral 8) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y POR MAYORIA, el Concejo Municipal de Independencia aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGLAMENTO DE CONDECORACION "ORDEN GRAN MORDAZA INDEPENDENCIA" MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA TITULO I GENERALIDADES Articulo Primero.- El presente reglamento establece los procedimientos que regulan el otorgamiento de la condecoracion "Orden Gran MORDAZA Independencia" de la Municipalidad Distrital de Independencia. Articulo Segundo.- La condecoracion "Orden Gran MORDAZA Independencia" es la mas alta distincion que otorga la Municipalidad Distrital de Independencia, a las personas o instituciones nacionales o extranjeras que se hayan distinguido por calificados merecimientos y servicios brindados en beneficio de la comunidad, favoreciendo de esta manera el desarrollo del distrito y su crecimiento. Articulo Tercero.- La condecoracion constituye una recompensa individual que solo se obtiene, se suspende o se pierde por las causales indicadas en el presente reglamento. Articulo Cuarto.- La condecoracion "Orden Gran MORDAZA Independencia" se concedera por Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Distrital de Independencia, con el procedimiento senalado en el presente reglamento. Articulo Quinto.- La condecoracion "Orden Gran MORDAZA Independencia" constara de tres clases: Medalla Civica.- Otorgado a Personas o Instituciones que trasciendan en el distrito o fuera de el, por su trabajo en beneficio de la comunidad y su labor social. Medalla al Merito.- Otorgado a Trabajadores de la Municipalidad que cumplan 25 anos de servicio o hayan realizado una labor destacada, la cual conlleve a poner en alto el nombre del municipio. Medalla Vecinal.- Otorgado a Dirigentes Vecinales y Vecinos, por su destacado trabajo en beneficio del distrito. Articulo Sexto.- El MORDAZA de Independencia es quien Preside el Concejo de Condecoraciones "Orden Gran MORDAZA Independencia". TITULO II

Material: metal MORDAZA con aplicaciones en arenado. Forma: .de Sol con cuarenta y ocho puntas que simulan los rayos del astro Dimensiones: 75 mm. de largo por 75 mm. de ancho, con el escudo de Independencia en la parte central, en alto relieve, con la impresion "Municipalidad de Independencia" en la parte superior. "Gran Sol" en la parte inferior, debajo de MORDAZA el nombre de la medalla que corresponde. Civica, Al Merito o Vecinal. En la parte posterior de la medalla la descripcion del MORDAZA de medalla y la fecha de entrega. Cinta: color MORDAZA y MORDAZA, de 80 cms. de largo por 8 cms. de ancho, 4 centimetros de cada color. Articulo Octavo.- Las medallas seran ostentadas en las sesiones solemnes, ceremonias civicas y demas actividades de la Municipalidad Distrital de Independencia, en las que asi se requiera. TITULO III DE LA COMISION ESPECIAL Articulo Noveno.- Crease la Comision Especial de Condecoraciones de la "Orden Gran MORDAZA Independencia", que estara conformada por el MORDAZA quien la preside y cuatro regidores designados por el Concejo Municipal. Adicionalmente se invitaran a las personas que hayan sido reconocidas anteriormente para la evaluacion y calificacion de las futuras propuestas a recibir la condecoracion. Articulo Decimo.- La Comision Especial sesiona con la concurrencia de por lo menos tres de sus miembros, incluido el Presidente. Sesionara cuando menos dos veces al ano dentro de los veinticinco dias anteriores a la celebracion de las MORDAZA Patrias y del Aniversario del Distrito de Independencia. Articulo Decimo Primero.- La Comision Especial se encargara de evaluar y analizar las propuestas para el otorgamiento de la condecoracion. Articulo Decimo Segundo.- Para la validez de los Acuerdos de la Comision Especial, se requiere cuando menos cuatro votos conformes. Todos los miembros de la Comision tienen voz y voto. El presidente tiene MORDAZA dirimente y solamente en caso de empate Articulo Decimo Tercero.- Los Acuerdos adoptados por la Comision Especial de Condecoracion no seran objeto de impugnacion. Articulo Decimo Cuarto.- La Comision Especial de Condecoraciones, elevara su Dictamen al Concejo Municipal, proponiendo a las personas que considere aptas para ser distinguidas con la "Orden Gran MORDAZA Independencia". TITULO IV MERITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA CONDECORACION Articulo Decimo Quinto.- La Medalla Civica de la "Orden Gran MORDAZA Independencia", se otorga por calificados merecimientos: trayectoria personal, profesional, intelectual, academica o deportiva. Asimismo, por los servicios brindados a la comunidad desde su particular ambito de actividad publica o privada, en beneficio de los vecinos del Distrito de Independencia. Articulo Decimo Sexto.- La Medalla al Merito se otorga a los trabajadores que cumplan veinticinco anos de servicios a la Corporacion MORDAZA en forma destacada, y a los que realicen acciones distinguidas y conlleven a poner en alto el nombre de la Municipalidad de Independencia. Articulo Decimo Septimo.- La Medalla Vecinal se otorga a dirigentes vecinales o vecinos por su destacado trabajo en pro de la colectividad logrando con ello el surgimiento del distrito y ejemplo a seguir por los pobladores. TITULO V LAS PROPUESTAS

DE LAS CONDECORACIONES Articulo Septimo.- Las especificaciones de la medalla de condecoracion "Orden Gran MORDAZA Independencia" son las siguientes: Articulo Decimo Octavo.- La Condecoracion solo se otorgara previa propuesta y nunca a solicitud del interesado. Las propuestas pueden provenir de cualquier vecino del distrito y se ceniran a lo previsto en este Reglamento.

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