Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2010 (09/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2010

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen beneficio de regularizacion tributaria y administrativa en el distrito
ORDENANZA Nº 000053/MDSA
MORDAZA MORDAZA, 31 de marzo de 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA ANITA; VISTO: El proyecto de ordenanza de beneficio de regularizacion tributaria y administrativa, presentado por la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27630-Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el Articulo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la materias en las cuales esta tiene competencia, cuyo rango es equivalente a la Ley; Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los Gobiernos locales, la misma que, es reconocida de conformidad a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF- Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario modificado por Decreto Legislativo Nº 953, asi como en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, en el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo tributario, aprobado con D.S. Nº 135-99-EF y sus normas modificatorias, dispone excepcionalmente que los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administren. Que, existen una gran cantidad de contribuyentes que no pudieron acogerse a los beneficios tributarios y administrativos anteriores y que es funcion de esta Gestion Municipal, promover mecanismos que faciliten a los contribuyentes y/o administrados el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y administrativas, a traves de incentivos que permitan la captacion de recursos economicos para la prestacion efectiva de los servicios publicos, en el contexto de la realidad socioeconomica del Distrito. Estando a lo dispuesto en el Articulo 9º numerales 8) y 9) y el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y Aprobacion del acta por unanimidad, se aprobo la siguiente ORDENANZA: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- OBJETIVO: Establecer beneficios para incentivar el cumplimiento de las obligaciones Tributarias y administrativas de los contribuyentes responsables y/o infractores del Distrito de MORDAZA MORDAZA que mantengan obligaciones tributarias y administrativas pendientes, generados hasta el 1er Trimestre del ano 2010.

Articulo Segundo.-ALCANCES DEL BENEFICIO Los contribuyentes, responsables y/o infractores tendran los siguientes beneficios : Impuesto Predial: Condonacion del 100% de intereses moratorios y factor de reajuste. Arbitrios Municipales: Condonacion del 100% de moras e intereses. En el caso de aquellos propietarios y/o poseedores que tengan predios dedicados al uso de MORDAZA habitacion y Terreno sin construir, asi como de Comercio y/o Servicio menor y medio, se le aplicaran los siguientes Beneficios adicionales: - Descuento del 20% del monto insoluto, correspondiente a los anos 2004 y 2005 - Descuento del 30% del monto insoluto, correspondiente al ano 2007. - Descuento del 50% del monto insoluto, correspondiente al ano 2006 En el caso de aquellas asociaciones de comerciantes, propietarios y/o poseedores que tengan predios dedicados al uso de galerias comerciales, mercados y/o centro de abastos, se le aplicaran los siguientes Beneficios adicionales : - Descuento del 20% del monto insoluto, correspondiente al ano 2009. Multas Administrativas: Condonacion del 50% del monto total de las Multas Administrativas, impuestas hasta el mes de Marzo del 2010, respecto a las infracciones establecidas en el RAS ­Regimen de Aplicacion de Sanciones, siempre y cuando el infractor subsane o regularice la infraccion incurrida, dentro de la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.GASTOS Y COSTAS PROCESALES Aquellas deudas Tributarias y Administrativas que se encuentren en cobranza coactiva, se acogeran al Beneficio establecido en la presente Ordenanza, con la condonacion de las costas coactivas y gastos administrativos generados. Articulo Cuarto.- VIGENCIA DEL BENEFICIO Los contribuyentes se podran acoger al presente Beneficio desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 31 de Agosto del ano 2010. Articulo Quinto.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no seran materia de devolucion y/o compensacion alguna. DE Articulo Sexto.DESISTIMIENTO RECLAMACION El pago al contado de cualquier deuda, en aplicacion de la presente Ordenanza, supone el desistimiento de los recursos inpugnatorios o no contenciosos, que se hayan interpuesto contra dichas deudas. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a Secretaria General, Gerencia de Administracion, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Relaciones Publicas e Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza Segundo.- Facultese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa

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