Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2010 (09/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios, en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina de Cooperacion Internacional, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la licenciada en enfermeria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-4, de la Oficina General de Cooperacion Internacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC,la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Television, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva que regula el Procedimiento, para el Ingreso, Custodia y Destino Final de los Bienes Incautados y/o Decomisados por Infracciones a las Normas de Telecomunicaciones, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y el Anexo a que se refiere el articulo 1 sera publicado en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Directiva que regula el Procedimiento para el Ingreso, Custodia y Destino Final de los Bienes Incautados y/o Decomisados por Infracciones a las Normas de Telecomunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 164-2010-MTC/01
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 87 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece que la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, tiene la facultad de adoptar y ejecutar medidas cautelares de incautacion de bienes, equipos y aparatos de telecomunicaciones por infracciones a la normativa de telecomunicaciones; Que, para los servicios publicos y privados de telecomunicaciones, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, concordante con su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que los bienes y equipos que hayan sido incautados como producto de los decomisos y clausura definitiva, pasaran al dominio del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante MTC, los mismos que podran ser devueltos, destruidos o donados; Que, para los servicios de radiodifusion, la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Television, concordante con su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, establece que los bienes y equipos utilizados por las estaciones de los servicios de radiodifusion, que hayan sido decomisados pasaran al dominio del MTC, los mismos que podran ser devueltos, destruidos o donados; Que, en consecuencia es necesario expedir una Directiva que establezca el procedimiento para el ingreso, custodia y destino final de los bienes incautados y/o decomisados como producto de la ejecucion de medidas cautelares y sancionadoras contra las personas naturales y juridicas que infringen las normas de telecomunicaciones, a aplicar en el MTC; Que, con Informe Nº 011-2010-MTC/29 y Memorandum Nº 910-2010-MTC/29, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, propone la aprobacion de la Directiva que regula el procedimiento y destino de los bienes incautados y/o decomisados por infracciones a la normativa de telecomunicaciones; la misma que cuenta con

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ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Formalizan designacion de miembros de la Comision de Infracciones y Sanciones de la APCI
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA N° 032-2010/APCI-DE
Miraflores, 6 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) es el ente rector de la cooperacion tecnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable que se gestiona a traves del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado en funcion de la politica nacional de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creacion de la APCI ­ Ley Nº 27692 y sus modificatorias; Que el articulo 4º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-RE, dispone que la Comision de Infracciones y Sanciones es uno de los organos de resolucion de la Agencia, y que la misma tiene competencia para actuar como organo de decision en el procedimiento sancionador por las infracciones establecidas en este; Que el articulo 49º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI, aprobado con Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, establece que la Comision de Infracciones y Sanciones de la APCI es el organo permanente especializado en aplicar el Reglamento de Infracciones y Sanciones, y que sus funciones estan presididas por los principios de independencia y autonomia funcional; Que la Comision de Infracciones y Sanciones no contaba, hasta el 30 de marzo de 2010, con Comisionado alguno, dado que la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 060-2009-RE dispone la conclusion de la designacion efectuada a los miembros de la Comision de Infracciones y Sanciones de la APCI, a fin que se proceda a una nueva designacion de la totalidad de sus miembros; Que el articulo 50º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI establece que los miembros de la citada Comision son designados por el Consejo Directivo de la Agencia, en base a la propuesta efectuada por el Director Ejecutivo;

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