Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2010 (07/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 455059-1

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de febrero de 2010

social que permitan reducir las brechas de discriminacion para mujeres, varones, adolescentes, ninas, etc. Que, el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, en su Enfoque de Equidad de Genero, implica desarrollar una estrategia de transversalidad, por la cual las acciones orientadas a la gestion de igualdad de oportunidades entre mujeres y varones, esten articuladas e integradas horizontal y verticalmente en todos los sectores y organismos estatales con capacidad de decision y de ejecucion de medidas que afectan a toda la sociedad; Que, es competencia del Gobierno Local disenar, adecuar y ejecutar politicas publicas locales que incorporen el enfoque de genero en concordancia con los acuerdos, convenios y tratados que, sobre la materia, han sido suscritos por el Peru; en ese sentido, es deber de la Gestion Municipal establecer los mecanismos que permitan aplicar y monitorear el tema de enfoque de la Equidad de Genero y la Igualdad de Oportunidades, para la ciudadania en general; Que, el Plan Integral de Desarrollo Concertado de MORDAZA El MORDAZA al 2021, en sus lineas estrategicas: Educacion con Calidad y Equidad, Cultura e Identidad, MORDAZA Saludable, Modernizacion de la MORDAZA, Desarrollo Economico, Seguridad y Cultura de Paz y Democracia y Participacion Ciudadana, asume el enfoque de desarrollo humano como MORDAZA de accion a partir del cual concibe su modelo de gestion, poniendo enfasis en el desarrollo de capacidades humanas y la MORDAZA de las personas, asi como medidas de afirmacion positiva para reducir las brechas de desigualdad existente entre hombres y mujeres; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 185-MVES del 26.02.2009, se dispuso la incorporacion del uso del lenguaje inclusivo en todas las comunicaciones orales, escritas y simbolicas, documentos tecnicos-normativos y material educativo comunicacional y otros que emitan los organos de la municipalidad; Que, con Ordenanza Municipal Nº 192-MVES del 11.09.2009, se prohibio cualquier MORDAZA de practica discriminatoria en todas sus formas en el ambito de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA el Salvador; Que, mediante el documento senalado en la parte expositiva, la Jefa del Programa de Promocion de la Mujer e Igualdad de Oportunidades pone a consideracion del Concejo Municipal el "Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de MORDAZA El MORDAZA 2009-2021", el cual ha sido trabajado de manera concertada con las distintas organizaciones sociales, asi como instituciones publicas y privadas de nuestro distrito, que buscan reducir las brechas existentes entre los generos, el mismo que es necesario sea aprobado por el Concejo Municipal; Estando a lo expuesto, contando con la opinion legal favorable de la Oficina de Asesoria Juridica expresada mediante Informe Nº 837-2009-OAJ/MVES del 29.10.2009 y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º, asi como el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, asi como la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se expide la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- Aprobar el "PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE MORDAZA EL MORDAZA 2009-2021", el cual consta de 08 (ocho) Titulos: MORDAZA Normativo; Principios Rectores; Metodologia; Diagnostico de Genero de MORDAZA El Salvador; Vision, Mision, Lineas y Objetivos Estrategicos; Ideas de Proyecto por Lineas Estrategicas; Ideas de las Organizaciones Sociales de Mujeres por Eje Territorial; y, Anexos, los mismos que forman parte, en calidad de anexo, de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinacion con el Programa de Promocion de la Mujer e Igualdad de Oportunidades con el apoyo de los demas Organos y Gerencias de esta Municipalidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza en lo que a cada uno corresponda y a la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica la publicacion de la misma en el MORDAZA institucional de esta Municipalidad: www.munives.gob.pe, en la misma fecha de la publicacion oficial.

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Formalizan puesta en operacion de Oficina Municipal de Atencion a las Personas con Discapacidad - OMAPED
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 199-MVES MORDAZA El MORDAZA, 12 de enero del 2010 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL MORDAZA, EN SESION EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA; Visto: Los Informes Nº 215 y Nº 227-2009-SGSMAGDS/MVES, de fecha 03.09.2009 y 16.09.2009 respectivamente, suscritos por el Subgerente de Salud y Ambiente de la Gerencia de Desarrollo Social. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en sus articulos 1º, 7º y 23º reconoce los derechos de las personas con discapacidad para valerse por si misma a causa de una deficiencia fisica, sensorial y mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de su proteccion, atencion, readaptacion y seguridad; Que, para desarrollar dichos alcances se dio la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad, en tanto que su Reglamento fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH. La Ley MORDAZA citada, instituye el regimen legal de proteccion, salud, trabajo, educacion, rehabilitacion, seguridad social y prevencion, cuyo fin es lograr la integracion social, economica y cultural de la persona con discapacidad; Que, el articulo 84º inciso 2.12 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece como funcion de los gobiernos locales la creacion de la Oficina de Proteccion, Participacion y Organizacion de los Vecinos con Discapacidad (...); Que, la Municipalidad es la instancia de gobierno mas cercana a la poblacion, cuenta con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, ademas promueve e impulsa acciones destinadas a proporcionar a la poblacion un ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA desde el ano 2002, cuenta con una Oficina de atencion a las personas con algun MORDAZA de discapacidad, que depende de la Gerencia de Desarrollo Social, anteriormente denominada Gerencia de Promocion y Bienestar Social y Gerencia de Desarrollo Humano; asimismo se debe senalar que esta Oficina ha venido ejecutando actividades de promocion y sensibilizacion realizando diferentes proyectos de desarrollo teniendo como beneficiarios a este segmento de la poblacion, asignandosele desde el ano 2002 a la fecha, un presupuesto y recursos humanos, los cuales han sido consignados en los Presupuestos Institucionales de Apertura de cada ano; Que, para los efectos de cumplimiento de la Ley Nº 27050, el articulo 10º establece que los gobiernos locales, MORDAZA estos provinciales o distritales, deberan aperturar oficinas de proteccion, participacion y organizacion de los vecinos con discapacidad; asimismo la Ley Nº 28164 Ley que modifica diversos articulos de la Ley Nº 27050, en su articulo 2º estipula que "Los gobiernos regionales y los gobiernos municipales tendran un plazo de ciento veinte (120) dias, desde la fecha de publicacion de la presente Ley, para dar cumplimiento a lo establecido por el articulo 10º de la Ley Nº 27050, bajo responsabilidad"; Que, resulta necesario realizar la formalizacion de la Oficina de Proteccion, Participacion y Organizacion de los vecinos con discapacidad, de acuerdo a la Ley Nº 27050,

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