Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2014 (08/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Sabado 8 de febrero de 2014

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Asi, en vista a la renuncia presentada, con Resolucion Suprema Nº 059-2011-EF, de 22 de agosto de 2011, se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del OSCE, para completar el periodo de tres (3) anos, el cual inicio el 9 de febrero de 2011; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y modificada con Ley Nº 29873, dispone en su articulo 60 que el Consejo Directivo es el MORDAZA organo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, cuyos miembros son designados mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, asimismo, el articulo 10 del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 789-2011-EF/10 y modificado con Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, establece que el Presidente Ejecutivo es la MORDAZA autoridad ejecutiva, titular del Pliego y representante legal del OSCE, designado con Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas, por un periodo de tres (3) anos renovables por un periodo adicional; Que, en ese sentido, estando proximo a concluir el periodo de tres anos MORDAZA indicado, se estima conveniente renovar por un periodo adicional, la designacion del Presidente Ejecutivo del OSCE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada con Decreto Legislativo Nº 1017 y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 789-2011-EF/10; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Renovar a partir del 10 de febrero de 2014, la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, por un periodo adicional. Articulo 2.- La presente resolucion suprema es refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1048544-8

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL PLIEGO 004 57 973 699,00 ---------------------57 973 699,00 ============ En Nuevos Soles PLIEGO 022 : Ministerio Publico

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL PLIEGO 022 TOTAL EGRESOS 94 523 379,00 ----------------------94 523 379,00 ============= 152 497 078,00 =============

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1. Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de febrero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1048544-5

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 003-2014-EF/15.01 MORDAZA, 7 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia;

Renuevan designacion de Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2014-EF MORDAZA, 7 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 016-2011-EF de 9 de febrero de 2011, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del OSCE, habiendose aceptado su renuncia a dicho cargo con Resolucion Suprema Nº 058-2011-EF.

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