Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2014 (08/02/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 15
El Peruano Sabado 8 de febrero de 2014
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Asi, en vista a la renuncia presentada, con Resolucion Suprema Nº 059-2011-EF, de 22 de agosto de 2011, se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del OSCE, para completar el periodo de tres (3) anos, el cual inicio el 9 de febrero de 2011; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y modificada con Ley Nº 29873, dispone en su articulo 60 que el Consejo Directivo es el MORDAZA organo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, cuyos miembros son designados mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, asimismo, el articulo 10 del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 789-2011-EF/10 y modificado con Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, establece que el Presidente Ejecutivo es la MORDAZA autoridad ejecutiva, titular del Pliego y representante legal del OSCE, designado con Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas, por un periodo de tres (3) anos renovables por un periodo adicional; Que, en ese sentido, estando proximo a concluir el periodo de tres anos MORDAZA indicado, se estima conveniente renovar por un periodo adicional, la designacion del Presidente Ejecutivo del OSCE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada con Decreto Legislativo Nº 1017 y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 789-2011-EF/10; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Renovar a partir del 10 de febrero de 2014, la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, por un periodo adicional. Articulo 2.- La presente resolucion suprema es refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1048544-8
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL PLIEGO 004 57 973 699,00 ---------------------57 973 699,00 ============ En Nuevos Soles PLIEGO 022 : Ministerio Publico
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL PLIEGO 022 TOTAL EGRESOS 94 523 379,00 ----------------------94 523 379,00 ============= 152 497 078,00 =============
Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1. Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de febrero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1048544-5
Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 003-2014-EF/15.01 MORDAZA, 7 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia;
Renuevan designacion de Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2014-EF MORDAZA, 7 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 016-2011-EF de 9 de febrero de 2011, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del OSCE, habiendose aceptado su renuncia a dicho cargo con Resolucion Suprema Nº 058-2011-EF.