Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2014 (08/02/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 67
El Peruano Sabado 8 de febrero de 2014
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respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1.1 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, la Ordenanza N° 341-MML, la Ordenanza N° 812 con sus modificatorias,, la Ordenanza N° 1599-MML, el Informe N° 827-2013-MML/GTU-SETT de fecha 02 de setiembre de 2013, el Informe N° 1146-2013-MML/ GTU-SETT de fecha 29 de noviembre de 2013, y el Informe N° 1155-2013-MML/GTU-SETT de fecha 06 de diciembre de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la implementacion de paraderos de transporte regular en la Via Auxiliar de la Av. Canta Callao (Tramo: Av. Bertello Av. Naranjal) en el distrito de San MORDAZA de Porres, tal y como se detalla en el Anexo I de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los Paraderos Autorizados seran de MORDAZA universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 3°.- Los Paraderos Autorizados podran ser identificados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, en cada una de las vias senaladas en la presente resolucion. Articulo 4°.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 5°.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados. Articulo 6º.- Encargar a la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA los trabajos de senalizacion y mantenimiento de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Articulo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion del Transporte, la supervision, fiscalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion; una vez que los paraderos autorizados MORDAZA debidamente senalizados. Articulo 8º.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se contraponga a la presente Resolucion. Articulo 9º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la pagina Web de la Gerencia de Transporte MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 10º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Regulacion de Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 7.1 del inciso 7 del articulo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA goza de un regimen especial, de conformidad con el articulo 198º de la Constitucion, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra "7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico"; Que, la Ordenanza N° 341-MML, en su articulo setimo establece que: "La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima. (...)."; Que, el articulo 99º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza N° 812-MML y modificatorias, establece que: "Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte: (...) 10. Evaluar y formular propuestas para el diseno de mejoras continuas de la operacion de los sistemas de transporte y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Metropolitana"; Que, el articulo 100º del referido reglamento establece que: "La Subgerencia de Regulacion del Transporte es el organo responsable de los registros y expedicion de las autorizaciones para la circulacion del servicio de transporte publico y para el uso especial de las vias en el ambito de la provincia de Lima"; Que, conforme al numeral 41 del articulo 5° de la Ordenanza Nº 1599-MML, el Paradero de Transporte Publico Regular de Personas, es definido como: "El punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o senalizacion, localizado en las vias que forman parte del recorrido autorizado de una ruta y que es utilizado para el embarque y desembarque de personas"; Que, mediante el Informe N° 827-2013-MML/GTUSETT de fecha 02 de setiembre de 2013, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte realizo la evaluacion de las observaciones a la ubicacion de paraderos realizada por el Consorcio Supervisor Canta Callao en la obra de "Rehabilitacion y Mejoramiento de la Av. Canta Callao tramo Av. Bertello Av. Naranjal"1 en el distrito de San MORDAZA de Porres, concluyendo en considerar conveniente la implementacion de paraderos en dichas ubicaciones; Que, con fecha 29 de noviembre de 2013, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte emitio el Informe N° 1146-2013-MML/GTU-SETT a traves del cual considero conveniente la mitigacion del impacto negativo generado a los residentes por la ubicacion de los paraderos propuestos en el proyecto de "Rehabilitacion y Mejoramiento de la Av. Canta Callao tramo Av. Bertello Av. Naranjal" en el distrito de San MORDAZA, mediante la implementacion de los sardineles con chaflan y la reduccion de modulos de paradero; Que, mediante el Informe N° 1155-2013-MML/GTUSETT de fecha 06 de diciembre de 2013, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte considera factible la implementacion de paraderos de transporte publico en la Av. Canta Callao,(tramo Av. Bertello Av. Naranjal) en el distrito de San MORDAZA de Porres por los siguientes fundamentos: a) Que, de acuerdo a la Ordenanza N° 341MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, la Av. Canta Callao (tramo Av. Bertello Av. Naranjal) tiene la categoria de via Expresa, b) Que, de acuerdo al Sistema Integrado de Transporte MORDAZA SITU, la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente tiene 30 rutas autorizadas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y 33 rutas autorizadas por la Provincia Constitucional del Callao por la Av. Canta Callao (tramo Av. Bertello Av. Naranjal), y c) Que, conforme a la Resolucion Directoral Municipal N° 180-2004-MML/DMTU se determinaron las distancias entre paraderos de transporte (Distancia minima 250 m., distancia ideal 300 m. y distancia MORDAZA 500 m.), encontrandose estas distancias dentro del rango establecido para paraderos de zonas urbanas (Entre 300 m. y 500 m.) por el Manual de Planeacion y Diseno para la Administracion del MORDAZA, Que, las autoridades administrativas deben actuar con
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Solicitado por EMAPE S.A. mediante el Documento Simple N° 160124-2013 de fecha 06 de agosto de 2013.