Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2014 (08/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Sabado 8 de febrero de 2014

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respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1.1 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, la Ordenanza N° 341-MML, la Ordenanza N° 812 con sus modificatorias,, la Ordenanza N° 1599-MML, el Informe N° 827-2013-MML/GTU-SETT de fecha 02 de setiembre de 2013, el Informe N° 1146-2013-MML/ GTU-SETT de fecha 29 de noviembre de 2013, y el Informe N° 1155-2013-MML/GTU-SETT de fecha 06 de diciembre de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la implementacion de paraderos de transporte regular en la Via Auxiliar de la Av. Canta Callao (Tramo: Av. Bertello ­ Av. Naranjal) en el distrito de San MORDAZA de Porres, tal y como se detalla en el Anexo I de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los Paraderos Autorizados seran de MORDAZA universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 3°.- Los Paraderos Autorizados podran ser identificados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, en cada una de las vias senaladas en la presente resolucion. Articulo 4°.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 5°.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados. Articulo 6º.- Encargar a la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA los trabajos de senalizacion y mantenimiento de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Articulo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion del Transporte, la supervision, fiscalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion; una vez que los paraderos autorizados MORDAZA debidamente senalizados. Articulo 8º.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se contraponga a la presente Resolucion. Articulo 9º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la pagina Web de la Gerencia de Transporte MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 10º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Regulacion de Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 7.1 del inciso 7 del articulo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA goza de un regimen especial, de conformidad con el articulo 198º de la Constitucion, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra "7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico"; Que, la Ordenanza N° 341-MML, en su articulo setimo establece que: "La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima. (...)."; Que, el articulo 99º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza N° 812-MML y modificatorias, establece que: "Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte: (...) 10. Evaluar y formular propuestas para el diseno de mejoras continuas de la operacion de los sistemas de transporte y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Metropolitana"; Que, el articulo 100º del referido reglamento establece que: "La Subgerencia de Regulacion del Transporte es el organo responsable de los registros y expedicion de las autorizaciones para la circulacion del servicio de transporte publico y para el uso especial de las vias en el ambito de la provincia de Lima"; Que, conforme al numeral 41 del articulo 5° de la Ordenanza Nº 1599-MML, el Paradero de Transporte Publico Regular de Personas, es definido como: "El punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o senalizacion, localizado en las vias que forman parte del recorrido autorizado de una ruta y que es utilizado para el embarque y desembarque de personas"; Que, mediante el Informe N° 827-2013-MML/GTUSETT de fecha 02 de setiembre de 2013, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte realizo la evaluacion de las observaciones a la ubicacion de paraderos realizada por el Consorcio Supervisor Canta Callao en la obra de "Rehabilitacion y Mejoramiento de la Av. Canta Callao tramo Av. Bertello ­ Av. Naranjal"1 en el distrito de San MORDAZA de Porres, concluyendo en considerar conveniente la implementacion de paraderos en dichas ubicaciones; Que, con fecha 29 de noviembre de 2013, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte emitio el Informe N° 1146-2013-MML/GTU-SETT a traves del cual considero conveniente la mitigacion del impacto negativo generado a los residentes por la ubicacion de los paraderos propuestos en el proyecto de "Rehabilitacion y Mejoramiento de la Av. Canta Callao tramo Av. Bertello ­ Av. Naranjal" en el distrito de San MORDAZA, mediante la implementacion de los sardineles con chaflan y la reduccion de modulos de paradero; Que, mediante el Informe N° 1155-2013-MML/GTUSETT de fecha 06 de diciembre de 2013, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte considera factible la implementacion de paraderos de transporte publico en la Av. Canta Callao,(tramo Av. Bertello ­ Av. Naranjal) en el distrito de San MORDAZA de Porres por los siguientes fundamentos: a) Que, de acuerdo a la Ordenanza N° 341­MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, la Av. Canta Callao (tramo Av. Bertello ­ Av. Naranjal) tiene la categoria de via Expresa, b) Que, de acuerdo al Sistema Integrado de Transporte MORDAZA ­ SITU, la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente tiene 30 rutas autorizadas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y 33 rutas autorizadas por la Provincia Constitucional del Callao por la Av. Canta Callao (tramo Av. Bertello ­ Av. Naranjal), y c) Que, conforme a la Resolucion Directoral Municipal N° 180-2004-MML/DMTU se determinaron las distancias entre paraderos de transporte (Distancia minima 250 m., distancia ideal 300 m. y distancia MORDAZA 500 m.), encontrandose estas distancias dentro del rango establecido para paraderos de zonas urbanas (Entre 300 m. y 500 m.) por el Manual de Planeacion y Diseno para la Administracion del MORDAZA, Que, las autoridades administrativas deben actuar con

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Solicitado por EMAPE S.A. mediante el Documento Simple N° 160124-2013 de fecha 06 de agosto de 2013.

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