Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2014 (08/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Sabado 8 de febrero de 2014

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10. En tal sentido, con Memorando Nº 007-2013URH-JP-MDM, de fecha 23 de enero de 2013, el jefe de recursos humanos informa al subgerente de administracion y finanzas sobre las gratificaciones percibidas por el cuestionado burgomaestre durante el periodo MORDAZA referido, adjuntando, para tal efecto, el reporte de boletas de pago y planillas, de donde se aprecia lo siguiente:
Concepto Escolaridad Gratificacion MORDAZA Patrias Bonificacion por Dia del trabajador municipal Gratificacion por Navidad Escolaridad Bonificacion por vacaciones Gratificacion MORDAZA Patrias Gratificacion por Navidad Total Ano 2011 2011 2011 2011 2012 2012 2012 2012 Monto S/. 250,00 nuevos soles S/. 2 400,00 nuevos soles S/. 2 250,00 nuevos soles S/. 2 400,00 nuevos soles S/. 2 300,00 nuevos soles S/. 2 250,00 nuevos soles S/. 1 050,00 nuevos soles S/. 0,00 nuevos soles

MORDAZA de 2012, y Nº 671-2012-JNE, de fecha 24 de MORDAZA de 2012, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 5 de MORDAZA y el 24 de agosto de 2012, respectivamente, establecio la posibilidad de declarar la vacancia de los funcionarios municipales de eleccion popular que se hayan visto beneficiados con el cobro de bonificaciones, gratificaciones y demas beneficios otorgados, mediante pacto colectivo, a favor de los trabajadores, y cuyos cobros irregulares hayan afectado al patrimonio municipal. Asi, en la MORDAZA de las resoluciones MORDAZA citadas, se senalo lo siguiente: "22. En atencion a dichos criterios, y manteniendose dentro de los parametros de interpretacion que ha realizado este colegiado electoral respecto del articulo 63 de la LOM, es posible declarar la vacancia de aquellas autoridades que hayan sido beneficiadas de manera irregular por el cobro de bonificaciones y gratificaciones obtenidas via pacto colectivo al que no tienen derecho; esto en busca de un mejor control sobre el uso de los caudales municipales, a fin de prevenir su aprovechamiento indebido, bajo el pretexto de encontrarse amparados, via pacto colectivo, por los beneficios otorgados a las integrantes de las organizaciones sindicales. (...) 24. Conforme se ha indicado en el fundamento 17 de la presente resolucion, debe tenerse en consideracion que la autoridad cuestionada, una vez iniciado el procedimiento de vacancia, y advertida de su conducta irregular, ha procedido con la devolucion de los montos percibidos durante el ano 2011. Asi, es importante precisar que para todos aquellos futuros casos, se considerara si se ha regularizado de inmediato y devuelto el integro del monto dinerario por dicho concepto, lo que debera ser debidamente acreditado." (Enfasis agregado). Analisis del caso concreto Respecto al cobro de beneficios provenientes de convenios colectivos 6. Del examen (lectura de autos, valoracion de su contenido y pertinencia de los medios probatorios) de autos, se advierte que se le imputa a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, haber percibido indebidamente bonificaciones producto de negociacion colectiva, por concepto de escolaridad, MORDAZA Patrias y Navidad, asi como asignacion por el Dia del trabajador municipal, durante los anos 2011 y 2012, esto es, en los meses de enero, MORDAZA, agosto, octubre y diciembre de 2011, y enero, MORDAZA, agosto y setiembre de 2012. 7. Ahora bien, con relacion a dichos pagos, en sesion extraordinaria, de fecha 30 de setiembre de 2013, el burgomaestre cuestionado indico que la Resolucion de Alcaldia Nº 024-2011-MDM, de fecha 21 de enero de 2011, mediante la cual, segun el solicitante, se generaron beneficios a su favor, solo aprueba el acta final y consolidada de la comision paritaria para la negociacion del pliego de reclamos del comite sindical de trabajadores municipales - base MORDAZA, 2010-2011, que otorgo beneficios al personal nombrado y contratado. Asimismo, senalo que al tomar conocimiento de la Resolucion Nº 6712012-JNE, realizo el correctivo respectivo, puesto que, con Memorando Nº 098-MDM-2012, de fecha 4 de setiembre de 2012, solicito a la subgerencia de administracion y finanzas la suspension de cualquier pago por concepto de bonificacion y derechos, que provengan de pacto colectivo, al MORDAZA y a su personal de confianza. 8. Por MORDAZA, lo MORDAZA expuesto se corrobora por cuanto, en virtud del Memorando Nº 098-MDM-2012, la subgerente de administracion y finanzas de la citada comuna solicita al jefe de tesoreria, mediante Memorando Nº 695-SGAF-MDM-2012, de fecha 5 de setiembre de 2012, suspender el pago por concepto de bonificacion y derechos que provengan de pacto colectivo, tanto al MORDAZA como a su personal de confianza. 9. De otro lado, mediante Memorando Nº 0070SGAyF-MDM-2013, de fecha 17 de enero de 2013, la subgerencia de administracion y finanzas solicita al jefe de recursos humanos un informe sobre las bonificaciones y gratificaciones percibidas por el MORDAZA, desde enero de 2011 hasta diciembre de 2012.

2011 y 2012 S/. 12 900,00 MORDAZA soles

11. De lo expuesto se advierte que, efectivamente, el MORDAZA distrital realizo, de manera indebida, cobros provenientes de convenios colectivos; siendo ello asi, corresponde establecer, de acuerdo a la jurisprudencia emitida por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, a traves de la Resolucion Nº 671-2012-JNE, del 24 de MORDAZA de 2012, y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de agosto de 2012, si la autoridad cuestionada procedio a regularizar de inmediato dicha situacion, es decir, si cumplio con devolver, de forma oportuna, el integro de lo cobrado. 12. No obstante, previo a dicho pronunciamiento, y estando que es el concejo distrital el que evalua y analiza, en primera instancia, si se ha incurrido en la causal de vacancia alegada, corresponde verificar si los miembros del concejo municipal analizaron, evaluaron y emitieron opinion sobre este elemento transcendente en la configuracion de la causal de vacancia por infraccion de las restricciones a la contratacion relacionada con el cobro de beneficios derivados de convenios colectivos. 13. Al respecto, de la lectura del acta de la sesion extraordinaria, realizada el 30 de setiembre de 2013 (fojas 330 a 339), se advierte que los miembros del concejo distrital no se pronunciaron respecto de si las devoluciones efectuadas por el MORDAZA municipal cumplian con las condiciones expresadas en la Resolucion Nº 671-2012JNE, del 24 de MORDAZA de 2012, en cuanto a la inmediatez de la regularizacion de dicha situacion y a la oportunidad en la devolucion de los montos cobrados. Del mismo modo, el concejo municipal no ha analizado si la autoridad cuestionada, luego de la expedicion y publicacion de la Resolucion Nº 671-2012-JNE en el Diario Oficial El Peruano, continuo percibiendo beneficios via convenio colectivo. 14. En vista de ello, resulta necesario que se declare la nulidad del acuerdo plasmado en el Acta de Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 016, con fecha 30 de setiembre de 2013, y consecuentemente, se devuelvan los autos a dicha instancia administrativa para que se pronuncien sobre: i) la inmediatez de la regularizacion de la situacion de cobros indebidos de beneficios derivados de convenio colectivo; ii) si estos cobros indebidos fueron devueltos en su integridad, de manera oportuna, al referido municipio; y iii) si esta devolucion se encuentra debidamente acreditada. 15. En tal sentido, con relacion al primer punto, el concejo municipal debe determinar si la regularizacion de los montos indebidamente cobrados fue hecha de inmediata; con respecto al MORDAZA punto debe valorar si la devolucion de dicho monto corresponde al integro indebidamente cobrado; y finalmente, con relacion al tercer punto debe verificar exhaustivamente si dicha devolucion esta debidamente acreditada, adjuntando, para tal efecto, los medios probatorios que creen conviccion y certeza de tal devolucion, por lo cual deberan incorporarse al presente tramite los siguientes documentos: i) MORDAZA certificada de las planillas de remuneraciones de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, desde el mes de enero del 2011 hasta diciembre del 2012; ii) boletas de pago del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desde el mes de enero

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