Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2014 (08/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Sabado 8 de febrero de 2014

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Parrafo del articulo 13º faculta a las Municipalidades a establecer un monto minimo a pagar por Impuesto Predial equivalente a 0.6% de la U.I.T.; asi mismo, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo MORDAZA citado, indica que las Municipalidades que brindan el servicio de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y de los Recibos correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la U.I.T., en ambos casos vigente al primero de Enero de cada ejercicio. Que, el articulo 15º inciso b) del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, faculta el pago fraccionado del Impuesto Predial, hasta en cuatro cuotas trimestrales; la primera cuota sera equivalente a un MORDAZA del impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero, las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, Agosto y Noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al por Mayor (IPM), que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI). Que, en uso de las facultades otorgadas por los incisos 8) y 9) del articulo 9º, asi como el articulo 40º de la Ley 27972-Ley Organica de Municipalidades; con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la presente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL, LA TASA POR CONCEPTO DE GASTOS ADMINISTRATIVOS Y EL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014 Articulo 1º.- Establezcase el monto equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1º de Enero del 2014, como Impuesto Predial Minimo a pagar para el Ejercicio Fiscal 2014. Articulo 2º.- Establezcase el monto equivalente al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1º de Enero del 2014, como Gastos Administrativos para el Ejercicio Fiscal del ano 2014. Articulo 3º.- Fijese como Fechas de Vencimiento para el pago de los Tributos Municipales (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales), correspondientes al Ejercicio Fiscal 2014, de acuerdo al siguiente cronograma: 1. Primer Trimestre:28 de febrero del 2014. 2. MORDAZA Trimestre:30 de MORDAZA 2014. 3. Tercer Trimestre:29 de agosto del 2014. 4. MORDAZA Trimestre:28 de noviembre del 2014. Articulo 4º.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, pueda modificar las fechas de vencimiento de pago de los Tributos Municipales. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1048027-1

Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, dispone: "Las licencias a que tienen derecho los funcionarios y servidores son: a) Con goce de remuneraciones: Por enfermedad (...)"; Que, el encargo es temporal, excepcional y fundamentado, procediendo solo en ausencia del titular, para el desempeno de funciones de responsabilidad, conforme lo establece el articulo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Que, conforme a lo expresado se hace necesario ejecutar las acciones administrativas de encargo conforme a la propuesta de la Gerencia Municipal que forma parte de los actuados; Estando a lo Informado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 20º incisos 6) y 17) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR al ABOG. MORDAZA HERLESS AUSEJO MORDAZA, el cargo de EJECUTOR COACTIVO (e) desde el 28/01/2014 hasta el 26/02/2014, con retencion del cargo de SUB GERENTE DE TRANSPORTE Y MORDAZA que ostenta; conforme a los fundamentos esgrimidos en la presente. Articulo Segundo.- PROCEDER a la entrega de cargo y del acervo documentario, conforme a lo dispuesto por los articulos precedentes. Articulo Tercero.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en la presente a la GERENCIA MUNICIPAL, OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA, GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL, GERENCIA DEL CENTRO DE INNOVACION Y EMPRENDIMIENTO LOS MORDAZA (CIELO) Y TIC'S y a la SUB GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS para los fines de su competencia funcional. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1048045-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Establecen monto minimo del Impuesto Predial, Tasa por concepto de gastos administrativos y vencimiento del pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2014
ORDENANZA Nº 196-MDL Chosica, 30 de enero de 2014. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO VISTO: La propuesta de la Administracion Municipal y el Informe Nº 004-2014/MDLCH-GR, de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Decreto Supremo Nº 304-2013-EF, aprobo el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ano 2014, como indice de referencia en normas tributarias; el mismo que servira para determinar el monto del Impuesto Predial Minimo y los Gastos de Emision. Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, MORDAZA

Amplian plazo de vigencia de la Ordenanza N° 195-MDLCH que establecio beneficios para el procedimiento de regularizacion de edificaciones en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2014/MDLCH Chosica, 31 de enero de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 195-MDLCH publicada en el diario oficial El Peruano el 05 de enero de 2014,

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