Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2001 (28/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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La Compania de Seguros tendra derecho a examinar a la(s) victima(s) por intermedio del facultativo que para el efecto designe, pudiendo adoptar las medidas tendentes para la mejor y mas completa investigacion de aquellos puntos que estime necesarios para establecer el origen, naturaleza y gravedad de las lesiones. En caso de negativa de la(s) victima(s) a someterse a dichos examenes, la Compania de Seguros quedara liberada de pagar la correspondiente indemnizacion. 7.6. Para la indemnizacion por incapacidad temporal del ocupante o tercero no ocupante del vehiculo automotor, se debera presentar a la Compania de Seguros los siguientes documentos: a) Certificado medico expedido por el medico tratante que acredite la incapacidad temporal, donde se consigne que MORDAZA tiene su origen en un accidente de transito. En este certificado se debera identificar a la(s) victima(s) con nombre completo, DNI u otro documento de identidad. b) Certificado policial otorgado por la dependencia de la Policia Nacional del Peru de la jurisdiccion en la que ocurrio el accidente de MORDAZA, en el cual se consignaran los datos del accidente de MORDAZA senalados en la ocurrencia policial respectiva. La indemnizacion por incapacidad temporal sera equivalente a la treintava parte del monto establecido para este beneficio por cada dia. 7.7. Para la indemnizacion por gastos de atencion medica, hospitalaria, quirurgica y farmaceutica del ocupante o tercero no ocupante del vehiculo automotor, se debera presentar a la Compania de Seguros los siguientes documentos: a) Original de comprobantes de pago por los gastos de atencion medica, hospitalaria o quirurgica, donde debera individualizarse el nombre del MORDAZA, de la persona que efectuo el pago y la naturaleza del mismo. Las prestaciones consistentes en examenes de laboratorio, radiografias, procedimientos de diagnostico, deberan acompanarse ademas, de la orden o receta medica que correspondiente al MORDAZA que origino la prestacion o gasto. Los gastos farmaceuticos deben ser sustentados con el respectivo comprobante de pago y la orden o receta medica correspondiente al MORDAZA que origino el gasto. b) Certificado policial otorgado por la dependencia de la Policia Nacional del Peru de la jurisdiccion en la que ocurrio el accidente de MORDAZA, en el cual se consignaran los datos del accidente de MORDAZA senalados en la ocurrencia policial respectiva. Los gastos por atencion medica, hospitalaria, quirurgica y farmaceutica, estaran a cargo de la Compania de Seguros hasta el limite asegurado en la presente poliza, para lo cual atendera directamente dichos gastos ante los centros asistenciales de salud, que acrediten haber prestado a la(s) victima(s) la atencion correspondiente. De no ocurrir lo anterior, la compania de seguros reembolsara, hasta el limite de la cobertura asegurada, a quien hubiere efectuado los gastos. La compania de seguros tendra el derecho de solicitar certificados emitidos por el o los medicos tratantes que acrediten las lesiones sufridas por el ocupante o tercero no ocupante, asi como examinarlos por intermedio del facultativo que al efecto designe, quien podra adoptar todas las medidas tendentes para la mejor y mas completa investigacion de aquellos puntos que estime necesarios para establecer el origen, naturaleza y gravedad de las lesiones y la procedencia del pago de la indemnizacion. En caso de negativa de la(s) victima(s) a someterse a dichos examenes, la compania de seguros quedara liberada de pagar la correspondiente indemnizacion. 7.8. Para la indemnizacion por gastos por sepelio del ocupante o tercero no ocupante se debera, presentar a la Compania de Seguros los siguientes documentos: a) Original de comprobantes de pago por los gastos de servicios funerarios amparados por esta poliza, donde debera individualizarse el nombre completo de la(s) victima(s) a quien(es) corresponde dicha prestacion. b) Certificado policial otorgado por la dependencia de la Policia Nacional del Peru de la jurisdiccion donde se produjo el accidente de MORDAZA, en el cual se consignaran los datos del accidente de MORDAZA senalados en la ocurrencia policial respectiva. Los gastos de sepelio, estaran a cargo de la Compania de Seguros hasta el limite asegurado en la presente poliza,

para lo cual atendera directamente ante las empresas funerarias, que acrediten haber prestado a la(s) victima(s) la atencion correspondiente. De no ocurrir lo anterior, la Compania de Seguros reembolsara, hasta el limite de la cobertura asegurada, a quien hubiera efectuado los gastos correspondientes. 7.9. Los pagos por indemnizacion de lesiones se efectuara directamente a la(s) victima(s), y en caso de imposibilidad de esta(s), a quien(es) la(s) represente(n). 7.10. El medico tratante que expida el certificado medico debera estar registrado en el Colegio Medico del Peru, debiendo consignar su firma y numero de registro en senal de encontrarse habilitado para el jercicio de la profesion. En caso de discrepancia entre lo diagnosticado por el medico de la compania de seguros y lo senalado en el certificado, la discrepancia sera resuelta por la dependencia oficial competente de medicina legal. No obstante, la Compania de Seguros esta obligada al pago de la indemnizacion conforme a lo establecido en la presente poliza. 7.11. Las indemnizaciones y prestaciones previstas por este seguro se pagaran con preferencia a cualquier otra que favorezca a la(s) victima(s) o a sus beneficiarios en virtud de coberturas propias del sistema de seguridad social, incluyendo la que provenga de la legislacion sobre accidentes de trabajo, la que se pagara en la parte no cubierta por esta poliza. 7.12. Los comprobantes que el beneficiario presente a la Compania de Seguros para reclamar el pago de gastos de atencion medica, hospitalaria, quirurgica, farmaceutica, o de sepelio, segun corresponda, del ocupante o tercero no ocupante del vehiculo automotor, deberan ser originales y revestir alguna de las formas aceptadas por el Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por las normas vigentes respectivas. Asimismo, en dichos comprobantes se debera consignar el nombre de la persona que efectuo el pago del servicio correspondiente y la naturaleza del mismo. Cuando se trate de examenes de laboratorio, radiografias, procedimiento de diagnostico o reembolso de gastos farmaceuticos, se debera acompanar la correspondiente orden o receta medica del MORDAZA, que origino la prestacion o gasto. 7.13. El pago de las indemnizaciones que afecten a esta poliza no significara reduccion de las sumas aseguradas ni de la responsabilidad, la que continuara en MORDAZA por todo el plazo para el cual fue contratada, sin necesidad de rehabilitacion ni pago de prima adicional. 7.14. En caso de accidentes de MORDAZA en que hayan participado dos o mas vehiculos, cada Compania de Seguros sera responsable de las indemnizaciones correspondientes a los ocupantes del vehiculo automotor por MORDAZA asegurado. En caso de terceros no ocupantes de vehiculos automotores, las companias de seguros intervinientes seran responsables solidariamente de las indemnizaciones que correspondan a dichas personas o su(s) beneficiario(s). En este ultimo caso, la compania de seguros que hubiere pagado tendra derecho a repetir contra las demas para exigirles su correspondiente participacion sin perjuicio de los convenios que para el efecto puedan celebrar las companias de seguros involucradas. 8. Transferencia del vehiculo automotor La transferencia de la propiedad del vehiculo automotor realizada durante la vigencia de esta poliza, producira su endose automatico en las mismas condiciones aseguradas hasta su vencimiento. 9. Certificado y calcomania del seguro La Compania de Seguros, previo pago de la prima de acuerdo con las condiciones convenidas, entregara al contratante o asegurado un certificado de seguro cuyo formato se aprueba conjuntamente con esta poliza, como prueba de la contratacion del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA, en el que debera constar la siguiente informacion: a) Nombre del seguro en virtud del cual se expide el certificado. b) Numero del certificado. c) Razon social, direccion y telefono de la Compania de Seguros. d) Numero y periodo de vigencia de la poliza. e) Numero de placa, MORDAZA, modelo, numero de serie del motor, ano de fabricacion y numero de asientos. f) Nombre o razon social, documento de identificacion (DNI o RUC) y firma del contratante. g) Firma del funcionario autorizado por la compania de seguros.

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