Norma Legal Oficial del día 12 de Enero del año 2008 (12/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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Articulo 13°.- Estudios de Impacto Ambiental y Programas de Adecuacion y Manejo Ambiental de Actividades Industriales Establecer que, para salvaguardar posibles riesgos de contaminacion ambiental y seguridad fisica interna y del entorno, las instalaciones industriales existentes en el Trapecio de Lurin, el entorno del MORDAZA Industrial San MORDAZA y de Conchan, deberan contar con Programas de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA); las nuevas instalaciones industriales a localizarse deberan contar obligatoriamente con Estudios de Impacto Ambiental (EIA), aprobados ambos por la Autoridad competente y en funcion de las especificaciones pertinentes que correspondan en cada caso, segun la Zonificacion que se aprueba con la presente Ordenanza, siendo responsabilidad de las Municipalidades Distritales controlar su cumplimiento. Articulo 14º.- Funcionamiento de la Fabrica EXSA Establecer que la Fabrica de Explosivos S.A. EXSA ubicada en las Pampas de Lurin, que viene funcionando formalmente por mas de 40 anos, podra continuar con sus actividades industriales. El Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA definira en su oportunidad las orientaciones con relacion a la expansion MORDAZA y la localizacion industrial en las Pampas de Lurin.

inversion publica o privada, destinados preferentemente para fines de preservacion y conservacion del medio ambiente, debidamente sustentados y declarados de interes local por la Municipalidad Distrital correspondiente o de interes metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual deberan cumplirse el siguiente proceso: 1º Los interesados presentaran sus iniciativas a las Municipalidades Distritales respectivas. 2º La Municipalidad Distrital respectiva, evaluando tecnicamente el comportamiento de la Zonificacion en el area MORDAZA y tomando en cuenta la opinion de los vecinos directamente afectados (ubicados en ambos frentes de la via en donde se localiza la MORDAZA materia del cambio y, opcionalmente, en el predio posterior y en las manzanas circundantes), estudiara la factibilidad del Cambio Especifico de Zonificacion. El organo competente de la Municipalidad Distrital respectiva formulara el Informe Tecnico correspondiente. 3° La Municipalidad Distrital respectiva, mediante Acuerdo de Concejo declarara de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion, elevandolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4º La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, evaluara la propuesta y emitira opinion tecnica a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, del Instituto Metropolitano de Planificacion y, de ser el caso, de otros organos especializados en la materia. 5° El Concejo Metropolitano de MORDAZA, de considerarlo conveniente, aprobara el Cambio Especifico de Zonificacion mediante Ordenanza. 6° En el caso de una propuesta de Cambio Especifico de importancia metropolitana, que se caracterice por constituir un planteamiento que tenga efectos de orden vial, ambiental, operacional o de densidad residencial, que impacten a un sector mayor que el estrictamente vecinal, la Municipalidad Distrital respectiva emitira opinion sobre el pedido y lo elevara a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su decision. Tercera.- Dispongase que en los distritos de Cieneguilla y parte de MORDAZA y Lurin, no son de aplicacion el Articulo 34.2 de la Ordenanza N° 620-MML y el Articulo Primero de la Ordenanza N° 738-MML. Cuarta.- Ratifiquese que los Aportes resultantes de los procesos de las Habilitaciones Urbanas, son inalienables, inembargables e imprescriptibles y, en ningun caso, pueden ser transferidos a particulares y modificarse el uso para el que fueron destinados. Sin embargo, teniendose en cuenta el objeto social del Servicio de Parques de MORDAZA SERPAR MORDAZA, del Fondo Municipal de Renovacion MORDAZA ­ FOMUR y del Ministerio de Educacion, estos podran enajenar los bienes que reciben en aportes de acuerdo a su normativa vigente. En consecuencia, autoricese a las Municipalidades Distritales de MORDAZA para que, cuando se produzcan las transferencias de dichos aportes, a estos se les otorgue los Parametros Urbanisticos y Edificatorios que corresponden a la zonificacion del entorno inmediato. Quinta.- Dispongase, que todos los Organos ejecutivos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de las Municipalidades de Cieneguilla, MORDAZA y Lurin, coordinen permanentemente y ejerzan un estricto control sobre las actividades constructivas y de funcionamiento en los predios que se edifiquen, operen y/o se regularicen a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, garantizando en forma especial, el mejoramiento del entorno ambiental y el irrestricto uso publico de los espacios y vias que son propiedad de la ciudad. Sexta.- La Zonificacion Especifica que se aprueba mediante la presente Ordenanza desarrolla la Zonificacion Generalizada aprobada mediante la Ordenanza Nº 310MML. Deroguese toda otra MORDAZA y disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los 27 dias del mes de diciembre de 2007. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Dispongase que todos los Expedientes en tramite relacionados a los Cambios Especificos de Zonificacion de los Distritos de Cieneguilla, MORDAZA y Lurin, que se aprueban mediante la presente Ordenanza, que se encuentren en las diferentes Unidades Organicas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, MORDAZA remitidos a la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura, en el estado en que se encuentren, a fin de canalizar el tramite en base a lo aprobado en la presente Ordenanza. Segunda.- Dispongase que en un plazo de 180 dias, las Municipalidades Distritales de Lurin y Cieneguilla elaboren las respectivas Propuestas de Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas para el Area de Tratamiento Normativo IV de sus Distritos, y las Municipalidades de MORDAZA y Cieneguilla elaboren las Propuestas correspondientes para el Area de Tratamiento Normativo III; las mismas que seran revisadas y concordadas por el Instituto Metropolitano de Planificacion de la MML, y seran presentadas a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion por Ordenanza Metropolitana.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Garanticese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas de los Distritos que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiendose que los mismos, dentro de dos anos, MORDAZA evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades de los Distritos que conforman la MORDAZA Baja de Lurin, pudiendo ser reajustados en lo pertinente. Durante dicho periodo, se suspenden los Cambios Especificos de Zonificacion, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversion que se califiquen de Interes Local por el Concejo Distrital respectivo, o de Interes Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual se seguira el MORDAZA que se precisa en la MORDAZA Disposicion Final. Excepcionalmente y a pedido de las Municipalidades Distritales que conforman la MORDAZA Baja de Lurin, se podran realizar modificaciones al Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas, a partir de los 180 dias calendario de su aplicacion. Las Ordenanzas Metropolitanas sobre Cambios Especificos de Zonificacion, promulgadas con anterioridad a la presente Ordenanza tienen plena vigencia hasta el Plazo establecido en el Primer Parrafo de la presente Disposicion. Segunda.- Establezcase un regimen excepcional de Cambios Especificos de Zonificacion que promueva la

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