Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 1998 (09/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA
ANO XVI - Nº 6619 CONSIDERANDO: Que, entre los dias 6 y 7 de agosto de 1998 se realizara la ceremonia de transmision de mando presidencial en la Republica de Colombia, a la que ha sido invitado el gobierno del Peru; Que, es necesario designar a la Comitiva Oficial que asistira a dicha ceremonia; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar la Comitiva Oficial que asistira a la ceremonia de transmision de mando presidencial en la Republica de Colombia: - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica. - Ing. MORDAZA Caillaux Zazzali, Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Congresista de la Republica. - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Congresista de la Republica. - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Congresista de la Republica. - Sr. MORDAZA Reynafarje Abensur, Congresista de la Republica. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Congresista de la Republica. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Congresista de la Republica. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 336-98-RE. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 8838 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 8824 MORDAZA, MORDAZA 9 de agosto de 1998 Pag. 162915

JUSTICIA
Modifican articulo del Reglamento de la Ley de Conciliacion
DECRETO SUPREMO Nº 006-98-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, de fecha 13 de enero de 1998, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion; Que es conveniente unificar criterios para la aplicacion de las sanciones que deben imponerse a los Centros de Conciliacion, asi como facilitar su funcionamiento; De conformidad con el Articulo 118º inciso 8) de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26872; DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el ultimo parrafo del Articulo 48º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, el que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo 48º.(...) "El Centro de Conciliacion debera brindar todas las facilidades del caso al supervisor, quien podra estar presente en las Audiencias de Conciliacion, cuando las partes lo autoricen expresamente. El supervisor esta sujeto a la obligacion de confidencialidad y a respetar los principios de la conciliacion que correspondan" Articulo 2º.- Derogase el tercer parrafo del Articulo 34º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica

RELACIONES EXTERIORES
Designan comitiva oficial para asistir a ceremonia de transmision de mando presidencial en la Republica de Colombia
RESOLUCION SUPREMA Nº 342-98-RE MORDAZA, 6 de agosto de 1998

Nombran Secretario Ejecutivo y Coordinador General de la XXIII Reunion Consultiva del Tratado Antartico a llevarse a cabo en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 343-98-RE MORDAZA, 7 de agosto de 1998 Vista la Resolucion Suprema Nº 106-98-RE, de 12 de marzo de 1998, que oficializa la "XXIII Reunion Consultiva del Tratado Antartico (RCTA)", organizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 24 de MORDAZA al 4 de junio de 1999; Vista, asimismo, la necesidad de nombrar un Secretario Ejecutivo y Coordinador General para la referida reunion;

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