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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (29/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

Dejan sin efecto resolución que autori- zó a funcionaria asistir a pasantía so- bre Derechos Humanos, a realizarse en los EE.UU. RESOLUCION DEFENSORMIIA s N° 49-98/DP Lima, 27 de agosto de 1998 Vistos; el Memorando DP N” 42698/G P del 20 de agosto de 1998 remitido por la Gerencia de Personalpor el que se comunica que no se Ilevarí a cabo la acción de capacitacidn aprobada mediante la Resolu-ción Defensorial N” 038.9HlDP por motivos personales de la funcionaria beneficiada, debidamenre justifica- dos; Y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Defensorial N’ 3898/DP se autorizó la asistencia de la Jefa del Gabinete de Apoyo del Defensor del Pueblo, a la “Beca Pasantía sobre Derechos Humanos Rómulo Gallegos . en la Se-cretaría Ejecutiva de la Comisión Interanlericana de Derechos Humanos, Secretaría General de la Organi- zación de los Estados Americanos en Washington D.C., Estados Unidos de América, del 15 de julio de 1998 al 15 de mayo de 1999. concediéndosele la licene,:a ron goce de haber correspondiente; Que, de conformidad con el documento rie vistos, la referida funcionaria comunicó y acredit<j oportunamente ala Defensoría del Pueblo y ala Comisión lntc ramericana de Derechos Humanos. las razones de mdole personal por las que no asistirá a la actividad de capacitacidn autoriza- da por la resolucion mencionada en el consid<“rando ante- rior, clurante el período 1998-1999; Que, el Secretario Ejecutivo de la Comi,+!<in intera- mericana de Derechos Humanos al haber tcprnado cono- cimiento del impedimento comunicado, ha rrlanifestado la disposición de su despacho de consrderar la partici- pación de la referida funcionaria de la De!tnsoría del Pueblo para la próx!.ma pasantía corresprjndirnte al período 1999-2000; Que, en tal razón, es necesario dejar $:n efecto la autorización otorgada; En uso de las facultades conferidas por la ley N” 26520 - Ley Orgánica de la Defensoría de l Pueblo y de los Artículos 30” y 3 1” incwo gl del Reglamento de Organiza- ciones y Funciones de la Defensoría del Puebio, aprobado por la Resolución Defensorial N°041-97/DP y de conformi- dad con lo dispuesto por la Resolución Gerencia1 N” 8-98. DPIGG, y estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DEJAR SIN EFECTO, en vía de regularización, la Resolucion Defensorial N ’ 038.98iDP con efectividad a la fecha de su vigenci+ por los motivos a que hace referencia 1.a parte considerativa de5 la presente resolución. Regístrese, comuníquese v puhlíqutw WALTER ALBAN PERALTA Primer Defensor Mjunto Encargado del Despacho delDefensor del PuebloAutorizan el funcionamiento de zoo- criadero ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia de Lima RESOLUCION JE IV 064-SS-INRENA Lima, 25 de agosto de 1998 Vista la carta presentada por la empresa Cementos Lima S.A., solicitando autorización para el funcionamien- to de nn zoocriadero; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 42” y 43” del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, aprobado por Decreto Legislativo N” 613, las especies de fauna silvestre cuya naturaleza lo permita, podrán ser reproducidas en zoocriaderos con fines comerciales, cien- tificos y de difusión cultural, los mismos que podrán ser establecidos y administrados por particulares, siempre que cumplan con las disposiciones de crianza y comercia- lización que establezca la autoridad competente para cada especie; Que, el Artículo 67” de la Ley de Promoción de las Inversiones del Sector Agrario, dada por Decreto Legisla- tivo N” 653, estipula que el Estado promueve e incentiva el establecimiento de zoocriaderos o áreas de manejo, conducidas por personas naturales o jurídicas; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos (TUPA) del INRENA, aprobado por Decreto Supremo N” 020-98.AG, en su numeral 22 establece los requisitos y procedimientos para la autorización del funcionamiento de los zoocriaderos para diversos fines; Estando al Informe N” 282-98-INRENA-DGANPFS- DCFS de fecha 13 de agosto de 1998, que corre de fojas 57 al 61 del expediente, se declara procedente autorizar el funcionamiento del zoocriadero, ubicado en 1aAv. Atocon- go 2440, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, a favor de la empresa CementosLima S.A.; En armonía con el Artículo 3” del Reglamento de Zoocriaderos y Cotos de Caza, aprobado por DecretoSupremo N” 01%92,AG, y, De conformidad con los Decretos Leyes N’k. 21147 y 25902 y los Decretos Supremos N”s. 158-77-AGy 055-92- AG; SE: RESUELVE: Artículo lo.-Autorizar el funcionamiento del zoo- criadero “ATOCONGO”, con el propósito de promoverel uso sostenible y el manejo en cautiverio de especí- menes de la fauna silvestre, ubicado en la Av. Atocon- go 2440, distrito de Villa María del Triunfo, provinciay departamento de Lima, a favor de la empresa Ce- mentos Lima S.A. Artículo Zn.-La Dirección General de Areas Natu- rales Protegidas y Fauna Silvestre del Instituto Na-cional de Recursos Naturales - INRENA tendrá a su. . . . . . . 1 .cargo la öupervision periódica del desarrollo de las acciones del zoocriadero y la verificación del cumpli- miento de las normas establecidas por la Convenciónsobre el Comercio Internacional de Especies Amena- zadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES, en caso de que se constate el incumplimiento de la normatividad,propondrá a este Despacho la aplicación de las sancio-nes a que hubiere lugar. Regístrese y comuníquese JOSEFINA TAKAHASHI SATO Jefa del INRENA 9694 9708