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I.ima. s:ihado 29 do agosto dc IYYX e[ma Pág. 163453 VISTOS, el Expediente de Registro N” 02049010, or- ganizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES TURIS- MO NACIONAL S.A., sobre Nueva Concesión de ruta: Lima - Cusco y viceversa e Informe N” 977-98MTC/ 15.18.04.02.NNS.,delaDireccióndeTransportedePasa- jeras y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes indicada en vistos ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13” del Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo N” 05-95.MTC y en el Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos aprobado por Decreto Su- premo N”019-97.MTC, para la prestación del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Interna- cional en Memorándum N’ 241698-MTCX5.18.04 y de Asesoría Legal en Informe N” 931-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo N” 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N” Oõ-95MTC, Ley N” 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070~89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) anro- bado por Decreto Supremo N” 019-97.MTC y Decreto-Ley W25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPOR- TES TURISMO NACIONAL S.A., la Concesión de Servi- cio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (101 años. computados a partir de la fecha de expedi- ción de esta resolución, en la ruta: Lima-Cusco y vicever- sa, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA LIMA - CUSCO y “~ceversa ORIGEN LIMA DESTINO cusco ITINERARIO ICA. NASCA - PUQUIO CHALHUANCA . ABANCAY ESCALA COMERCIAL ICA. NASCA - PUQUIO - CHALHUANCA - ABANCAY FRECUENCIAS Una ll) inlerdiaria FLOTA VEHICULAR Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA Dos (2) Ómnibus. UO- (1995) y UQ-2170 (1984) FLOTA DE RESERVA Un (11 omnlbus: Ul-5349 (1981) HORARIOS : Salida de Lima: 08.00 horas (lunes, miércoles y vemes\ Salida de Cusco 09 OO horas (martes, jueves y sabado) Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Intrrprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30! días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la present,e resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17” del reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05- 95.MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones previs- tas en el segundo párrafo del Artículo 16” del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Direccirín de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley.Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 9662 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCIONDIRECTORAL N” 1072-98-MTCh5.18 Lima, 24 de agosto de 1998 VISTOS, el expediente de Registro N” 02232010, orga- nizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES LEONCIO PRADO S.A., sobre concesión de ruta: Huánuco - Pucall- pa y viceversaeInformeN” 78698-MTC/15.18.04.1.RCM, de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con pre- sentar los requisitos establecidos en el Artículo 13” del Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo N” 05.95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aproba- do por Decreto Supremo N” 019.97-MTC. para la presta- ción del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Interna- cional en Memorándum W 2536-98-MTCY15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe N” 954-98-MTCi15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo N” 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95.MTC, Ley N” 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070-89.PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos ITUPA) apro- bado por Decreto Supremo N” 019-97-MTC y Decreto Ley IV 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPOR- TES LEONCIO PRADO S.A., la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasa- jeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, en la ruta: Huánuco - Pucallpa y vicever- sa, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA : HUANUCO PUCALLPA y wceversa ORIGEN : HUANUCO DESTINO : PUCALLPA ITINERARIO HUANUCO - TINGO MARIA AGUAYTIA SAN ALEJANDRO KM 86 (VON HUMBOLT) PUCALLPA ESCALA COMERCIAL : TINGO MARIA - AGUAYTIA FRECUENCIAS : Una (1) dlaria FLOTA VEHICULAR : Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA Dos(2)ómmbus UO- (1995)~ UJ-1484 (1995) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómmbus Ul-5268 (1981) HORARIOS Salida de Huanuco 08 OO a.m. Sallda de Pucallpa: 08.00 a m Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95.MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público deTransporteTerrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza.