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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (03/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 6

De una parte, el Excelentísimo señor don Eduardo Ferre- ro Costa, Ministro de Relaciones Exteriores del Perú; y, de otra el Excelentísimo señor don Fernando María Villalonga, Secretario de Estado para la Cooperación Inter- nacional y para Iberoamérica en representación del Ministe- rio de Asuntos Exteriores; CONSIDERAND( ): Que la Cooperación Española desea contribuir al desarro- llo de los sistemas de micro crédito y en particular a los que viene promoviendo el Estado Peruano, en el marco del Programa de Apoyo al Desarrollo del Hábitat Productivo, En virtud de lo que antecede, los abajo firmantes, reco- nociéndose capacidad y competencia para intervtnir en este acto, acuerdan iniciar una colaboración Institucional con elfin de establecer los instrumentos de cooperación necesariospara la puesta en marcha del Programa de Micro crédito enPerú, sobre los extremos siguientes:1 .\ < ( t ( .i 1 f ( ( ‘ i i ’ / ’ / ( Primero. - La intención del presente instrumento es establecer una colaboración entre España y F’erú para la ejecución de un Programa de Micro crédito para promover en el Perú el desarrollo del hábitat productivo y contribuir al reforzamiento de la base institucional y humana capaz de proveer servicios crediticios y bancarios a los sectores de población que no tienen acceso a ellos, especialmente a lapoblación pobre, urbana :y rural afectada por el fenómeno de El Niño. Se incluiran en el Programa de Micro crédito actividades de apoyo crediticio a los proyectos apoyados porla Cooperación Espanola, acordados en las sucesIvas Comi- siones Mixtas de Cooperación Hispano - Peruana. Segundo. - Por parte española actuará la Secretaria de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamé- rica (en adelante SECIPI 1, que por Real Decreto 1.881/1996, “asiste al Ministro de Asuntos Exteriores en la fg)rmulación y ejecución de la política de Cooperación al Desarrollo y de las relaciones económicas, culturales y ciontíkas, coordi- nando las actividades que, en esas áreas tengan atribuidas otros órganos de la Administración General del Estado”,ostentando al mismo tiempo la Presidencia de la AgenciaEspañola de Cooperación Internacional (AECI) la cual. por Real Decreto 1.141/1996 tiene encomendadas, entre otras y en el ámbito de sus competencias dentro ae la SECIPT, las funciones de fomento, coordinación y ejecución de progra- mas de cooperación. Para la ejecución de sus fines propios, la SlXIPI está capacitada para recabar la colaboración dc diversos Depar- tamentos y Organismos de la Administración Española, así como empresas y otras entidades nacionales o extranjeras, con objeto de que aporten su experiencia. medios materiales y recursos humanos, dando así respuesta a las exigencias de la cooperación. Tercero. - Por parte peruana el Viceministerio de Vivien- da y Construcción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción como promotor yresponsable de los programas y proyectos que se ejecutan en el marco del desarrollo del hábitat productivo. El Viceminis- terio de Vivienda y Construcción, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, han designado a la CORPORACION FINANCIERA DE DESARROLLO - COFI- DE, como la Institución del Sistema Financiero que regulará las actividades y relaciones jurídicas inherente? a la tgecu- ción del “Programa de Micro crédito” en Perú, con recursos aportados por la SECIPI. Cuarto. - La SECIPI adoptará las disposiciones necesa- rias para transferir ;-i COFIDE, con cargo a los presupuestos ordinarios y siempre que exista disponibilidad presupues- taria para ello, el equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América de hasta un máximo de DOS MIL MI- LLONES DE PESETAS (2.000.000.000 ptas.) p::ra la dota- ción del Programa de Micro credito. Quinto. - La contribución financiera de la SEC 1 PI, mencio- nada en el párrafo CUARTO tendrá carácter de crédito reembolsable, que no requerirá garantías del Estado Perua- no y se regirá exclusivamente por el Contrato de Préstamoa suscribirse entre la SECIPI y COFIDE, con arreglo a lassiguientes condiciones basicas: a) Período de amortización: 10 años b) Período de gracia (exento de amortiz;ición de Principal y de pago de Intereses): 5 años c) Tasa de Interés anual: l’k d) Amortización: a partir del sexto año mclusive, a razón del 20% anual del Principal e intereses. Los reembolsos que COFIDE efectúe a la SIXIPI, tanto por principal como por los intereses, según lo establecidoanteriormente, serán efectuados en Dólares de los Estados Unidos de América. Los demás detalles relacionados al financiamiento del Programa de Microcrédito serán consig-lados en el Contrato de Préstamo a suscribirse entre SECIPI I COFIDE. Sexto. - En el contrato de préstamo, se establecerán las :ondiciones para la financiación y contratación a cargo de COFIDE de dos expertos de nacionalidad española, un exper- en de o coordinador :réditos.y unexperto riesgos Séptimo. - La administración, aplicación y adecuada ustificación de los mencionados recursos financieros esta- -án sujetas a las normas y procedimientos administrativos vigentes en cada país. COFIDE facilitará a la SECIPI cuanta adocumentación e información l esea requerida al efecto ,en ejercicio de sus derechos y e nel ámbito de sus aportaciones. Octavo. - En el lapso de tres (3) meses posteriores a la firma de la presente Carta de Entendimiento, represen- tantes de la SECIPI, el Viceministerio de Vivienda y Cons-trucción v COFIDE se reunirán para elaborar el Plan deOperaciones del programa. Dicho instrumento será registrado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en la SECTI y se incorporará corno un proyecto en ejecución del programa de cooperación técni- ca Hispano - Peruano. Noveno. - El proceso de colaboración a que se refiera la presente Carta de Entendimiento se iniciará desde la fecha de su firma y desembocará en el Contrato de Préstamo entreSECIPI y COFIDE y en simultáneo establecimiento del Plan de Operaciones que se menciona en el párrafo anterior. Leído v hallado conforme, lo firman los intervinientes en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en Ia ciudad de Lima, el día diecisiete de setiembre de 1998. POR LA REPUBLICA DEL PERU EDUARDO FERRER0 COSTAMinistro de Relaciones Exteriores POR EL REINO DE ESPAÑA FERNANDO VILLALONGA CAMPOSSecretario de Estado para la CooperaciónInternacional y para Iberoamérica 14181 Designan integrantes de delegación para participar en reunión del Consejo Latinoamericano del SELA que se rea- liza en Cuba RESOLUCION SUPREMA No 538-98-RE Lima, 30 de noviembre de 1998 Debiendo realizarse la “XXIV Reunión del Consejo Lati- noamericano del Sistema Económico Latinoamericano (SELA)“, en la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 30 de noviembre al 3 de diciembre de 1998; Considerando la Hoja de Trámite (GAC) N” 3889, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro y Secreta- rio General de Relaciones Exteriores, de 24 de noviembre de 1998; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12“ del Decreto Legislativo N” 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el Artículo 1” delDecreto Supremo N” 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo N” 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo N” 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; el Decreto Supremo N” 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; y, la Resolución Ministerial N” 0437-RE, de 9 de julio de 1996; SE RESUELVE: lo.- Designar como integrantes de la Delegación Peruana que participará en la “XXIV Reunión del Consejo Latinoame- ricano del Sistema Económico Latinoamericano (SELAY, a realizarse en la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 30 de noviembre al 3 de diciembre de 1998, a los siguientes funcionarios: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República don Jorge Valdez Carrillo, Viceministro y Secretario Gene-ral de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; y,