Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 1998 (03/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 3 de diciembre d e 1998

CI m'mf) Pag. 166791
LICENCIA DE CONDUCIR CON LA QUE INFRINGE NUMERO CTEG. CORRESPONDE B-006766 B-0381 19
B-042718

INFRACTOR MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA F MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ASIAN LAU, MORDAZA MORDAZA MOSCOL ATARAMA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA VARILLAS ZETA, MORDAZA MORDAZA VELASCO, JHON MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

SANCION F. TERM. F. INICIO 1 o-1 -97 28-4-97 14-4-97 9-l O-96 23-l -97 21-1-97 15-9-97 17-4-97 23-5-97 - 1 o-1 -2000 14-4-2000 9-l o-99 23-l-2000 21-1-2000 15-9-2000 17-4-2000 23-5-2000 ------- -- 28-4-2000

B-059050 B-036671 B-01 3485 B-026677 B-01 8440 B-047653

D B-2 B-2
2E

B-1

c B-2 B-2

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Lores, Jhonny R. MORDAZA Gionocchio, MORDAZA R. Serie aun no expedida Whittembury Talledo. Durich MORDAZA Carncho, MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Serie aun no expedida CONSIDERANDO:

Articulo Segundo.- Denunciar el hecho ante la Fiscaha Provincial de turno para la investigacion correspondiente. Articulo Tercero.- La Unidad de Licencias de Conducir, por intermedio del Departamento de Antecedentes del Conductor, queda encargada de inscribir la sancion rmpuesta en el Registro de Infractores - Sancionados, y ejercer el control correspondiente debiendo hacerse de conocimiento la presente resolucion a las dependencias de Circulacion Terrestre a nivel nacional, Policia Nacional del Peru; notificando asim:smo a los infractores.
Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (E) Direccion de Circulacion Terrestre Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Region Grau

14065 RESOLUCION DIRECTORAL N°014-98-CTAR-RG-DRTCVC-DDCT-ULC
MORDAZA, 26 de febrero de 1998 VISTOS, los Oficios N's. 1357-97/CTAR-LL,-DRTCVCDECT, 1318-97-CTAR/LL-DRTCVC-DECT, e Informe N°O2097-CTAR-RG-DRTCVC-DDCT-ULC-ANT.COND. y demas actuados en un total de ocho (8) folios. INFRACTOR / MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

Que, mediante los documentos de vistos se nos remite, las licencias de conducir de los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PAULIN0. conlosnumeros: B-013772 y B011774 respectivamente. Efectuada la verificacion respectiva se determino que dichos numeros corresponden a otros conductores debidamente registrados; utilizando para su confeccion, sellos, formato, posfirma y firmas prestmtamente falsas; Que, el Articulo 6", inciso e i del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por D.S. N" 17-94MTC, sanciona con la inhabilitacion para obtener licencia de conducir, por el lapso de tres (3) anos, a los CONDUCTORES QUE CONDUZCAN VEHICULO MOTORIZADO SIN HABER OBTENIDO LICENCIA IjE CONDUCIR, siendo tipificada esta como infraccion muy grave, ademas de estar presuntamente comprometido en la falsificacion de documentos, delito contra la fe publica en agravio del Estado; De conformidad con lo dispuc&o en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA, asi como en el Texto Unico de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. N" 02-94-JUS, D.S. N" 1594-MTC; Con la visacion del Jefe de la Unidad de Licencias de Conducir y Asesoria Legal; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante R.P. N" 266-97-CTAR-RG-P y R.S. N" 002-9%MTC; SE RESUELVE: zacion por el termino de tres (3) anos para obtener licencias de conducir a nivel nacional a los siguientes conductores, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion

Articulo Primero.- INHABILITAR, en vias de regulari-

Articulo Segundo.- Denunciar el hecho an te la Flscalia Provincial de turno para las investigaciones c orrespondientes. Articulo Tercero.- La Unidad de Licencias de Conducir, por intermedio del Departamento de Antecedentes del Conductor, queda encargada de inscribir la sancion impuesta en el registro respectivo de Sancionados, y ejercer el control correspondiente debiendo hacerse de conocimiento la presente resolucion a las dependencias de Circulacion Terres:re a iiivel nacional, Policia Nacional del Perti, notificando asimismo a los infractores.
Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (E) Direccion de Circulacion Terrestre Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcci5n Region Grau

14066 RESOLUCION DIRECTORAL N" 015-98-CTAR-RG-DRTCVC-DDCT
MORDAZA, 26 de febrero de 1998 VISTOS, los Oficios N"s. 1798-96-RENOM DRTCVCDCT, MORDAZA del Oficio N" 048-96-APR-PNP-DR 1837-RENOM-DRTCVC-DCT, MORDAZA del Oficio N" 87-96-DIROVEGA0 e Informe N" 003-97-CTAR-RG-DRTCVC-DDCT-ULCANT.COND. y demas actuados en un total de siete f 7) folios.

CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos la RENOM nos remite, las licencias de conducir de los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con los numeros: B-0145876 y B-02455, respectivamente. Efectuada la verificacion respectiva se determino que dichos numeros corresponden a otros conductores debidamente registrados; utilizando para su confeccion, sellos, formato, posfirma y firmas presuntamente falsas; Que, el Articulo 6", inciso e) del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por U.S. N" 17-94MTC, sanciona con la inhabilitacion para obtener licencia de conducir. por el lapso de tres (3) anos, a los CONDUCTORES QUE CONDUZCAN VEHICULO MOTORIZADO SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, siendo tipiticada esta como infraccion muy grave, ademas de estar presuntamente comprometido en la falsificacion de documentos, delito contra la fe publica en agravio del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA, asi como en el Texto Unico de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. N" 02-94-JUS, D.S. N" 1594-MTC; Con la visacion del Jefe de la Unidad de Licencias de Conducir y Asesoria Legal; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante R.P. N" 266-97-CTAR-RG-P y R.S. N' 002-9%MTC; SE RESUELVE: zacion por el termino de tres (3) anos para obtener licencias de conducir a nivel nacional a los siguientes conductores, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion:

Articulo Primero.- INHABILITAR, en vias de regula ri-

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