Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 1998 (03/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

Lm , jueves 3 de diciembre de 1998 i a

@mmo Pag. 166797
VISTA: La solicitud de Caritas del Peru, formulada mediante la Carta N" C8.96198.169 de fecha 5 de octubre de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves del Memorando N" 378-98-GPP-PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atencion a lo solicitado por Caritas del Peru, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo de la nave "Maersk Colorado" al puerto peruano del Callao trayendo diversos alimentos correspondientes a la ayuda alimentaria para el ano 1998; Que, el 29 de octubre de 1954 el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno del Peru celebraron un convenio referente a suministros y equipos humanitarios, mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitacion y MORDAZA Voluntario No Lucrativas para la distribucion de productos agricolas alimenticios y la ejecucion de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el MORDAZA del instrumento citado, el 4 de junio de 1998 se suscribe el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, por el que el Gobierno Peruano, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio cle Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acepta y aprueba la donacion de 100,649 toneladas metricas de alimentos de las cuales 51,100 tm se usaran en Programas de Distribucion Directa y 49,549 tm se utilizaran para Monetizacion; Que, en virtud al Articulo 1: Aceptacion de la Donacion del referido instrumento, la donacion esta sujeta a la disponibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la variacion de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donacion; Que, en el Articulo III: Ejecucion del Programa del mencionado Convenio de Donacion, se acuerda que los alimentos importados para la distribucion directa y monetizacion seran de propiedad exclusiva de cinco organizaciones privadas sin Fines de Lucro, entre las cuales se encuentra Caritas del Peru, quienes asumiran la responsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos hasta la distribucion al beneficiario final, debiendo de utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartcs; Que, mediante Decreto Ley N" 21942 se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas, entre otros, a instituciones y organismos publicos, asi como las donadas por concepto de cooperacion tecnica internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni Licencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N" 719, Decreto Ley N" 21942, Decretos Supremos N"s. 12791-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema W' 508-93PCM, Resolucion de Contraloria N" 122-98-CG y Resolucion Ministerial N" ll l-97-PROMUDEH y; estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20° del Reglamento de Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo N" 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo l°.- Aceptar y aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para Caritas del Peru, consistente en:
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Caritas del Peru, quienes asumiran la responsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos hasta la distribucion al beneficiario final, debiendo de utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas v sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley N" 21942 se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas, entre otros, a instituciones y organismos publicos, asi como las donadas por concepto de cooperacion tecnica internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni I.icencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerenci de Asesoria Juridica y de la Gerena cia General Administrativa; y De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N" 719, Decreto Ley N" 21942. Decretos Supremos Ib%. 12791-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema N" 508-93PCM, Resolucion de Contraloria N" 122-98-CG y Resolucion Ministerial N" lll-97-PROMUDEH; y, estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20° del Reglamento de Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo N° 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo l°.- Aceptar y aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados TJnidos de America. a nombre del Gobierno Peruano, destinada para Caritas del Peru, consistente en:

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PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR VERTE: SALAVERRY

Articulo 2". - Emplear el referido volumen de alimentos donados en el MORDAZA del "Programa de Desarrollo de la Seguridad Alimentaria" (PRODESAJ que ejecuta Caritas del Peru en el MORDAZA, el mismo que busca mejorar. la seguridad alimentaria de las poblaciones mas pobres del Peru. Articulo 3" ~ Encargar a las Gerenclas de Linea participen en el seguimiento de las Acciones de Loglstica Alimentaria (recepcion, almacenamiento, manejo, conservacion, transporte, distribucion y uso de los alimentos donados) que ejecuta Caritas del Perdi. La informacion obtenida como resultado d(ll seguimiento efectuado sera utilizada en las evaluaciones que realiza PRONAA, segun los terminos estipulados en tbl Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de America. Articulo 4" ~ Agradecer al Gobierno de lo Estados Unis dos de MORDAZA, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, su importante contribucion. Articulo 5".- Transcribir la presente rt&soluclon a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloria General de la Republica (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional (SEXTI) del Ministerio de la Presidencia, dentro de los terminos de ley Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARA 0c:IIOA Presidente del Consejo Directivo 14046 RESOLUCION PRESIDENCIAL N" 24 l-9SPRONAAlP MORDAZA, 26 de noviembre de 1998

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