Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 1998 (03/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

Articulo !Z'.- Comprendase a la recitada donacion en los alcances del numeral 3 del inciso e) fel Articulo 2" del Decreto Legislativo N" 821, el Decreto Supremo N" 099-96-EF y normas modificatorias. Articulo 3".- Se dispone hacer de conocimiento a CARE Peru, que de conformidad con lo establecido por la Resolucion Suprema N" 508-93-PCM, no podran cambiar de uso ylo destino los bienes cuya donacion se aprueba por la presente resolucion, quedando terminantemente prohibida su venta o el recibir dinero a cambio de los bienes por concepto alguno, por parte de la entidad receptora o a traves de la institucion beneficiaria escogida por la primera para canalizar la donacion, bajo sancion de reembolsar al Estado los impuestos, gastos de aduana y otros exonerados por el internamiento de los mismos; sin perjuicio de las que se deriven de las acciones administrativas y judiciales correspondientes. Articulo 4".- Transcrl%ase la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a CARE Peru, a la Contraloria General de la Republica, a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional del Ministerio de la Presidencia, de conformidad con lo establecido en la legislacion vigente. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 14083

Autorizan la publicacion de cronograma de instalacion de plataformas/ balizas del Sistema de Seguimiento Satelital
RESOLUCION MINISTERIAL N° 574-98-PE MORDAZA, 2 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley N" 25977, Ley General de Pesca, establece en su Articulo 1°, entre otros, el objetivo de asegurar el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos y, en el Articulo 2°, dispone que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru, correspondiendo al Ministerio de Pesqueria regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que el Articulo 6° del Decreto Supremo N" 008-97-PE MORDAZA por el Articulo 6" del Decreto Supremo No 005-98PE, establece que el Ministerio de Pesqueria implementara un sistema de control satelital para las embarcaciones pesqueras de mayor escala y dispone que los gastos de instalacion de los equipos en las embarcaciones pesqueras, asi como el pago regular por acceder al sistema y cualquier otro servicio adicional que requieran los armadores, seran asumidos por estos; Que por Resolucion Ministerial N" 825-97-PE se constituyo la Comision encargada de la convocatoria, evaluacion y seleccion del Sistema de Control Satelital Automatizado y de la empresa responsable del suministro e instalacion de los equipos y programas de uso en las embarcaciones pesqueras y en los Centros de Control del Ministerio de Pesqueria, Instituto MORDAZA del Peru y Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, integrada por representantes del sector publico y de los armadores e industriales del sector pesquero nacional; Que en el MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 6" del Decreto Supremo N" 005-98-PE, por Resolucion Ministerial N" 3 64-9%PE se encargo a la Comision constituida a traves de la resolucion citada en el considerando anterior, la continuacion de la conduccion y el desarrollo del MORDAZA para la imolementacion del Sistema de Control Satelital. hasta su culminacion; Que en el MORDAZA de seleccion de la empresa proveedora del Sistema de Semimiento Satelital y en vista que los armadores e indu&iales pesqueros sufragaran los co&os de implementacion y funcionamiento del sistema, sus representantes miembros integrantes de la comision, propusieron la contrat,acion de la empresa que a su criterio reunia las especificaciones tecnicas y economicas, ademas de constituir el sistema mas idoneo de control de la extraccion de los recursos hidrobiologicos, lo que fue aceptado por los demas miembros de la comision; Que la citada comision en cumplimiento del encargo conferido suscribio con fecha 24 de MORDAZA de 1998 el Convenio MORDAZA para la implementacion del Sistema de Seguimiento Satelital con la empresa seleccionada Collecte Localisation Satellites-CLS, representada comercialmente por Melec S.R.L. aprobandose y suscribiendose con fecha ll de noviembre del mismo ano la Adenda N" 1 al citado convenlo, en el que por acuerdo de partes se acordo incorporar a CLS Peru SAC, como encargada de llevar adelante la ejecucion de la implementacion del sistema, asumiendo dichas empresas la calidad de una sola parte contractual y responsabilizandose solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones y acuerdos adoptados en el referido Convenio Marco; Que la comision constituida por Resolucion Ministerial N" 825-97-PE, conjuntamente con la empresa seleccionada, en sesion de fecha 2 de setiembre de 1998 acordaron aprobar el contrato MORDAZA a que se refiere las clausulas 6, 8, 12 y 13 del Convenio MORDAZA para la implemetltacion del Sistema de Seguimiento Satelital citado en el considerando anterior, el mismo que como Anexo 2 forma parte del citado convenio; Que mediante la Resolucion Ministerial N" 442-98-PE se estableciu el programa de instalacion de las plataformas/ balizas en las embarcaciones pesqueras de mayor escala; Que acorde con la importancia que reviste para el sector pesquero la Implementacion del Sistema de Seguimiento Satelital. se considera conveniente establecer las normas y medidas correspondientes que regiran el MORDAZA de implementacion y funcionamiento del mismo;
I

PESQUERIA
Sancionan con cese temporal a servidor de la Oficina General de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N ° 551-98-PE . MORDAZA, 10 de noviembre de 1998 Visto el Informe N° 005-98-PE/CPPAD, de 28 de octubre de 1998, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Pesqueria; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N" 476~98-PE, de 29 de setiembre de 1998, se abrio MORDAZA administrativo disciplinario al servidor senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo III de la Oficina de Tesoreria de la Oficina General de Administracion, por las razones alli expuestas; Que, del analisis de los cargos imputados y de la documentacion que obra en autos, se ha determinado que existen evidencias por la negligencia en el desempeno de sus funciones, por lo que amerita se le imponga la sancion administrativa correspondiente; De conformidad con el Articulo 25" e inciso c) del Articulo 26". del Decreto Letislativo N" 276 "Lev de Bases de la CaFrera Administrativa y de Remunera"ciones del Sector Publico", asi como en el inciso c) del Articulo 155" del Decreto Supremo N" 00590-PCM "Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa"; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo lo.- Sancionar con cese temporal sin goce de remuneraciones por un periodo de cuarenticinco (45 1 dias, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo III de la Oficina de Tesoreria de la Oficina General de Administracion, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- La sancion referida en el articulo precedente, se computara a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 14057

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