Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 1998 (03/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

Aprueban inafectacion de derechos arancelarios y del IGV a importaciones realizadas por universidades nacionales
RESOLUCION SUPREMA N° 264-98-EF MORDAZA, 2 de diciembre de 1998 Visto el Expediente N" 015877-98, presentado por la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA sobre inafectarion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo N" 046-97-EF .modificado por el Decreto Supremo K" 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22" y 23" del Decreto Legislativo N" 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion" , establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las Instituciones Educativas Publicas y Particulares para sus fines propios esta n inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo N" 046-97-EF , modificado por el Decreto Supremo W 003-98-EF , se aprobo la relacion de bienes y servicios inafecto sal pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las Instituciones Educativas Publicas o Particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion de l beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el l>ecret o Legislativo N" 882 y el Decreto Supremo N" 046-97-EF . modificado por el Decreto Supremo PJ" 00%98-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- APRUEBASE la inafectacion (de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad Tu aciona l Agraria La MORDAZA del bien que se encuentra incluido en el Decreto Supremo N" 046-97-EF , modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Resolucion de Superintendencia de ADUANAS N° 3316 del 26 de diciembre de 1997, segun la partida arancelaria siguiente: Partida Arancelaria 9025.11.90.00 Descripcion Los demas termometros sin combinar con otros instrumentos.

RESOLUCION SUPREMA N° 265-98-EF MORDAZA, 2 de diciembre de 1998 Visto el Expediente N° 011066-98, presentado por la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA sobre inafectacio n de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes comprendidos en el Anexo III del Decreto Supremo N" 046-97-EF , modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22" y 23" del Decreto Legislativo N" 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las Instituciones Educativas Publicas y Particulares para sus fines propios se encuentran inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo N" 046-97-EF , modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF ,se aprobo la relacion de bienes y servicios mafecto sal pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las Instituciones Educativas Publicas o Particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 882 y el Decreto Supremo N" 046-97-EF , modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF ;y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo l".- Apruebase la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas, a la importacion realizada por la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA de los bienes donados que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo N" 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-E Fy la adecuacion arancelaria senalada en la Circular N" 046-0698-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998, segun las partidas arancelarias siguientes: Partidas Arancelarias 3822.00.29.00 Descripcion Reactivos compuestos, de laboratorio, excepto los de las Partidas N"s. 30.02 o 30.06. Las demas manufacturas de plastico y manufacturas de las demas materias de las Partidas N" 39.01 a 39.14.

3926.90.90.90

Articulo 2°.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion del bien se ajuste ala cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo N" 882°, , presentados por la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA, segu n Expediente il;, , 015877-98 y , que dicho bien sea destinado al cumplimiento cl e los fines propios de la referida Institucion Educativ,r. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que corresponden efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como 1 la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelari . del bien cuya inafectacion se solicita. Articulo 3". - Transcribase la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4". - La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA CAMF'ODONICO Ministro de Economia y Finanzas 14187

Articulo 2". - La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo N" 882" , presentados por la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, segun Expediente N" 011066-98, y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida Institucion Educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que corresponden efectuar segu n el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3".- Transcribase la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4". - La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion MORDAZA BACACAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 14188

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