Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 1998 (03/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 3 de diciembre de 1 998 Ejecutiva N" 141-98-AG-PETT, de 6 de MORDAZA de 1998, expedida por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Ejecutiva N° 070-98AG-PETT, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, declaro la caducidad del procedimiento administrativo del expediente, entre otros, el seguido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torrico sobre denuncio para otros usos agrarios de 3 ha. 4,500 m2 de tierras eriazas, ubicadas en el distrito de Mala, provincia de Canete, departamento de Lima; por no haber presentado el correspondiente proyecto de factibilidad tecnico-economico; Que interpuesto recurso de reconsideracion contra aquella resolucion por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torrico, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural mediante Resolucion Directoral Ejecutiva N" 141-98-AG-PETT, declaro improcedente dicho recurso sustentandose en que el proyecto de factibilidad tecnico-economico presentado por el recurrente no cumple con los requisitos para ser considerado valido; Que a traves de su escrito de 5 de junio de 1998, de fojas 83, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tarrico interpone recurso de apelacion contra la resolucion precitada senalando que se esta aplicando al procedimiento una nueva ley cuando en realidad debe concluir bajo el MORDAZA de la Ley ccm la cual se origino; Que conforme a los Articulos 1" y 4" del Decreto Supremo N" OlO-97-AG, se declarara la caducidad del procedimiento en los expedientes sobre denunclo de tlerras eriazas seguidos con arreglo a la legislacion anterior a la Ley N" 26505, cuando a la fecha de esa ley, 18 de MORDAZA de 1995, no reunen como requisito minimo, estudios de preinversion presentados en el caso de los expedientes de adjudicacion para fines de irrigacion y/o drenaje o de proyecto de factibilidad tecnico-economico en los expedientes para otros usos agrarios; Que en autos obra a fojas 39, el Informe Tecnico N' 38695-AG-PE'M'-DT-CPR, de 19 de MORDAZA de 1995, que se pronuncia sobre el proyecto de factibilidad tecnico-economico presentado por el apelante a fojas 06y siguiente, estableciendo que de su revision y analisis se concluye que para la explotacion de la granja porcina solo se requiere un total de 298 m., calculos que son hechos en funcion de los costos presentados y que en el mejor de los casos requiere con holgura un minimo de 500 m. y MORDAZA de 1,000 m., de lo que se concluye que el proyecto de factibilidad tecnicamente es insuficiente en razon de la superficie denunciada que es de 3 ha. 4,500 m2, por lo que debe confirmarse la resolucion impugnada; Que el proyecto de factibilidad tecnico-economico obrante a fojas 50 no surte efecto legal al haber sido presentado por el impugnante con su escrito recepcionado con fecha 18 de enero de 1996 a fojas 4, vale decir fuera del plazo fijado por el Articulo 1" del Decreto Supremo N" OlO-97-AG; Que ademas mediante Informe Tecnico N" 260-98-AGPETT-DCPR, de 29 de octubre de 1998, el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural, indica que el predio materia del presente procedimiento en su totalidad es un arenal, donde no se ha efectuado trabajo alguno, encontrandose a las orillas del mar; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N" 25902; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tarrico contra la Resolucion Directoral Ejecutiva N" 141-98-AG-PETT, de 6 de MORDAZA de 1998, expedida por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, la que se confirma por cuanto el proyecto de factibilidad tecnico-economico correspondiente a su denuncio de tierras eriazas para otros usos agrarios, es tecnicamente insuficiente; devolvicandose los actuados al mencionado proyecto especial para su archivamiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 14094

Aceptan y aprueban donacion de vehiculos destinados a proyecto sobre alternativas tecnologicas para uso de tierras y seguridad alimentaria
RESOLUCION MINISTERIAL N ° 0650-98-AG MORDAZA, 1 de diciembre de 1998 VISTA: La Carta CP N" 1004/98 del 18 de noviembre de 1998, de CARE Peru, mediante el cual solicita la expedicion del acto administrativo que apruebe la donacion que efectua CARE Internacional a favor de CARE Peru; CONSIDERANDO: Que, CARE Peru es una institucion que ha renovado su inscripcion en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro, receptoras de Donaciones de caracter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior, segun MORDAZA de Inscripcion N" 00371-94/PRES-SECTI, expedida por la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional del Ministerio de la Presidencia; Que, mediante Carta de Donacion del 24 de setiembre de 1998 y documentacion sobre la donacion de la Secretaria de Estado de los Estados Unidos de MORDAZA legalizada por el Consul del Peru en MORDAZA, asi como por la Direccion de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, CARE Internacional comunica la donacion que efectua con fondos de la Agencia para el Desarrollo Internacional del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA USAID PL-480 Titulo II, de cinco (5) camionetas Toyota, Hi Lux, 4x4, Diesel, doble cabina, modelo LN166L-PRMDS, ano 1998, por un valor total C&F de US$64,010.50 (Sesenta y cuatro mil diez y 50/100 Dolares Americanos). a favor de CARE Peru; Que, dicha donacion se enmarca en el Convenio Base de Cooperacion entre el Proyecto Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS y CARE Peru, para apoyar la ejecucion de las actividades del Proyecto Alternativas Tecnologicas para el uso de Tierras y Seguridad Alimentaria - ALTURA, en el periodo 1997-2000, el cual tiene como base legal el Convenio suscrito entre el Gobierno de la Republica Peruana y la Cooperative for Ameritan Relief Everywhere CARE: Peru; De conformidad con los Decretos Legislativos N"s. 809 y 821, Decretos Leyes N"s. 21942 y 25902, Decreto Supremo N 099-96-EF y normas modificatorias y la Resolucion Suprema N" 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo lo.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano la donacion efectuada por CARE Internacional a favor de CARE Peru consistente en cinco (5) camionetas Toyota, Hi Lux, 4x4, Diesel doble cabina, modelo LN166LPRMDS, ano 1998, que presentan las siguientes caracteristicas:

por un valor total C&F de US$ 64,010.50 (Sesenta y cuatro mil diez y 50/100 Dolares Americanos), que se describe en la Carta de Donacion, de fecha 24 de setiembre de 1998, las Facturas N"s. TM124970 de fecha 4 de agosto de 1998 y N" TM113090 de fecha 13 de MORDAZA de 1998, Conocimiento de Embarque N"s. NYKSTBFK35000 del 24 dr agosto de 1998 y N" NYKSTBEK34672 del 27 de MORDAZA de 1998, puerto de embarque Yokohama, Japon, puerto de desembarque, Callao? Peru, que seran destinadas a apoyar las labores que eJecuta el ProyectoALTURA, en coordinacion con el PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura, en los departamentos de MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y la MORDAZA de MORDAZA (Huarochiri y MORDAZA Eulalia).

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