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Pág. 167022 ~(~~~~W:Vl*~ Lima, miércoles 9 de diciembre de 1998 solicitan se DECLARE HABILITADO COMO URBANO PARA USO DE COMERCIO SECTORIAL “C-3” el terre-no de 10,320.00 m2, constituido por el lote N° 1 con un área de 5,470.00 m2 y el lote N° 2 con un área de 4,850.00 m2, denominado “Potrero El Chilcal” ubicado a la altura del km. 12 de la Av. Túpac Amaru, distrito de Comas, provin- cia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 965-71-VI-DU de fecha 8 de junio de 1971, se autoriza a la Cooperativa de Vivienda Chacra Cerro Ltda. N° 364, para realizar Estu- dios de Habilitación Urbana, para Uso de Vivienda deCuarta Categoría, sobre el área de 10,320.00 m2, que forma parte del terreno denominado “El Chilcal”, ubicado en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; Que, por Acuerdo N° 02 tomado en Sesión N° ll-98 de fecha 8 de abril de 1998, la Comisión Metropolitana de Habilitación Urbana dictaminó SE DECLARE HABILI- TADO COMO URBANO PARA USO COMERCIAL “C- 3”, el terreno de 10,320.00 m2, ubicado a la altura del km. 12 de la Av. Túpac Amaru, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. No se consideran aportes para la zona de Uso Comercial “C-3”, quedando de entera respon- sabilidad por parte del Municipio Distrital de Comas, el control de que este Uso Comercial sea respetado, dejando a salvo el derecho del pago de aportes respectivos si éste no se cumpliese; Que, el recurrente ha cumplido con presentar la si- guiente documentacicín: a) Copia literal de dominio inscrita en las fichas N° 66085 y N° 66086 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. b) Certificado de Zonificación y Vías N° 083-97-MML- DMDU de fecha 24 de febrero de 1997. c) Copia literal del Registro de Personas Jurídicas inscritas en la ficha N° 7310 del Registro Público de Lima. d) Declaración Jurada de inexistencia de feudatarios y/o trabajadores agrícolas beneficiarios de la legislación agraria en el terreno a habilitar con firma legalizada del representante de la Cooperativa de Vivienda de la Urba-nización Popular Chacra Cerro Ltda. N° 364 de fecha 5 de marzo de 1997. e) Carta N” 136-SDPP-DG-RA/AR de fecha 14 de junio de 1972 expedida por la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural del Ministerio de Agri- cultura que expresa que no existen feudatarios ni otrosbeneficiarios de la ley de Reforma Agraria en el prediomateria de habilitación. f) Declaración Jurada de inexistencia de canales de regadío de parte del señor José Córdova Cancino en representación de la Cooperativa de Vivienda de la Urbani- zación Popular Chacra Cerro Ltda. N° 364 con fecha 8 de junio de 1998. g) Carta N° 260-81-VC-8430 de fecha 15 de junio de 1981, emitida por ESAL sobre la recepción de obras sanitarias. h) Resolución N° 136-83-D-ELM de fecha 28 de marzo de 1983 emitida por ELECTROLIMA S.A., recepcionando las obras eléctricas. i) Recibo N° 97-00014673-A cancelado en la Dirección de Tesorería de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de fecha 12 de marzo de 1997, por el monto de S/. 330.00 acreditando el pago de los derechos administrativos quegenera el presente trámite. j)Recibo N°5.8.0136301.2 cancelado en la Caja Muni- cipal de Crédito Popular de Lima, de fecha 5 de mayo de 1998 por el monto de S/. 452.39 acreditando el primer pago fraccionado conforme al Convenio de Fraccionamiento N 01363, por el concepto del pago de los derechos previstos en los Artículos II-XXI-3,II-XXI-4, y II-XXI-5 del Regla- mento Nacional de Construcciones. Estando al Informe N° 142-98-MML-DMDU-DGO-DHU- DCO de fecha 8 de junio de 1998 de la División de Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; Con lo recomendado por la Directora de Habilitacio- nes Urbanas y el Director General de Obras; De conformidad ron lo previsto en el Artículo 168” del Edicto Metropolitano N” 02 1 y el Artículo 3” del Decreto de Alcaldía N° 081-97 del 30 de octubre de 1997;SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARESE HABILITADO COMO URBANO, en vía de regularización el terreno de (10,320.OO m2) DIEZ MIL TRESCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS, constituido por el lote N” 1 con un área de 5,470.OO m2 y el lote N” 2, con un área de 4,850.OO m2 denominado “Potrero El Chilcal” de acuerdo al Plano signado con el N” 086-98-MMLDMDU-DGO- DHU, de propiedad de la COOPERATIVA DE VIVIEN-DA DE LA URBANIZACION POPULAR CHACRA CE-RRO LTDA. N“ 364, para Uso de Comercio Sectorial “C- 3”, ubicado a la altura del km. 12 de la Av. Túpac Amaru, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, yen consecuencia autorizar la libre adjudicación de lotes. Artículo Segundo.- Del área total de 10,320.OO m2, constituido por los lotes W 1 y lote N” 2 están distribuidos de la siguiente manera: El lote N” 1 con un área total de 5,470.OO m2 le corresponde Area Util 3,987.Ol m2 distribuido de la si- guiente manera: El lote N” 5 de la manzana “A” con 78.00 m2 corres- ponde a la Subestación Eléctrica. De la diferencia de 1,482.99 m2 corresponde a Area de Vías 767.19 m2 y Areas por Compensar con 715.80 m2. El lote N” 2 con 4,850.OO m2 le corresponde un Area Util de 2,880.97 m2 distribuido de la siguiente manera: EEl De la diferencia de 1,969.03 m2 corresponde a Area de Vías 1,364.15 m2 y Areas por Compensar con 604.88 m2. Por tratarse de una habilitación urbana para uso comer- cial no está afecto Aportes Reglamentarios, sin embargo encaso de realizar edificaciones para Uso Residencial los inte-resados deberán abonar el derecho de pago a las entidades correspondientes por los aportes respectivos. Artículo Tercero.- DISPONER, que los propietarios de la habilitación quedan obligados a insertar en los Contratos de Adjudicación que celebren, las cláusulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes comerciales. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la nresente resolución en el Diario Oficial El Peruano aI cargo de los interesados. -Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente resolu- ción a la Oficina Registra1 de Lima y Callao, para la inscrip- ción correspondiente, a la Municipalidad Distrital de Co-mas, y a la Superintendencia Nacional de AdministraciónTributaria W.JNAT), para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal (e) Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 14374 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Otorgan beneficio de regularización tributaria en el distrito ORDENANZAMUNICIPAL w 013-98 Chaclacayo, 30 de noviembre de 1998