Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 1998 (11/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 560, Decreto Supremo N" 053.84.PCM, Decreto Supremo N" 074-85-PCM, Decreto Supremo N" OlO-88PCM, Decreto Supremo N" 13590-PCM, Decreto Supremo N" 037-91.PCM, Decreto Supremo N" 031-89-EF y Decreto Supremo N" 041-94.PCM SE RESUELVE: Articulo l".- Autorizar el viaje al exterior del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Proyecto Brasil de PROMPERU ala MORDAZA de Brasilia Brasil del 10 al 11 de diciembre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolucion seran con cargo del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 Comision de Promocion del Peru - PROMPERU del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Viaticos : US$ 200.00 : US$ 905.05 - Pasaje - Tarifa Corpac : US$ 25.00 Articulo 3".- La presente resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimorl Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULC Presidente del Consejo de Ministros 14524

Ratifican el Tratado de Comercio y Navegacion entre los Gobiernos de las Republicas del Peru y Ecuador
DECRETO SUPREMO No 041-98-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el'Tratado de Comercio y Navegacion entre los Gobiernos de la Republica del Peru y la Republica del Ecuador", fue suscrito por los respectivos Ministros de Relaciones Exteriores, en la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, el 26 de octubre de 1998; el mismo que ha sido aprobado por Resolucion LeGslativa N" 26996, de 23 de noviembre de 1998, promulgada el 24 de noviembre de 1998; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118", inciso 11) de la ConstituciOn Politica del Peru, y en el Articulo 2" de la Ley N" 26647; DECRETA: Articulo Unico.- Ratificase el "Tratado de Comercio y Navegacion entre los Gobiernos de la Republica del Peru y la Republica del Ecuador", suscrito or los respectivos Ministros de Relaciones Exteriores, en Pa MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, el 26 de octubre de 1998. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 14517

Ratifican el "Acuerdo de Constitucion de la Comision Binacional PeruanoRatifican Acuerdo Amplio Peruano- Ecuatoriana sobre Medidas de ConEcuatoriano de Integracion Fronteriza, fianza Mutua y de Seguridad" Desarrollo y Vecindad y sus Anexos DECRETO SUPREMO
DECRETO SUPREMO N" 040-9%RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Acuerdo Amplio Peruano-Ecuatoriano de Integracion Fronteriza, Desarrollo y Vecindad y SUS Anexos, fue suscrito por los respectivos Ministros de Relaciones Exteriores, en la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, el 26 de octubre de 1998; el mismo que ha sido aprobadoporResolucionLegislati~~a~'26995,de23denoviembre de 1998, promul MORDAZA el 24 de noviembre de 1998; De conformida f con lo dispuesto en el Articulo 118", inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2" de la Ley N" 26647; DECRETA: Articulo Unica- Ratificase el Acuerdo Amplio Peruano-Ecuatoriano de Integracion Fronteriza, DesarroLlo y Vecindad y sus Anexos, suscrito por los respectivos Ministros de Relaciones Exteriores, en la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, el 26 de octubre de 1998. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRAKDA Ministro de Relaciones Exteriores 14516 No 042-9%RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo de Constitucion de la Comision Binacional Peruano-Ecuatoriana sobre Medidas de Confianza Mutua y de Seguridad", fue suscrito en Brasilia, por intercambio de Notas entre los Cancilleres del Peru y del Ecuador, respedivamentc, el 26 de octubre de 1998; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratifkacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57"~ 118", inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2" de la Ley N" 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito previo de la aprobacion por el Congreso; DECRETA: Articulo l".- Ratificase el"Acuerdo de Constitucion de la Comision Binacional Peruano-Ecuatoriana sobre Medidas de Confianza Mutua y de Seguridad", suscrito en Brasilia, por intercambio de Notas entre los Cancilleres del Peru y del Ecuador, respectivamente, el 26 de octubre de 1998. Articulo 2".- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORX Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores

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