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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (11/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 2

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo N” 560, Decreto Supremo N” 053.84.PCM, Decreto Supremo N” 074-85-PCM, Decreto Supremo N” OlO-88- PCM, Decreto Supremo N” 13590-PCM, Decreto Supremo N” 037-91.PCM, Decreto Supremo N” 031-89-EF y Decreto Supremo N” 041-94.PCM SE RESUELVE: Artículo l”.- Autorizar el viaje al exterior del señor Boris Gómez Luna, del Proyecto Brasil de PROMPERU ala ciudad de Brasilia Brasil del 10 al 11 de diciembre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Boris Gómez Luna - Viáticos : US$ 200.00 - Pasaje : US$ 905.05 - Tarifa Corpac : US$ 25.00 Artículo 3”.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimorl Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULC Presidente del Consejo de Ministros 14524 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Acuerdo Amplio Peruano- Ecuatoriano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad y sus Anexos DECRETO SUPREMO N” 040-9%RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Acuerdo Amplio Peruano-Ecuatoriano de In- tegración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad y SUS Anexos, fue suscrito por los respectivos Ministros de Relacio- nes Exteriores, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 26 de octubre de 1998; el mismo que ha sido aprobadoporResoluciónLegislati~~a~’26995,de23denoviem- bre de 1998, promul ada el 24 de noviembre de 1998; De conformida fcon lo dispuesto en el Artículo 118”, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 2” de la Ley N” 26647; DECRETA: Artículo Unica- Ratifícase el Acuerdo Amplio Perua- no-Ecuatoriano de Integración Fronteriza, DesarroLlo y Vecindad y sus Anexos, suscrito por los respectivos Minis- tros de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Brasilia, Repúbli- ca Federativa del Brasil, el 26 de octubre de 1998. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRAKDA Ministro de Relaciones Exteriores 14516Ratifican el Tratado de Comercio y Navegación entre los Gobiernos de las Repúblicas del Perú y Ecuador DECRETO SUPREMO No 041-98-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el’Tratado de Comercio y Navegación entre los Gobiernos de la República del Perú y la República del Ecuador”, fue suscrito por los respectivos Ministros de Rela- ciones Exteriores, en la ciudad de Brasilia, República Federa- tiva del Brasil, el 26 de octubre de 1998; el mismo que ha sido aprobado por Resolución LeGslativa N” 26996, de 23 de noviembre de 1998, promulgada el 24 de noviembre de 1998; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118”, inciso 11) de la ConstituciOn Política del Perú, y en el Artículo 2” de la Ley N” 26647; DECRETA: Artículo Unico.- Ratifícase el “Tratado de Comer- cio y Navegación entre los Gobiernos de la Repúbli- ca del Perú y la República del Ecuador”, suscrito or los respectivos Ministros de Relaciones Exteriores, en a CIU-P dad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 26 de octubre de 1998. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 14517 Ratifican el “Acuerdo de Constitución de la Comisión Binacional Peruano- Ecuatoriana sobre Medidas de Con- fianza Mutua y de Seguridad” DECRETO SUPREMO No 042-9%RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el “Acuerdo de Constitución de la Comisión Binacional Peruano-Ecuatoriana sobre Medidas de Confianza Mutua y de Seguridad”, fue suscrito en Brasi- lia, por intercambio de Notas entre los Cancilleres del Perú y del Ecuador, respedivamentc, el 26 de octubre de 1998; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifka- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57”~ 118”, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 2” de la Ley N” 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito previo de la aprobación por el Congreso; DECRETA: Artículo l”.- Ratifícase el”Acuerdo de Constitución de la Comisión Binacional Peruano-Ecuatoriana sobre Medidas de Confianza Mutua y de Seguridad”, suscrito en Brasilia, por intercambio de Notas entre los Cancilleres del Perú y del Ecuador, respectivamente, el 26 de octubre de 1998. Artículo 2”.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORX Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores