Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 1998 (11/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

I.ima. vicmes Il dc dicicmhre dc 1908 FUNCIONES DE LA COMISION Administracion de las aguas del MORDAZA Articulo 12".- La Comision tendra a cargo la operacion, el mantenimiento y el mejoramiento del MORDAZA de Zarumilla, con la finalidad de asegurar el aprovechamiento efkiente de las aguas que fluyen por el MORDAZA, de conformidad con el presente Reglamento. Articulo 13".- La Comision asumira estas responsabilidades a partir de la fecha en que se instale, de conformidad con el ultimo parrafo del articulo final del presente Reglamento. Articulo 14"~ Corresponde a la Comision adminiskar las aguas del MORDAZA de Zarumilla. Para tal efecto mantendra las escalas limnimetricas necesarias para realizar satisfactoriamente labores de hidrometria Y de control de caudales. De ser del caso, instalara nuevas estaciones limnigraiicas para el permanente y mas preciso control de los caudales que ingresen al MORDAZA, asi como de los que continuen por el rio Zarumilla. Para manteneractualizadaslaslabores de hidrometria, la Comision podra incorporar en el MORDAZA sistemas complementarios, automaticos o no, de medicion y transmision instantanea a distancia de niveles de agua y caudales que se capten o que pasen sobre el azud del MORDAZA, para conocimiento de los dos paises. Los costos correspondientes seran de cuenta del Peru si se refiere a la bocatoma y de los dos paises si se refieren al Canal. El Ecuador por su parte, mantendra los terminales necesarios para recibir la informacion proveniente del citado sistema automatico de medicion y transmision a distancia. En la calibracion de las estaciones de transmision a distancia intervendran tecnicos de los dos paises. Articulo 15".- La Comision distribuira el flujo del MORDAZA, de modo que el Ecuador pueda utilizar del total disponible el 55%' y el Peru el 45%. Cuando los caudales se encuentren entre el 1,5 m3k y el 0,4 m3.?s, los dos paises los utilizaran por turnos. Desde los 0,4 metros cubicos por MORDAZA o menos, todo el caudal se considerara como caudal ecologico para mantener la salubridad hasta su desembocadura en el mar. Las aguas subalveas que pudieren obtenerse seran com artidas por los dos paises en los mismos porcentajes esta E lecldos en el presente articulo. Articulo 16".- Cada Seccion Nacional fijar8 las tarifas de agua para su territorio, de acuerdo con sus reglamentaciones. Operacion, Mantenimiento y Mejoramlento del Sistema Articulo lT.- La Comision elaborara y adoptara el Manual Operativo del MORDAZA que incluya el manejo de las compuertas de aduccion en base a lo dispuesto en este Reglamento. El Peru mantendra a su costo la bocatoma, segun las instrucciones del fabricante y la operara de acuerdo al Manual Operativo que adopte la Comision. Articulo 18".- La Comision programara anualmente las tareas de mantenimiento del MORDAZA, considerando las recomendaciones contenidas en el manual de mantenimiento adoptado por ella. Las dos secciones nacionales asignaran partidas resupuestarias equivalentes para el mantenimiento del e anal, en el tramo de la conduccion. Los costos de las reparaciones que fueran necesarias a las obras de particion tambien seran compartidos por igual por los dos paises. Los de derivacion a MORDAZA secundarios seran de cuenta de los respectivos paises. El presupuesto para mantenimiento y operacion de la bocatoma y el sistema de transmisian a distancia a incorporarse, de los desarenadores, sus aliviaderos y compuertas de fondo, asi como del azud y sus compuertas de purga, lo asumira anualmente el Peru, de conformidad con el Acuerdo de Bases. El presupuesto para el mantenimiento de los muros de defensa de la bocatoma y del azud en cada una de las riberas de los dos paises sera asumido por las Secciones Nacionales respectivas, para su aplicacion tan pronto lo permita el regimen de las aguas, a efecto de iniciar de inmediato la utilizacion del MORDAZA, e impedir inundaciones en los siguientes periodos de avenidas a los sectores vecinos al MORDAZA y a las ciudades de Huaquillas y Aguas Verdes. Articulo 16".- La Comision mantendra limpio el cauce y las margenes del MORDAZA de Zarumilla en todo su recorrido, procurando para ello la participacion de los vecinos del lugar y de sus autoridades sectoriales.

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Articulo 20".- La Comision podra modificar de acuerdo :on la experiencia el Manual Operativo con miras a su >erfeccionamiento. Ademas, dictara normas complementalas para las diversas operaciones que requieren el mantenmiento y la optima utilizacion del Canal. La Comision, a traves de las Secciones Nacionales, lisenara y construira las obras de particion y derivacion ,ara la utilizacion de los respectivos derechos de agua establecidos y para el mantenimiento y mejoramiento del :anal de Zarumilla. Articulo 21".- Las extracciones de agua del MORDAZA por >ombeo seran contabilizadas, a efecto de que ambos paises luedan aprovechar los porcentajes de derechos estableciios, con la mayor aproximacion posible. Los costos de las obras especificas para facilitar bom,eos controlados que no desequilibren el uso de los derechos icordados seran de cuenta de cada pais. Articulo 22".- La Comision acordara la construccion de as obras de particion de las aguas que fluyan por el MORDAZA, le manera que se cumpla lo estipulado en el Art. 15"de este Reglamento. Los partidores seran preferentemente de MORDAZA porcenual, disenados para su funcionamiento en regimen critico. Se los ubicara en consideracion a la situacion geografica de as areas de riego de los dos paises y a otras necesidades de las poblaciones. Los caudales que se deriven se ajustaran a `os derechos de las partes. Articulo 23".- La Comision promovera la adopcion de nedidas y ejecucion de obras de saneamiento y de beneficio ~ologico con la utilizacion de las aguas del Canal. Capacitacion del personal Articulo 24".- La Comision capacitara a personal a fin de que cumpla eficientemente sus funciones de operar el MORDAZA, controlar niveles de agua, manejar compuertas segun la distribucion acordada para la aplicacion de los derechos de cada MORDAZA y entregar agua por turnos o volumenes (QxT) que han de establecerse para poner en funcionamiento MORDAZA secundarios en tiempo de escasez de aguas. Articulo 25".- La Comision impulsara la capacitacion de los regantes por parte de las respectivas Secciones Nacionales, las cuales podrian contratar consultor-fas para ese fin. Este entrenamiento abarcara, entre otros, la capa/citacion que les permita reparar en corto tiempo al menor costo posible, los danos que se ocasionaren en e 1' Canal. Intercambio de Informacion Articulo 26".- La Comision promovera el intercambio de informacion hidrometeorologica y de sedimentos entre las Secciones Nacionales, su procesamiento y cuantiticacion de la descarga liquida y solida del rio Zarumilla, a la altura de la bocatoma, asi como la actualizacion anual de esta informacion y de otros parametros climaticos utiles para el uso del agua. Funciones de las Secciones Nacionales Articulo 27".- Las Secciones Nacionales seran responsables ante la Comision por el cumplimiento de las resoluciones de estas en el territorio del respectivo pais. Las Secciones Nacionales obtendran de las correspondientes autoridades e instituciones competentes de su MORDAZA, publicas o privadas, la participacion que les corresponda para el cumplimiento de t,ales resoluciones y la atencion debida a las recomendaciones. Articulo 28".- Las Secciones Nacionales cumpliran su :ometido en coordinacion y cooperacion entre ellas, a fin de armonizar sus politicas y actividades para asegurar el jptimo aprovechamiento del recurso agua y de sus esfuerzos en el uso del canal. Articulo 29".- Las Secciones Nacionales seran responsables por la eficiente administracion de las aguas del MORDAZA, con sujecion a sus leyes y reglamentos nacionales y I en concordancia con las resoluciones y recomendaciones de la Comision. Articulo 30".- Cada Seccion Nacional determinara para su MORDAZA los tipos de riego a implantarse con las aguas del MORDAZA, con miras a asegurar una mayor eficiencia en la utilizacion del recurso. Articulo 31".- Las Secciones Nacionales gestionaran el financiamiento de estudios, de proyectos acordados y de su ejecucion. A tal fin se encargaran de obtener la preparacion de la documentacion tecnica y legal y los terminos de referencia correspondientes. Articulo 32".- Las Secciones Nacionales velaran por el mantenimiento, en coordinacion entre ellas, de las obras de encauzamiento (muros de defensa) aguas arriba de la

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