Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 1998 (31/12/1998)


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De conformidad con lo establecido en el Articulo 9" de la Ley N" 26284 y en la Directiva General para Atender y Resolver Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento, aprobada por Resolucion de Superintendencia N 040-94-PRES-VMI-SSS; SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar FUNDADO el reclamo interpuesto por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Zonal Paita de la MORDAZA de Beneficios y Seguridad Social del Pescador, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, con lo cual se da por agotada la via administrativa. Articulo ??.- Ordenara EPS GRAU S.A. refacturar los consumos de la entidad reclamante a partir de setiembre de 1997, en base a la Asignacion de Consumo de acuerdo a la categoria del inmueble, y segun el diametro de la conexion, facturacion que debera mantenerse en tanto no se instale un medidor operativo en el predio de la entidad reclamante. Articulo 3".- Requerir a EPS GRAU S.A. que en plazo MORDAZA e imororroeable de diez (10) dias habiles comuutados desde ei dia si-piente de la notificacion de ha preskte resolucion, remita tanto a la entidad recurrente como a esta Superintendencia, el cuadro analitico de la refacturacion ordenada en el articulo precedente, debiendo apreciarse con claridad la diferencia entre el monto :facturado originalmente y el refacturado. Articulo 4".- Sancionar a EPS GRAU S.A. con Amonestacion Escrita por la infraccion senalada en la parte considerativa de la presente resolucion, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del Articulso 2" de la Resolucion de Superintendencia N" 09595PRES-VMISUNASS. Articulo 5".- Encargar al Departamento de Administracion Documentaria y Archivo la notificacion de la presente resolucion a las partes interesadas, a la Comision de Proteccion al Consumidor del INDECOPI, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, cumplase y archfvese. MORDAZA MORDAZA MAU Superintendente 15255

MORDAZA, jueves 3 1 dc diciembre de 1998

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CONASEV
Prorrogan plazo de adecuacion de reglamentosinternos, contratos y prospectos de colocacion de Fondos Mutuos y entrada en vigencia de normas relativas al MORDAZA
RESOLUCION CONASEV N" 174-98.EF/94.10 MORDAZA, 29 de diciembre de 1998 VISTOS: El Informe Conjunto N" OOl-9%EF/94.20,!34.55 presentado por la Oficina de Asesoria Juridica y la Gerencia de Intermediarios y Fondos; con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV N" 084-98-EF, I 94.10 se aprobo el Reglamento de Fondos Mutuos dc Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras manteniendo la vigencia hasta el 31 de diciembre de; presente ano de los articulos comprendidos en el Capitulc II del Titulo IV del antiguo Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion envalores y sus Sociedades Administradoras aprobado mediante Resolucion CONASEV N" 078-97-EF. 94.10, referidos a las garantias que deben constituir lat

sociedades administradoras de fondos mutuos de inverrion en valores; Que. el Articulo 264" de la Lev del MORDAZA de Valores, 3ecGetO Legislativo N" 861, ekablece que la sociedad idministradora de fondos mutuos de inversion en valores ?sta obligada a indemnizar a los fondos mutuos bajo su administracion y a los participes por los perjuicios que MORDAZA ) cualquiera de sus dependientes o personas que le pres;en servicios les causaren, como consecuencia de la ejecu:ion u omision, segun corresponda, de cualquiera de las prohibiciones contenidas en dicha ley o las disposiciones ie caracter general que dicte CONASEV, estando esta disposicion recogida en el Articulo 10l"del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion envalores y sus Sociedades kdministradoras; Que, resulta necesario prorrogar la vigencia de los wticulos comprendidos en el Capitulo II del Titulo IV del antiguo Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras; aprobado mediante la Resolucion CONASEV N" 07%97-EF194.10; Que, por otra parte, la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras dispone que Las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos de [nversion en Valores deben adecuar los reglamentos internos, contratos y prospectos de colocacion de cada fondo mutuo, a las disposiciones previstas en el reglamento y presentar a CONASEV la solicitud y documentacion correspondiente a mas tardar el 31 de octubre de 1998; asimismo, la figura del MORDAZA es una de las modificaciones incorporadas que requiere un mayor periodo de adecuacion; Que, es conveniente uniformizar criterios a fin de establecer el contenido minimo de los reglamentos internos, contratos y prospectos de colocacion de cada fondo mutuo; lo cual permitira simplificar y homogeneizar la informacion a proporcionar al potencial participe; asi como otorgar un mayor periodo de adecuacion para la implementacion de los Custodios; por lo que resulta necesario postergar la aplicacion de las normas referidas a la adecuacion de los reglamentos internos, prospectos de colocacion y contratos, asi como las normas relativas a los Custodios; y, EstandoalodispuestoporelArticulo259"delaLeydel MORDAZA de Valores, asi como a lo dispuesto en el inciso a) del Articulo 2" e inciso b) del Articulo 11" del Texto Unico Concordado de la Lev Organica de CONASEV. aorobado por Decreto Ley W 26126:~ alo acordado por elD&ectorio reunido en sesion de fecha 28 de diciembre de 1998; SE RESUELVE: Articulo lo.- Prorrogar la vigencia de los articulos comprendidos en el Capitulo II del Titulo IV del antiguo Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEVN"078-97-EFi94.10, hasta el 30 de junio de 1999. Articulo 2".- Prorrogar el plazo de adecuacion de los reglamentos internos, contratos y prospectos de colocacion de cada Fondo Mutuo, previsto en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N" 084-9%EF/ 94.10, debiendo presentar las sociedades administradoras la solicitud y documentacion correspondiente a mas tardar el 5 de MORDAZA de 1999. La referida documentacion debera incluir un ejemplar del modelo de contrato de custodia a suscribir entre la sociedad administradora y el MORDAZA, asi como la designacion del respectivo Custodio. Articulo 3"~ Prorrogar la entrada en vigencia de las normas relativas al MORDAZA, prevista en la Tercera Disposicion Transitoria del Reglamento de Fondos Mutuos de InversiOn en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N"084-9%EF/94.10, las mismas que regiran a partir del 1 de junio de 1999. Articulo 4".- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5".- Transcribase la presente resolucion a las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos de Inversion en Valores inscritas en el Registro Publico del MORDAZA de Valores.

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