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Pág. 168170 efmmo (3M'J:~lW:~fl~ Lima, jueves 3 I dc diciembr<: de 19% OOl-98/MAIOAURH/UL convocado de conformidad con la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva N” 26979. Artículo Segundo.- Designar como auxiliares co- activos de la Municipalidad de Ate, en adición a las designadas con la Resolución de Alcaldía N” 698 del 17 de diciembre de 1998 a las siguientes personas que ocuparon el sétimo y octavo lugar en el concurso público de méritos: CANALES PONCE DE LEON, Elizabeth Monica SANCHEZ CARRANZA, Zoila Nilda Artículo Tercero.- Las designaciones efectuadas con la Resolución de Alcaldía N” 698 del 17 de diciembre de 1998 y la presente resolución, deben ser cubiertas con las plazas vacantes que tenga la Municipalidad Distrital de Ate e incluirlas en el Cuadro de Asignación de Personal. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE PAJUELO ROLDAN Alcalde 15393 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban proyectos de habilitación urbana para uso residencial de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION DE ALCALDIA N” 837-98ALCYMDEA El Agustino, 2 de octubre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: Los Expedientes NS. 5135 y 8216, seguidos por la ASOCIACION DE VIVIENDA RESIDENCIAL PRIMA- VERA, por el que solicitan la Regularización de Habili- tación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de 43,250.OO m2, constituido por el denominado Lote N” 02 del ex fundo Vicentelo Bajo, ubicado en el distrito de El Agustino, provincia y depar- tamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución MLMAM-SMDU N” 109, de la Municipalidad Metropolitana de Lima de fecha 5 de mar- zo de 1987, se aprueban los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso de Vivienda del terreno de 43,250.OO m2, constituido por el denominado Lote N” 02 del ex fundo Vicentelo Bajo, ubicado en el distrito de El Agustino, provincia y departamento de Lima; Que, por Acuerdo de la Comisión Metropolitana de Habilitación Urbana de la Municipalidad Metropolitana de Lima N” 05, tomado en Sesión N” 26-98 de fecha 31 de julio de 1998, se aprueba el Proyecto de Habilitación Urbana en Vías de Regularización del terreno de 43 250.00 m2, constituido por el denominado Lote N” 02 del ex fundo Vicentelo Bajo, ubicado en el distrito de El Agustino, provincia y departamento de Lima; Que, la recurrente ha cumplido con presentar la si- guiente documentación: Copia de contrato privado de compraventa, a favor de la Asociación Residencial Primavera. Copia de la Resolución de la Corte Suprema de la República, firmado por la Dra. María Julia Pisconti D., de fecha 15 de noviembre de 1995, ordenando la reivin- dicación del terreno seguido por la Asociación de Vivienda Residencial Primavera.Copia literal de la Partida Registra1 N” 8171 del Regis- tro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima, donde consta la inscripción de la Asociación de Vivienda Residencial Primavera. Copia de Certificado de Zonilkación y Vías W 559-A- 97-MML-DMDU, de fecha 20 de noviembre de 1997, el que califica al terreno con el Uso Residencial de Densidad Media R-4, no estando afecto al Plan del Sistema Vial Metropolitano de Lima al 2010. Declaración Jurada del representante legal sobre la veracidad de los documentos de la transferencia de la propiedad y que se han ejecutado obras parcialmente. Declaración Jurada con firma legalizada de los repre- sentantes sobre inexistencia de feudatarios ylo trabajado- res dedicados a labores agropecuarias, de conformidad con el Art. II-IV-12.1 del Reglamento Nacional de Cons- trucciones. Orden de Pago N” 001284, de fecha 23 de setiembre de 1998 por un monto de S/. 80.00 nuevos soles. acreditando la cancelación de los derechos administrativos que genera el nresente trámite. *Orden de Pago N” 001285, de fecha 23 de setiembre de 1998 por unmonto de S/. 346.00 nuevos soles. acreditando la cancelación de los derechos administrativós que genera la inspección ocular. Orden de Pago N” 001286, de fecha 23 de setiembre de 1998 por un monto de S/. 346.00 nuevos soles, acreditando la cancelación de los derechos administrativos que genera la revisión de proyectos. Estando al Informe N” 1869-98CAT-DDU-MDEA, de la Oficina de Catastro y Habilitaciones Urbanas; Con la aprobación del Director de Desarrollo Urbano y de la Oficina de Asesoría Legal y el Director Municipal de la Municipalidad Distrital de El Agustino; De conformidad con lo previsto en el Art. 3” de la Ley N” 26878 General de Habilitaciones Urbanas y en uso de las facultades que le confiere el Art. 47” Inc. de la Ley N” 23858 - Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, de conformidad con el Plano signado con el N” OOl-98.CAT-HAB-DDUMDEA, los Proyectos de Habilitación Urbana para Uso Residen- cial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 43,250.OO m2, constituido por el denominado Lote W 02 del ex fundo Vicentelo Bajo, ubicado en el distrito de El Agustino, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la ASOCIA- CION DEVMENDARESIDENCIAL PRIMAVERA, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, las obras de Habilitación Urbana, cuyos proyectos se aprueban, de- biendo sujetarse ésta, el plano firmado y sellado por la Dirección de Desarrollo Urbano, de acuerdo al siguiente cuadro de áreas: AREA BRUTA AREA SUJETA A APORTES AREA UTIL DE VIVIENDA 1AREA DE RECREACION PUBLICA AREA DE VIAS Deberá respetar las siguientes especificaciones técni- cas: Pavimentos.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesa- rio efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mez- clándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo conte- nido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, proveniente de cantera seccionada, que contenga proporciones adecuadas de material, gruesos