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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (31/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

Pág. 168174 ~~~krmano&&f:firlWM*~ Lima, jueves 3 1 de diciembre de 1998 En caso de pavime ntos flc?xibles, se considerará un sardinel sumergido de concreto con f ‘c=210 k./cm2, en el borde de la pista expuf esta. En cada etapa de la constru cción se deberá efectuar los controles de calidad dl~ conformidad a las Normas Técni- cas existentes. VEREDA Serán de concret o con resistencia a la compresión fc=140 k./cm2, de0.1 Om. deee;pesoryserácolocadasobre una base de materia 1 seleccionado con ancho mínimo de 0.10 m. debidamente 5 niveladcl y compactado. El desnivel con n elación a 1 a calzada será de 0.15 m. y su acabado debe sel. con mez<:la cemento-arena fina, en proporción 1:2 de u n centímetro de espesor, bruñado a cada 1.0 m., con jun tas de 3/4” cada 5.00 m.1. En los extremo s expuestcls yio en contacto con las calzadas, se constrt lirán simu.ltáneamente alas veredas, los sardineles de vz :redas de 0.15 x 0.30 m. RAMPAS PEA’ I’ONALES Serán de concr eto con f ‘c= 140 k./cm2, debiendo ajus- tarse a lo estable :cido por el Reglamento Nacional de Construcciones. OBRAS SAN1 TARIAS Serán ejc:cuts tdas de conformidad con el proyecto de Agua Potab’ie y1 Icantarillado que deben ser aprobados por SEDAPAL, ( lebiendo poner en conocimiento de dicha compañía, ‘ia fec :ha de inicio y término de las obras. ELEC”rRICI [DAD ORDENANZA Los irlteres ados deberán solicitar a EDELNOR la instalaciijn de 1 as redes primarias y secundarias de ener- gía eléctr ?ca pú blica y domiciliaria, los cuales serán ejecu- tados dc 2 acue rdo a los planes de expansión de dicha compañ ía.Artículo Primero.- Incluir dentro de las causales señaladas en el Art. 33”de la Ordenanza W 00598-CDSB- C la siguiente: J) La violencia familiar practicada a la cónyuge o conviviente, así como el abandono físico-moral de la mis- ma y de sus hijos; en este caso la autorización será trasladada al cónyuge o conviviente agraviado, revocán- dose la misma al titular.IN,r ;TALAfCIONES TELEFONICAS Pal ra las irlstalaciones telefónicas, la parte interesada deber ácoordi.nar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Exte> .nas de dlicha compañía, para la instalación de duetos y cár naras y ‘la reserva de áreas para centrales. Artículo Cuarto.- Exonérese del pago por concepto del déficit de aportes reglamentarios, en mérito alo dispues- to en el numerztl II XIV-7.2 del Reglamento Na.cional de C onstrucciones Artículo Q!uinto.- Autorícese la inscripcibn indivi- f lualizada de los lotes que conforman la presente habili- tación, de conformidad con la Memoria Descriptiva y Plano que, debidamente sellados y firmados, forman par- te integrante <Ie la presente resolución. Artículo Sexto.- Considérese la presente habilita- ción con construcción simultánea. Los propietarios de los lotes deberán solicitar previamente las respectivas auto- rizaciones y licencias de construcción a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Séptimo.- Inscríbase en forma definitiva a favor de la Municipalidad de San Martín de Forres, las áreas de aporte reglamentario al uso de vivienda para recreación pública de 41,183.20 m2, conforme aparece en el plano materia de aprobación de esta resolución. Artículo Octavo.- Inscribase en forma definitiva a favor del Ministerio de Educación las áreas de aporte para educación de 10,606.14 m2, sobre el área destinada 2 vivienda. Artículo Noveno.- La publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano estará a carg< de los interesados., Artículo Décimo.- Transcríbase la presente resolu ción a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y fines. Regístrese, publíquese y cúmplase. JAVIER KANASHIRO YWAMOTO Alcalde 15397/ - MUNICICFALfDAD DE SAN BORJA Modifican el Reglamento de Comercio en la vía pública del distrito en lo refe- rido a infracciones y sanciones ORDENANZA N” 129-98-CDSB-C San Borja, 24 de diciembre de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Visto en la IX-98 Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 21-12-98 el Dictamen W 005-98-CDSB-CCYDC de la Comisión de Comercialización y Defensa del Consumi- dor, el pedido del Regidor Alfredo León Segura, respecto a modificar el Título VIII - de las Infracciones y Sanciones de la Ordenanza N” 005-95-CDSB-C, considerando que existe gran cantidad de casos de violencia familiar por parte de los vendedores ambulantes, así como de abando- no físico y moral; Estando a lo dispuesto en el Artículo 109” de la Ley Orgánica de Municipalidades W 23853, se aprueba la siguiente: Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Ser- vicios Comunales el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Alcaldesa 15290 Prorrogan vigencia de ordenanza refe- rida a arbitrios, para el año 1999 ORDENANZA W 130-9%CDSB-C San Borja, 28 de diciembre de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Visto en la IX-98 Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 21-12-98 respecto a arbitrios municipales para el ejercicio gravable 1999; CONSIDERANDO: Que la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Legislativo N” 816 -Texto del Código Tributario faculta a los Gobiernos Locales a que mediante ordenanza puedan crear y/o modificar los arbitrios; Que mediante Ordenanza N” 094-98-CDSB-C se aprue- ba los arbitrios para el ejercicio 1998, ordenanza que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 26-l-98; Estando a lo dispuesto en el Artículo 109” de la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853, se aprobó lo siguiente: