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Lima, martes 20 de enero de 1998 Artículo So.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Subregional de Pesquería de Puno, Municipali- dad de Puno, Gobierno del Conse’o Transitorio de Adminis- tración Re ‘onal de la Región recciones &ldoquegua-Tacna-Puno, Di- nerales de Gobierno Interior y de la Policía Nacional del Per& del Ministerio del Interior y Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 0661 Otorgan licencias de operación a emm presas para que desarrollen la activi- dad de procesamiento de productos hidrobiológicos a través de plantas de harina de pescado RESOLUCIONDIRECTORAL w OO&BRPEtDNPP Lima, 19 de enero de 1998 Visto el escrito con Registro No 05890 de fecha 14 de mayo de 1997, presentado por PESQUERA HAYDUK S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial No 053-93-PE de 14 de julio de 1993, se otorgó a PESQUERA HAYDUK S.A., autorización para la instalación de una planta de harina de pescado de alto contenido proteínico en su estableci- miento industrial pes uero a ubicarse en el distrito de Carquín, provincia de ‘kuaura, departamento de Lima, con una capacidad proyectada de 60 ti de procesamiento de materia prima; Que por Resolución Ministerial N” 263-96-PE de 14 de mayo de 1996, se otorgó a PESQUERA HAYDUK S.A., autorización para efectuar el cambio de ubicación de su establecimiento industrial pesquero del distrito de Carquín a Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que mediante el escrito del visto PESQUERA HAY- DUK S.A., solicita licencia ara la operación de su planta de harina de alto conteni Bo proteínico, instalada en el establecimiento industrial pesquero que se indica en el considerando precedente; Que la Dirección de Control, mediante Informe No 097- 97,PE/DNPP-Dc de 9 de octubre de 1997, señala que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos esta- blecidos del Procedimiento No 23, de licencia de o eración corres ndiente a dicha Dirección, del Texto 6nico de Procerimientos Administrativos del Ministerio de Pes- quería, aprobado por Decreto Supremo No 08-95PE; Que la Dirección del Medio Ambiente, mediante Oficio No 84597-PE/DIREMA de 8 de setiembre de 1997, señala 1ue ha cumplido con ejecutar las medidas de mitigación el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), presentado por la recurrente; De conformidad con los Artículos 43O inciso d), 45”~ 46’ de la Ley General de Pesca - Decreto Le Artículos 60”~ 61Ode su Reglamento, aprotNo 25977, los ado por Decre- to Supremo No Ol-94-PE, modificado por Decreto Su re- mo W 09-94PE, Resolución Ministerial No 322-95- I!E y con lavisación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas mediante Decreto Supremo No OlO-97-PE; SE RESUELVE:L Artículo lo.- Otorgar a PESQUERA HAYDUK S.A., licencia de operación para que desarrolle la actividad de procesamiento pes uero de productos hidrobiológicos a través de su planta 1e harina de pescado de alto contenido proteínico, en su establecimiento industrial ubicado en caletavégueta, distrito de Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima, con una capacidad instalada de: Harina de pescado de alto contenido proteínico : 50 t/h de procesamiento de materia primaArtícdo ZO.- PESQUERA HAYDUK S.A., deberá cum- plir con lo dispuesto por los Artículos 23”, 55” y 59” del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo No Ol-94-PE, modificados por los Artícu- los 4” y 5’ del Decreto Supremo No 09-94PE. Artículo 30.: PESQUERA HAYDUK S.A., se sujetara a lo establecido por la Resolución Ministerial N” 20%96-PE. Artículo 4O.- El incumplimiento de lo señalado en el Artículo 2” sera causal de caducidad del derecho otorgado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO RAMIREZ SALDAÑA Director Nacional de Procesamiento Pesquero 0623 RESOLUCION DIRECTORAL No 007098-PE/DN-PP Lima, 19 de enero de 1998 Visto los escritos con Registros Nos. 004977-, 007431, 010705 y 03968, de fechas 3 de mayo, 10 de julio y 27 de setiembre de 1996, y 31 de marzo de 1997, respectivamente presentados por CORPORACION DEL MAR S.A. - COR- MAR CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial No 180~94-PE de 4 de mayo de 1994, se otorgó a CORPORACION DEL MAR S.A., autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero para el procesamiento de productos hidrobiológicos, destinado a la obtención de harina de pescado, con una capacidad de 50 t/h de procesamiento de materia prima, a ubicarse en la Av. La Marina s/n, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que por Resolución Ministerial No 567-95-PE de 27 de setiembre de 1995, se otorgó a CORPORACION DEL MAR S.A., autorización para el cambio de ubicación de su estableci- miento industrial pesquero de la Av. La Marina s/n, distrito de Supe Puerto a la caleta Francisco Vidal, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; prorrogán- dole en un año el plazo señalado en el Artículo 3’ de la Resolución Ministerial del considerando que antecede, a fin de que concluya con la instalación de sus equipos y maquina- rias en su nueva ubicación; Que mediante los escritos del visto CORPORACION DEL MAR S.A. solicita licencia para la operación de su planta de harina de pescado, instalada en el estableci- miento industrial pesquero que se indica en el considerando precedente; Que la Dirección de Normas, a través de sus Informes Nos. 220-96-PE/DNPP-Dn y 167-97-PE/DNPP-Dn, de 19 de noviembre de 1996 y de 15 de octubre de 1997, señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento No 23 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo No 00895-PE, y asimismo se ha constata- do que la citada empresa ha instalado en forma adecuada las tuberías correspondientes al emisor submarino y las conectadas al sistema de desembarque de materia prima, permitiendo el normal tránsito peatonal y vehicular, tal como se infiere de informe contenido en el Oficio No 253-97- PE/DNPP de fecha 19 de marzo de 1997; Que la Dirección del Medio Ambiente, mediante Oficio No 959-97-PE/DIREMA de 9 de octubre de 1997 comunica que CORPORACION DEL MAR S.A. ha cumplido con ejecutar las medidas de mitigación cuya implementación fuera determinada en su Estudio de Impacto Ambiental calificado favorablemente; De conformidad con los Artículos 43” inciso d), 45” y 46” de la Ley General de Pesca - Decreto Ley No 25977; el Articulo 6OOde su Re lamento, aprobado or Decreto Supre- mo No Ol-94-PE, mofificado por Decreto gupremo No 09-94- PE, Resolución Ministerial No 322-95-PE; y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo No OlO-97-PE; SE RESUELVE: Artículo lo.-Otorgar a CORPORACION DEL MAR S.A. licencia de operación para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos a traves de su planta de harina de pescado, en su establecimiento industrial ubicado en la caleta Francisco Vidal, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, con la siguiente capacidad instalada: