Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 1998 (16/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 37

Lima, jueves 16 de julio de 1998 CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Lev de Teleco- muñicaciones, aprobado por Decreto Suprkmo N” 013- 93-TCC, en sus Artfculos 22”, 48” y 49” prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radioco- municación y operar dicho servicio autorizado, res- nectivamente: Que el Reglamento General de la Ley de Teleco- municaciones. anrobado nor Decreto Sunremo N” 06- 1a Dirección de Asesoría Técnica, de la Dirección Gene&1 de Telecomunicaciones, según los Informes N”s. 426-97- MTW15.19.03.2. y 102-98-MTCX5.19.01, consideranpro- cedente la solicitud de la emnresa ECO CANAL E.I.R.LTDA. al haber cumplido ‘con la información y documentación exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos N”s. 013- 93-TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: ArtícuIo l”.-Otorgar a la empresa ECO CANAL E.I.R.LTDA., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión en VHF, en la ciudad de Puerto Maldonado, distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación : BC-TV Frecuencia : Video: 55.25 MHz Audio: 59.75 MHz Canal : 2 Indicativo : OBY-7Z Potencia : Video: 100 w Audio: 10 w Emisión : Video: C3F Audio: F3E Horario : H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora : Av. Madre de Dios, Urb. Fonavi J-13, Dist. y Prov. Tambopata, Dpto. Madre de Dios. Coordenadas: L.O. 69” 11’ 22” L.S. 12” 35’ 21” El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2”.- Dentro de los treinta (30) días de publi- cada la presente resolución, el Titular de la autorización deberá cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorización, canon anual y por la publicación de la_resolución. Artículo 3”.- La empresa ECO CANAL E.I.R.LTDA., en su condición de Titular de la presente autorización, está obligada a solicitar la inspección técnica a sus instalaciones hasta antes de los 60 días calendario del vencimiento del período de instalación y prueba de conformidad con el Artículo 162” del Reglamento Gene- ral mencionado, debiendo asumir los gastos de viaje y viáticos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio antes de la fecha fijada para la inspección. Artículo 4”.- Lapresente autorización quedará sin distrito de(Jayma, provincia y departamento de efecto, además de lo dispuesto en la Ley de Telecomu- de acue rdoa las siguientes características técnnicaciones y su Reglamento General, si el Titular de la autorización se encuentra incurso en los siguientes casos: 1” No hubiera solicitado inspección técnica dentro del plazo previsto en el Artículo 3”. 2” Si vencido el período de prueba, la inspección no se hubiera realizado por causas que le sean imputables. 3” Si las pruebas de funcionamiento no son satis- factorias, o vencido el período de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalación de los equipos. Artículo 5”.- Si la inspección técnica a la estación autorizada es satisfactoria,se concederá autorización ala empresa ECO CANAL E.I.R.LTDA., hasta por el plazo de diez (10) años, comprendiéndose in éste el período de instalación y prueba autorizado. Artículo 6”.- El Titular de la autorización está obliga- do a instalar y operar el Servicio acorde con la presente resolución, no pudiendo modificar las características téc- nicas a que se contrae el Artículo l”, sin autorización previa de este Ministerio. Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY FERNANDEZ PILCO Viceministro de Comunicaciones 7817 RESOLUCIONVICEMINISTERLAL W 172-98-MTCi16.03 Lima, 10 de julio de 1998 Visto el expediente organizado por la empresa TE- LEVISION NACIONAL PERUANA S.A.. nara estable- cer una estación Transmisora del Servici8 de Radiodi- fusión Comercial por Televisión en UHF, ubicada en el distrito de Cayma, provincia y departamento de Are- quipa; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Teleco- municaciones, aprobado por Decreto Supremo N” 013- 93-TCC, en sus Artículos 22”, 48” y 49” prescribe que, la autorización. el Dermis0 v la licencia, es la facultad que otorga el Estado a persknas naturáles o jurídicas_ _nara establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radioco: municación y operar dicho serviciõ aütorizado, res- pectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomu- nicaciones, aprobado por Decreto Supremo N” 06-94- TCC. v modificado nor D.S. N” 005-98-MTC. en sus Artíkios 161” Y 162“ indica la información’v docu- mentación que deberá acompañar la persona solicitante para obten& la autorizacióñ respectiva, y que luego de otorgada se inicia un período dentro del cual el titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio y se realizarán las pruebas de funcionamiento; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica, de la Dirección General de Telecomunicaciones, setin los Informes Ws. 148-98- MTC/15.19.03.2.y232-98-MTC/15.19.01,consideranpro- cedente la solicitud de la emnresa TELEVISION NACIO- NAL PERUANA S.A. al haber cumplido con la informa- ción y documentación exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos N”s. 013- 93-TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo l”.-Otorgar a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A. autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial pop Televisión e? U.HF, en el L Areq icas: