Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 1998 (16/07/1998)


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MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 1998

Ahorro y Credito de la Region San MORDAZA la apertura y traslado, respectivamente, de la agencia ubicada en el distrito y provincia de Moyobamba del departamento de San Martin; Que, segun acta de sesion del Directorio de la MORDAZA Rural, realizada el 30 de MORDAZA de 1998, se acordo el traslado de la citada Agencia; asimismo solicitar a esta Superintendencia la autorizacion pertinente; habiendose cumplido con lo dispuesto en la Circular N" CR-60-97; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E" mediante Informe N" ASIF"E" 092-98/0T; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 349" de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N" 26702 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS N" 003-98 del 7 de enero de 1998. RESUELVE: Articulo Un.ico.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito de la Re `on San MORDAZA el traslado de su agencia ubicada en eTjiron San MORDAZA No 419 del distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, al local ubicado en el MORDAZA MORDAZA Canga Nos. 419 - 421 de la misma localidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca
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Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito de la Region San MORDAZA proceda con la enajenacion de los bienes adjudicados senalados en el Anexo adjunto, que forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga otorgado a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito de la Region San MORDAZA sin que se MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215" de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros
Anexo NP 1 BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215" de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N" 26702) Relacion de bines adjudicados porobligacionesde deudores, sobre los cuales se autoriza a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito de la Region San MORDAZA prorroga de seis meses para su venta, conforme con lo dispuesto en el Articulo 215* de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Segiros.
TtPoDE BIEN Predio MORDAZA DESCRIPClOtWBlCAClON FECHA DE VALOREN ADJUULIBRO!3 CACION 97.6.18 SI. 10 775,21

Prorrogan plazo para que MORDAZA rural de ahorro y credito proceda con la enajenacion de bienes adjudicados en pago de deudas
RJWOLUCION SBS N=' 625-98 MORDAZA, 30 de junio de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para realizar la venta de bienes de activo fijo adjudicados en pago de obligaciones de sus deudores, que figuran en el anexo de la presente resolucion, presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito de la Region San Martin; y, CONSIDERANDO: Que el Articulo 215" de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N" 26702, dispone ue los bienes muebles o inmuebles, recibidos o adjudica%os en pago total o parcial, de una deuda deben ser enajenados en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la empresa debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E" mediante Informe N" ASIF "E" 090-98/OTy alo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Jurfdica y por la Superintendencia Adjunta de Banca; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 349" de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N" 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el MORDAZA a que se refiere el Articulo 215" de la Ley N" 26702, L?y General del Sistema Financiero y del Sistema de

: La MORDAZA - Juanjui Sector Distrito : Juaqui Provincia : Mariscal MORDAZA : San MORDAZA Dpto. S e c t o r Peruatip - Bellavista Distrito : Bellavista Provincia : B e l l a v e t a San MORDAZA Dpto Sector MORDAZA : El MORDAZA N" 370 MORDAZA Distrito : Moyobamba P r o v i n c i a Moyobamba San MORDAZA Dpto.

Predio MORDAZA

97.6.27

Si. 6 666,66

98.12.25

Predio MORDAZA

9 7 . 6 . 1 8 US$7 733,Ot

98.12.15

7838

SUNARP
Establecen monto de tasa para interposicion de recursos de apelacion ante organos de$egunda Instancia Administrativa Registra1 y Directorio de la SUNARP
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N" 096-9%SUNARP MORDAZA, 24 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N" 26366 se crean el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos -SUNARP- como organismo descentralizado MORDAZA del Sector Justicia y ente rector del Sistema; Que la SUNARP tiene por objeto dictar las politicas y normas tecnico administrativas de los Registros Publicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que conforman el Sistema Nacional; Que mediante Decreto Supremo No 37-94-JUS se aprobo el arancel de derechos registrales de la ex Direccion Nacional de los Registros Publicos y Civiles en por-

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