Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 1998 (06/06/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de junio de 1998
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 362-98-DA/MC

Registrese, comuniquese y publiquese, archivese los actuados en la Intendencia Nacional de Recaudacion Aduanera. MORDAZA ZACONETA MORDAZA Intendente Nacional de Recaudacion Aduanera 6084 VISTO:

Comas, 3 de junio de 1998

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Sancionan con destitucion y cese temporal a diversos servidores de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 361-98-DA/MC Comas, 3 de junio de 1998 VISTO: El acta de la reunion de fecha 2 de junio de 1998 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos e Informe Nº 11-98-CPPA/MC; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 256-98-DA/ MC del 23 de MORDAZA de 1998, se aperturo MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por faltas de caracter disciplinario; Que, conforme lo establece el Articulo 169º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM se procedio a notificar al citado servidor a efectos de que realice su descargo de ley conforme tambien se senala en el Articulo MORDAZA de la resolucion indicada; Que, el referido servidor no ha presentado su descargo dentro de los 5 dias habiles establecidos; Que, de acuerdo al Informe Nº 027-97-CP-DSAE/MC se comunica la ausencia consecutiva injustificada del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a partir del 25 de junio de 1997, no habiendo efectuado comunicacion alguna sobre sus faltas, habiendose inclusive realizado una visita domiciliara de parte de la asistenta social del Area de Personal que ha merecido el Informe Nº 197-97-TS-UP-OAF/MC; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos por unanimidad recomienda sancionar con destitucion; Que, los Articulos 26º y 28º del Decreto Legislativo Nº 276 tipifican las sanciones por faltas disciplinarias y sus causales, tambien el Articulo 159º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM reglamenta la destitucion; Que, es necesario proceder a sancionar al indicado servidor segun lo propuesto por la Comision de Procesos Administrativos; Estando a lo expuesto, a lo senalado en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y autorizado por la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar con destitucion a partir del 25 de junio de 1997 al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el motivo expuesto en la parte considerativa, quedando inhabilitado para desempenarse en la Administracion Publica bajo cualquier forma o modalidad en un periodo no menor de cinco (5) anos. Articulo Segundo.- Disponer que la presente medida disciplinaria sea inscrita en el respectivo legajo de personal. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal y Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto por la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6136

El acta de la reunion de fecha 2 de junio de 1998 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos e Informe Nº 09-98-CPPA/MC; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 256-98-DA/ MC del 23 de MORDAZA de 1998, se aperturo MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por faltas de caracter disciplinario; Que, conforme lo establece el Articulo 169º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM se procedio a notificar al citado servidor a efectos de que realice su descargo de ley conforme tambien se senala en el Articulo MORDAZA de la resolucion indicada; Que, el referido servidor no ha presentado su descargo dentro de los 5 dias habiles establecidos; Que, con Informes Nºs. 205-97 y 212-97-DAV-DSAE/ MC, Informe Nº 34-98-CP/MC de fecha 19 de marzo de 1998, se comunican las ausencias consecutivas injustificadas del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las mismas que tienen caracter de faltas reiteradas; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos por unanimidad recomienda sancionar con cese temporal sin goce de remuneraciones por diez (10) meses; Que, los Articulos 26º y 28º del Decreto Legislativo Nº 276 tipifican las sanciones por faltas disciplinarias y sus causales, tambien el Articulo 158º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM reglamenta el cese temporal sin goce de remuneraciones; Que, es necesario proceder a sancionar al indicado servidor segun lo propuesto por la Comision de Procesos Administrativos; Estando a lo expuesto, a lo senalado en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y autorizado por la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar al servidor municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA con cese temporal de diez (10) meses sin goce de remuneraciones por los motivos expuestos en la parte considerativa. Articulo Segundo.- Disponer que la presente medida disciplinaria sea inscrita en el respectivo legajo de personal. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal y Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto por la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6137 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 363-98-DA/MC Comas, 3 de junio de 1998 VISTO: El acta de la reunion de fecha 2 de junio de 1998 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos e Informe Nº 10-98-CPPA/MC; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 256-98-DA/ MC del 23 de MORDAZA de 1998, se aperturo MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA Pomalazo MORDAZA por faltas de caracter disciplinario; Que, conforme lo establece el Articulo 169º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, se procedio a notificar al citado servidor a efectos de que realice su descargo de ley conforme tambien se senala en el Articulo MORDAZA de la resolucion indicada;

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