Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 1998 (01/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro DIRECTIVA Nº 005-98-CN

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de marzo de 1998

NORMAS PARA EL NOMBRAMIENTO DE DOCENTES Y DIRECTIVOS DEL NIVEL DE EDUCACION SUPERIOR NO UNIVERSITARIA CONCURSO PUBLICO - LEY Nº 26815 I. FINALIDAD : Establecer las normas y procedimientos para el nombramiento del personal docente y directivo del nivel de educacion superior no universitaria. II. MORDAZA LEGAL : Constitucion Politica del Peru Ley Nº 26815 III. ALCANCE : Directores Regionales de Educacion Directores Subregionales de Educacion Director de Educacion de MORDAZA Director de Educacion del Callao

admitira cambio de plaza, en tal sentido, el postulante debera dejar MORDAZA de su eleccion a traves de una Declaracion Jurada. 3.10. En caso de producirse desistimiento al nombramiento de la plaza seleccionada, el interesado debera expresarlo por escrito, firmando el acta respectiva, procediendose al nombramiento de quien le sigue en orden de merito. 3.11. La ejecucion del nombramiento del personal docente y directivo es responsabilidad del Director del Organo de Ejecucion correspondiente, con la emision de la respectiva Resolucion. 3.12. Los Directores de los organos de ejecucion publicaran, el dia Lunes 9 de marzo, la relacion de plazas vacantes no cubiertas a nivel nacional en la adjudicacion de plazas realizada de acuerdo al cronograma establecido. 3.13. Los postulantes aprobados, docentes o directivos, que no alcancen plaza vacante en la jurisdiccion educativa a la que postularon, podran acceder a plazas vacantes en otras jurisdicciones los dias 12 y 13 de marzo. Los docentes podran ser contratados despues de haber concluido el MORDAZA de nombramiento. El procedimiento y la documentacion para esta etapa sera el mismo que la establecida en la Directiva Nº 00498-CN, siendo aplicables los acapites del 4.3 al 4.7 y 4.10 de la referida Directiva, debiendo efectuarse este procedimiento en acto publico. La Comision Nacional de Concurso Publico supervisara que este MORDAZA se realice en estricto orden de meritos, bajo responsabilidad de los Directores Regionales, Subregionales, Director de Educacion de MORDAZA y Director de Educacion del Callao. IV DISPOSICIONES ESPECIFICAS : 4.1. De los impedimentos para el Nombramiento : No se procedera al nombramiento, si en el MORDAZA de revision de expedientes se encuentra documentacion adulterada o falsificada y/o si el interesado careciera de algun requisito establecido en las normas del MORDAZA de Concurso Publico. Los postulantes comprendidos en procesos administrativos disciplinarios, no podran ser nombrados hasta que se resuelva su situacion legal, mientras tanto, se les reservara la plaza correspondiente. 4.2. De la Adjudicacion de las Plazas : Los Directores Regionales, Subregionales, Director de Educacion de MORDAZA y Director de Educacion del Callao quedan prohibidos de cubrir plazas vacantes presupuestadas de docentes que ascienden a cargos directivos. V. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS :

3.1. Los Directores Regionales, Subregionales, Director de Educacion de MORDAZA y Director de Educacion del Callao, son los responsables de ejecutar el nombramiento del personal docente y directivo en su respectivo ambito jurisdiccional. 3.2. Tendran derecho a ser nombrados los postulantes que obtuvieron nota aprobatoria, cumplan con los requisitos establecidos en las Directivas Nº 001 y 002 -97-CN y alcancen plaza vacante presupuestada. 3.3. El nombramiento de los docentes y directivos se efectuara en estricto orden de merito, de acuerdo al puntaje obtenido y a la disponibilidad de plazas del ambito jurisdiccional al que postularon. 3.4.La adjudicacion de plazas para el nombramiento se realizara del 3 al 6 de marzo de 1998, de 9.00 a.m a 6.00 p.m. CRONOGRAMA DE NOMBRAMIENTOS
Nombramiento Cronograma: Mes Marzo Hora

Docentes de I.S.P . Directivos de I.S.P. Docentes de I.S.T. Directivos de I.S.T.

3 y 4 de Marzo 3 y 4 de Marzo 5 y 6 de Marzo 5 y 6 de Marzo

9.00 a.m. a 1.00 p.m. 2.00 p.m. a 6.00 p.m. 9.00 a.m. a 1.00 p.m. 2.00 p.m. a 6.00 p.m.

3.5. El nombramiento del personal docente y directivo es totalmente gratuito y se realizara en acto publico, para lo cual los Directores de los organos de ejecucion convocaran, en la fecha y hora senaladas en el Cronograma, a los postulantes que aprobaron la evaluacion realizada el 15 de Febrero del ano en curso. 3.6. El postulante que no se presente en la fecha y hora senalada perdera la opcion de escoger la plaza. La adjudicacion de plazas sera en forma progresiva hasta concluir con las plazas vacantes presupuestadas. 3.7. La Comision Nacional de Concurso Publico, coordinara y supervisara el MORDAZA de adjudicacion de plazas para el nombramiento de docentes y directivos aprobados en la prueba de evaluacion. 3.8. En caso de existir empate en el puntaje obtenido, se tomara en cuenta el tiempo de servicios oficiales al Estado y en caso de persistir el empate, la fecha de obtencion del Titulo Profesional (numeral 4.1 acapite b de la Directiva Nº001-97-CN). 3.9. Una vez elegida la plaza por el docente o directivo y registrada esta por la instancia administrativa, no se

5.1. Los Organos de Control seran los encargados de verificar el estricto cumplimiento de la presente norma. 5.2. Los Directores Regionales, Subregionales, Director de Educacion de MORDAZA, Director de Educacion del Callao quedan prohibidos de dictar normas adicionales a las emitidas por la Comision Nacional. 5.3. Queda prohibido, bajo responsabilidad, nombrar en plazas no presupuestadas e inorganicas. 5.4. Seran pasibles de sancion, los Directores de las Regiones, Subregiones, Director de Educacion de MORDAZA y Director de Educacion del Callao que expidan resoluciones de nombramiento sin respetar el orden de merito. 5.5. El Ministerio de Educacion podra verificar la autenticidad de los documentos del personal docente y directivo nombrado en merito, al presente Concurso Publico. En caso de detectarse y comprobarse la falsedad de los documentos, el nombrado perdera su condicion de tal. 5.6. Los casos no previstos en la presente Directiva seran resueltos por la Comision Nacional. MORDAZA, 24 de febrero de 1998 2280

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