Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 1998 (01/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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- Area Afecta a Aportes Il-R4 - Area Util de Viviendas - Area de Vias Locales APORTES I1-R4 - Recreacion Publica - Ministerio de Educacion - Vendible Minimo 11% 2% 5%

NORMAS LEGALES
182,831.00 m2. 77,439.55 m2. 71,451.15 m2. 20,180.00 m2. 3,712.00 m2. 10,048.30 m2.

MORDAZA, MORDAZA 1 de marzo de 1998

Externas de dicha compania, para la instalacion de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales. Articulo Tercero.- Considerese la presente Habilitacion con Construccion Simultanea, los propietarios de la Habilitacion deberan recurrir a la Municipalidad de Ate para la Aprobacion de los Proyectos de Edificacion y el otorgamiento de las Licencias de Construccion correspondientes, quedando establecido que son responsables de los deteriores que se produzcan en las Obras de Habilitacion en los efectos de la Construccion Simultanea. Articulo Cuarto.- Los propietarios de la presente Habilitacion no estan autorizados a vender o celebrar contratos de venta garantizada de los lotes que conforman la Habilitacion. Articulo Quinto.- La publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, estara a cargo de los interesados. Articulo Sexto.- Transcribase a la Municipalidad Distrital de Ate, para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA BARDELLI L Director Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 1769

El Cuadro de Areas correspondiente a la Primera Etapa para Uso de Vivienda Taller I1-R4 que se autoriza su ejecucion, es el siguiente: Area Total Bruta Area Util Area de Vias 54,684.00 m2. 33,146.75 m2. 21,537.25 m2.

Pavimentos.- Las caracteristicas de las obras de Pavimentacion seran las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, sera necesario efectuar una evaluacion de la superficie del terreno natural, eliminando el que contenga restos organicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adicion de material granular, mezclandose con riegos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice C.B.R. minimo de 20. Las particulas solidas de esta MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse una MORDAZA de base afirmada de 0.15 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diametro MORDAZA de 1 1/2"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 98% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estara constituida por una MORDAZA asfaltica en caliente de 2" de espesor como minimo, que se aplicara previa imprimacion de la superficie de base con asfalto liquido RC-250. Aceras.- Seran de concreto de calidad de f'c=140 k./ cm2, de 0.10 m. de espesor y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.15 m., y el acabado sera con mezcla cemento-arena fina, en proporcion 1:2 de un centimetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construira un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m., de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogenea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinando sus bordes se construiran sardineles de concreto de calidad de f'c=210k./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Bermas Laterales.- Las bermas laterales de las vias quedaran en tierra nivelada y compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo con el diseno que senala la Direccion de Habilitacion Urbana. Los interesados someteran las obras a los controles establecidos. Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que seran aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados deberan poner en conocimiento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y termino de las obras, las mismas que se ejecutaran de acuerdo con los proyectos que seran aprobados por EDELNOR. Instalaciones Telefonicas.- Para las instalaciones telefonicas, la interesada, de conformidad con el Art. 14º del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de marzo de 1985, debera coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Ordenanza que regula la tasa de Licencia de Funcionamiento de establecimientos industriales, comerciales y de servicios
ORDENANZA Nº 02-98 San MORDAZA, 30 de enero de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, con la dispensa del tramite de comisiones y la aprobacion del acta aprobo la siguiente: ORDENANZA TASA: LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Articulo 1º.- La presente Ordenanza regula la tasa denominada "Licencia de Funcionamiento" administrada por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que grava el permiso o autorizacion para el funcionamiento de establecimientos que desarrollan actividades industriales, comerciales o de servicios. Articulo 2º.- Es sujeto activo del tributo la Municipalidad Distrital de San Miguel. Son sujetos pasivos en calidad de contribuyentes de la Tasa, las personas naturales o juridicas que desarrollen actividades industriales, comerciales o servicios en favor de quienes se otorga la Autorizacion para Funcionamiento. Articulo 3º.- Son responsables solidarios de la Tasa, los propietarios de locales en casos de predios en arrendamiento dedicados a establecimientos industriales, comerciales o de servicios, en los casos siguientes: a) De no contar sus conductores o arrendatarios con la autorizacion Municipal respectiva, para tales fines. b) En el caso de que el arrendador no de cuenta o aviso formal a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, 30 dias MORDAZA de resolucion o vencimiento del contrato de arrendamiento. c) En caso de que el arrendador no de cuenta a la Municipalidad, al producirse el abandono del local o cierre intempestivo, dentro de los 30 dias posteriores de ocurridos tales supuestos.

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