Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 1998 (01/03/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de marzo de 1998

Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero a traves de sus Informes Nºs. 027-96-PE/DNPP-Dn y 032-98PE/DNPP-Dn de 26 de febrero de 1996 y 12 de febrero de 1998, respectivamente, que sustentan la procedencia tecnica de lo solicitado y senalan que la recurrente ha cumplido con los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 17, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con los Articulos 43º inciso b) numeral 4, 44º y 46º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977; los Articulos 57º y 60º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar por una sola vez y por el termino de un (1) ano calendario, contado a partir de la fecha de emitida la presente Resolucion, el plazo senalado por el Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 269-94-PE de fecha 7 de MORDAZA de 1994, para que el INTERNATIONAL FISH PROTEIN S.A., concluya con la instalacion y equipamiento de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, instalada en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Costanera s/n, MORDAZA industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo 2º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 3º.- Aceptar el desistimiento efectuado por INTERNATIONAL FISH PROTEIN S.A. respecto al derecho otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 26994-PE, en la parte correspondiente a la instalacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, por las razones expuestas en el tercer considerando de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero 2293

Que de la evaluacion efectuada a los documentos proporcionados por la recurrente, se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 3, correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Articulo 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y los Articulos 47º y 138º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 769-97-PE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional que se indica a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado:
Nº de R.M. Fecha MORDAZA Titular Nombre de la Embarcacion MI PANCHITO Capacidad de Nº de Bodega (m3) Matricula 50,66 CE-1563-PM

769-97-PE

27.11.97

PESQUERA HAYDUK S.A.

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 769-97-PE, al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera denominada MI PANCHITO; de Matricula Nº CE-1563-PCM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesqueria de las Regiones Grau, Nor Oriental del Maranon, La MORDAZA, Chavin, Los Libertadores Wari, MORDAZA y Moquegua-Tacna-Puno. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 2268

Autorizan cambio de nombre de titular de permiso de pesca para operar Declaran improcedente solicitud de cambio de nombre de titular de perembarcacion de bandera nacional miso de pesca RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 047-98-PE/DNE MORDAZA, 27 de febrero de 1998 Visto el escrito con Registro Nº CE-00002003 de fecha 16 de febrero de 1998, presentado por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 769-97-PE de fecha 27 de noviembre de 1997, se otorga permiso de pesca a plazo determinado, al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MI PANCHITO, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que el Articulo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesion de la embarcacion pesquera durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante el escrito del visto, la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., solicita el cambio de nombre del titular del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera denominada MI PANCHITO; RESOLUCION DIRECTORAL Nº 048-98-PE/DNE MORDAZA, 27 de febrero de 1998 Visto los escritos de Registros Nºs. 10330 y 269097 de fechas 11 de agosto de 1997 y 9 de febrero de 1998, presentado por la empresa PESQUERA EL LANGOSTINO S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 280-96-PE, de fecha 31 de MORDAZA de 1996, se otorgo permiso de pesca en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros, a la empresa PESQUERA EL LANGOSTINO S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada "DELFIN", para ser destinada a la extraccion de recursos hidrobiologicos para consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que el Articulo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesion de la embarcacion pesquera durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita se sirvan otorgarle el cambio de titularidad del permiso de

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