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Pág. 157784 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de marzo de 1998 2. En tanto se alcanzan los objetivos enunciados en el numeral 3.4 del presente Plan de Ordenamiento y dadas las condiciones ambientales generadas por el Fenómeno El Niño 97-98, la prohibición establecida en el numeral 7.7 del mismo, podrá limitarse temporalmente, a tallas infe- riores a la longitud total establecida y mantenerse una tolerancia máxima de ejemplares juveniles como captura incidental. Estos criterios podrán adecuarse en razón de los reportes de la captura por zonas de pesca, así como de los resultados de la evaluación del recurso. 3. A partir de la vigencia del presente Plan de Ordena- miento, las embarcaciones arrastrero – refrigeradas que conforman la flota pesquera existente, así como las que se incorporen a esta por efectos de la aplicación de los numerales 6.2 o 6.6, no podrán contar con sistemas de procesamiento, tratamiento de residuos o almacenamien- to de productos transformados. Exceptúase de esta limi- tación a las embarcaciones que cuentan actualmente con dichos sistemas equipos y licencias de procesamiento a bordo. Asimismo, las embarcaciones arrastrero – refrigera- das con permiso de pesca otorgado por el Ministerio de Pesquería, consignadas en el Anexo I del Decreto Supre- mo Nº 008-97-PE y las que se incorporen mediante la Resolución correspondiente, no podrán instalar sistemas de procesamiento, tratamiento de residuos o almacena- miento de productos transformados. 4. Los procedimientos en trámite se adecuarán a las disposiciones contenidas en el presente Plan de Ordena- miento. 2309 S B S Autorizan inscripción de personas naturales en el Registro Oficial de Corredores de Seguros RESOLUCION SBS Nº 014-98 Lima, 8 de enero de 1998 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por don Christian Waldir Huaricapcha Durand para que se le autorice la inscrip- ción en el Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones SBS Nºs. 381-91 y 389-92 de fechas 28 de junio de 1991 y 9 de abril de 1992, respecti- vamente se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por las mencionadas normas adminis- trativas; Que la Comisión Calificadora de Corredores de Segu- ros, en la Sesión Nº 045-97, celebrada el 29 de diciembre de 1997, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 335º y 336º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 777-97 del 6 de noviem- bre de 1997; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Christian Waldir Huaricapcha Durand con el Nº N-3241 en el Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia.Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 2278 RESOLUCION SBS Nº 016-98 Lima, 8 de enero de 1998 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por don Jaime Martín León Pastor para que se le autorice la inscripción en el Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones SBS Nºs. 381-91 y 389-92 de fechas 28 de junio de 1991 y 9 de abril de 1992, respecti- vamente se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por las mencionadas normas adminis- trativas; Que la Comisión Calificadora de Corredores de Segu- ros, en la Sesión Nº 045-97, celebrada el 29 de diciembre de 1997, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 335º y 336º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 777-97 del 6 de noviem- bre de 1997; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Jaime Martín León Pastor con el Nº N-3243 en el Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superin- tendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 2275 RESOLUCION SBS Nº 018-98 Lima, 8 de enero de 1998 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por don Gian Paolo Magnífico Chabert para que se le autorice la inscripción en el Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones SBS Nºs. 381-91 y 389-92 de fechas 28 de junio de 1991 y 9 de abril de 1992, respecti- vamente se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por las mencionadas normas adminis- trativas;